III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-16164)
Resolución de 22 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el XVIII Convenio colectivo de Ford España, SL.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 238
Martes 4 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 136101
Solamente aplicará la ayuda a uno de los familiares beneficiarios si ambos fueren
personas empleadas de la empresa.
Artículo 52.
Guarda Legal.
Las personas empleadas que por razones de guarda legal tengan a su cuidado
directo alguna persona menor de doce años o persona discapacitada que no desempeñe
una actividad retribuida, tendrán derecho a una reducción de la jornada de trabajo, con la
disminución proporcional del salario, entre, al menos, un octavo y un máximo de la mitad
de la duración de aquella.
Artículo 53.
Absentismo.
a) Ambas representaciones reconocen el serio problema que supone el absentismo
y entienden que su reducción y corrección sólo se puede conseguir mediante un
funcionamiento y utilización adecuada de los servicios de medicina de empresa y de la
Seguridad Social, así como con unas adecuadas condiciones de Seguridad y Salud y
ambiente de trabajo.
Ambas representaciones reconocen el serio perjuicio que se origina, tanto para la
empresa como al personal, el que el absentismo supere determinados niveles y por lo
tanto la necesidad de corregirlo y reducirlo.
b) La representación del personal se compromete a, por su parte, hacer campaña
con el objeto de concienciar a la persona trabajadora sobre este problema, así como
cooperar con las campañas educativas que sobre este aspecto haga la empresa y en las
cuales haya participado la representación del personal, de acuerdo con los principios
expresados en el apartado anterior.
c) La comisión paritaria, existente en el seno de la empresa tiene por finalidad el
estudio de las estadísticas sobre el índice de absentismo y sus causas, así como la
coordinación y la exigencia en la aplicación de medidas y soluciones a los organismos de
la Seguridad Social y en especial al Instituto Nacional de la Salud.
Dicha comisión informará a al personal sobre las conclusiones de sus estudios y
gestiones.
La representación social en dicha comisión estará compuesta por integrantes del
comité de empresa.
d) Asimismo, ambas partes reconocen que el propósito de estas campañas y la
comisión, es la reducción del absentismo en general y la corrección de sus causas,
analizando los caminos tendentes a corregir los problemas que pongan de manifiesto los
estudios realizados.
Artículo 54.
Préstamos Personales.
2022
–
Euros
Fondo.
Límite individual.
486.495,70
1.500
Durante la vigencia del presente convenio, el fondo de préstamos personales se
incrementará en línea con el incremento salarial correspondiente a cada año.
cve: BOE-A-2022-16164
Verificable en https://www.boe.es
De acuerdo con el procedimiento actualmente en vigor en la empresa y que refleja el
acuerdo obtenido en el convenio de empresa de 1977, se establece que, durante la
vigencia de este convenio, los préstamos personales quedan fijados en las siguientes
cuantías:
Núm. 238
Martes 4 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 136101
Solamente aplicará la ayuda a uno de los familiares beneficiarios si ambos fueren
personas empleadas de la empresa.
Artículo 52.
Guarda Legal.
Las personas empleadas que por razones de guarda legal tengan a su cuidado
directo alguna persona menor de doce años o persona discapacitada que no desempeñe
una actividad retribuida, tendrán derecho a una reducción de la jornada de trabajo, con la
disminución proporcional del salario, entre, al menos, un octavo y un máximo de la mitad
de la duración de aquella.
Artículo 53.
Absentismo.
a) Ambas representaciones reconocen el serio problema que supone el absentismo
y entienden que su reducción y corrección sólo se puede conseguir mediante un
funcionamiento y utilización adecuada de los servicios de medicina de empresa y de la
Seguridad Social, así como con unas adecuadas condiciones de Seguridad y Salud y
ambiente de trabajo.
Ambas representaciones reconocen el serio perjuicio que se origina, tanto para la
empresa como al personal, el que el absentismo supere determinados niveles y por lo
tanto la necesidad de corregirlo y reducirlo.
b) La representación del personal se compromete a, por su parte, hacer campaña
con el objeto de concienciar a la persona trabajadora sobre este problema, así como
cooperar con las campañas educativas que sobre este aspecto haga la empresa y en las
cuales haya participado la representación del personal, de acuerdo con los principios
expresados en el apartado anterior.
c) La comisión paritaria, existente en el seno de la empresa tiene por finalidad el
estudio de las estadísticas sobre el índice de absentismo y sus causas, así como la
coordinación y la exigencia en la aplicación de medidas y soluciones a los organismos de
la Seguridad Social y en especial al Instituto Nacional de la Salud.
Dicha comisión informará a al personal sobre las conclusiones de sus estudios y
gestiones.
La representación social en dicha comisión estará compuesta por integrantes del
comité de empresa.
d) Asimismo, ambas partes reconocen que el propósito de estas campañas y la
comisión, es la reducción del absentismo en general y la corrección de sus causas,
analizando los caminos tendentes a corregir los problemas que pongan de manifiesto los
estudios realizados.
Artículo 54.
Préstamos Personales.
2022
–
Euros
Fondo.
Límite individual.
486.495,70
1.500
Durante la vigencia del presente convenio, el fondo de préstamos personales se
incrementará en línea con el incremento salarial correspondiente a cada año.
cve: BOE-A-2022-16164
Verificable en https://www.boe.es
De acuerdo con el procedimiento actualmente en vigor en la empresa y que refleja el
acuerdo obtenido en el convenio de empresa de 1977, se establece que, durante la
vigencia de este convenio, los préstamos personales quedan fijados en las siguientes
cuantías: