III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-16164)
Resolución de 22 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el XVIII Convenio colectivo de Ford España, SL.
74 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 238
Martes 4 de octubre de 2022
Artículo 33.
Sec. III. Pág. 136092
Cláusula de Revisión Salarial.
La revisión salarial seguirá el siguiente esquema:
Año 2022:
Incremento lineal de 1.000 euros, a pagar en la nómina de marzo no consolidable en
tablas.
Año 2023:
Incremento lineal de 1.500 euros, a pagar en la nómina de enero, no consolidable en
tablas.
Año 2024:
Incremento lineal de 2.000 euros, a pagar en la nómina de enero, no consolidable en
tablas.
Año 2025:
Incremento lineal de 2.500 euros, a pagar en la nómina de enero, no consolidable en
tablas.
Percibirán íntegramente cada uno de los incrementos lineales las personas
empleadas con contrato indefinido, activo y a jornada completa en el último día del mes
en que se haga efectivo el pago. Incluidas las personas empleadas que tengan
reconocida una reducción de jornada por cuidado de hijos/as y/o familiares.
Las personas empleadas con contrato a tiempo parcial (indefinidos o jubilados
parciales) percibirán los incrementos lineales proporcionalmente a la jornada que tengan
en el último día del mes en que se haga efectivo el pago.
Incremento salarial de un 1,6% consolidable en tablas.
Si el IPC superase esta cantidad, el incremento salarial sería IPC + 0,5%.
Estos incrementos lineales y salariales solamente serán válidos en el caso de que la
fabricación de los vehículos sea asignada a la factoría Ford en Valencia.
En otro caso, el incremento salarial pactado será igual el IPC + 1% para el 2022,
retroactivo al 01 de enero.
Tan pronto se constate oficialmente la cifra del IPC real publicado por el Instituto
Nacional de Estadística para cada año, se revisarán los salarios y demás conceptos
retributivos, incrementándose éstos si procede, en la diferencia entre el incremento anual
pactado y el IPC real si éste último supera al previsto, retroactivamente al 1.º de Enero.
Las revisiones salariales se aplicarían, porcentualmente, a los salarios brutos
anuales que regían al 31 de diciembre del año anterior y con efectividad desde el 1 de
enero en todo caso.
Las cantidades que pudieran corresponder por este concepto se abonarían, de una
sola vez, dentro de los 2 meses siguientes al día en que se recibiera, en la dirección de
Recursos Humanos de la empresa, el certificado acreditativo de tal circunstancia, que
deberá ser el oficial que expide el Instituto Nacional de Estadística.
Artículo 34.
Gratificación Especial.
Desde el X Convenio Colectivo, se consolidó el pago de esta gratificación especial
anual.
Para 2022, su importe será de 659,12 euros.
Esta gratificación se hará efectiva el día 15 de enero de cada año.
cve: BOE-A-2022-16164
Verificable en https://www.boe.es
Año 2026:
Núm. 238
Martes 4 de octubre de 2022
Artículo 33.
Sec. III. Pág. 136092
Cláusula de Revisión Salarial.
La revisión salarial seguirá el siguiente esquema:
Año 2022:
Incremento lineal de 1.000 euros, a pagar en la nómina de marzo no consolidable en
tablas.
Año 2023:
Incremento lineal de 1.500 euros, a pagar en la nómina de enero, no consolidable en
tablas.
Año 2024:
Incremento lineal de 2.000 euros, a pagar en la nómina de enero, no consolidable en
tablas.
Año 2025:
Incremento lineal de 2.500 euros, a pagar en la nómina de enero, no consolidable en
tablas.
Percibirán íntegramente cada uno de los incrementos lineales las personas
empleadas con contrato indefinido, activo y a jornada completa en el último día del mes
en que se haga efectivo el pago. Incluidas las personas empleadas que tengan
reconocida una reducción de jornada por cuidado de hijos/as y/o familiares.
Las personas empleadas con contrato a tiempo parcial (indefinidos o jubilados
parciales) percibirán los incrementos lineales proporcionalmente a la jornada que tengan
en el último día del mes en que se haga efectivo el pago.
Incremento salarial de un 1,6% consolidable en tablas.
Si el IPC superase esta cantidad, el incremento salarial sería IPC + 0,5%.
Estos incrementos lineales y salariales solamente serán válidos en el caso de que la
fabricación de los vehículos sea asignada a la factoría Ford en Valencia.
En otro caso, el incremento salarial pactado será igual el IPC + 1% para el 2022,
retroactivo al 01 de enero.
Tan pronto se constate oficialmente la cifra del IPC real publicado por el Instituto
Nacional de Estadística para cada año, se revisarán los salarios y demás conceptos
retributivos, incrementándose éstos si procede, en la diferencia entre el incremento anual
pactado y el IPC real si éste último supera al previsto, retroactivamente al 1.º de Enero.
Las revisiones salariales se aplicarían, porcentualmente, a los salarios brutos
anuales que regían al 31 de diciembre del año anterior y con efectividad desde el 1 de
enero en todo caso.
Las cantidades que pudieran corresponder por este concepto se abonarían, de una
sola vez, dentro de los 2 meses siguientes al día en que se recibiera, en la dirección de
Recursos Humanos de la empresa, el certificado acreditativo de tal circunstancia, que
deberá ser el oficial que expide el Instituto Nacional de Estadística.
Artículo 34.
Gratificación Especial.
Desde el X Convenio Colectivo, se consolidó el pago de esta gratificación especial
anual.
Para 2022, su importe será de 659,12 euros.
Esta gratificación se hará efectiva el día 15 de enero de cada año.
cve: BOE-A-2022-16164
Verificable en https://www.boe.es
Año 2026: