III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Convenios. (BOE-A-2022-16098)
Resolución de 26 de septiembre de 2022, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se publica el Convenio con la Asociación Profesional de Técnicos de Bomberos, para el intercambio de datos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 237

Lunes 3 de octubre de 2022

Sec. III. Pág. 135435

como realizar actividades de docencia e investigación relacionadas con la medicina
forense. En su artículo 10 recoge que en los IMLCF estarán destinados los funcionarios
pertenecientes al Cuerpo de Médicos Forenses.
En sus funciones técnicas tienen carácter independiente y emiten sus informes de
acuerdo con las reglas de investigación científica que estimen adecuadas.
El artículo 13 del citado Real Decreto establece que podrán colaborar con otras
instituciones a través de los convenios y otros instrumentos de cooperación que se
acuerden por el Ministerio de Justicia o, en su caso, por las Comunidades Autónomas
que hayan recibido los traspasos de medios para el funcionamiento de la Administración
de Justicia.
Tercero.
La APTB, de conformidad con el artículo 5 de sus Estatutos, tiene entre sus fines
fundamentales:
– Fomentar el espíritu de servicio a la sociedad, inherente a las profesiones de los
asociados.
– Colaborar con las Administraciones Públicas en todo lo que se relacione con los
fines de su Asociación.
– Promover y desarrollar la organización de seminarios, cursos, jornadas y cualquier
otra iniciativa de interés social, así como potenciar toda actividad que redunde en
beneficio de la prestación a la sociedad de los cuerpos de bomberos.
– Servir de foro permanente en los temas relacionados con los servicios de
emergencias.
– Fomentar la investigación y publicación en el ámbito de la seguridad pública.
– Elaborar estudios e informes técnicos de interés para los servicios de bomberos y
la sociedad entre los que se encuentran los estudios sobre las víctimas de incendios y
explosiones en España que se llevan realizando desde 2010.
Cuarto.
Con fecha 21 de junio de 2017 (BOE 10 de julio de 2017) ambas partes suscribieron
un convenio para el intercambio de datos de víctimas mortales de incendios y
explosiones entre los IMLCF, dependientes del Ministerio de Justicia y la Asociación
Profesional de Técnicos de Bomberos, cuya cláusula sexta establecía una vigencia de
cuatro años naturales a partir del día de su publicación en el BOE, prorrogable a su
término mediante acuerdo expreso por igual periodo. Teniendo en cuenta el buen
resultado del mismo se considera conveniente la suscripción de un nuevo convenio
adaptando sus cláusulas a la nueva normativa.
Por todo ello, ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio, de conformidad
con las siguientes,
CLÁUSULAS

1. Constituye el objeto del presente convenio el intercambio de datos de víctimas
mortales de incendios y explosiones entre los IMLCF dependientes del Ministerio de
Justicia y la Asociación Profesional de Técnicos de Bomberos.
2. El Ministerio de Justicia se compromete a facilitar, completar o rectificar, a través
de los IMLCF, dependientes de este departamento ministerial, los datos sobre víctimas
mortales de incendios y explosiones que permitan conocer la causa clínica de los
fallecimientos, la edad, el sexo o la nacionalidad de la víctima, con pleno respeto siempre
a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y
garantía de los derechos digitales.

cve: BOE-A-2022-16098
Verificable en https://www.boe.es

Primera. Objeto y compromisos de las partes.