I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Acuerdos internacionales administrativos. (BOE-A-2022-16021)
Acuerdo complementario entre el Reino de España y las Naciones Unidas en virtud del Acuerdo entre el Reino de España y las Naciones Unidas sobre el establecimiento de una Oficina de Programa de la Oficina de las Naciones Unidas de Lucha contra el Terrorismo (OLCT) en Madrid, hecho en Nueva York el 22 de septiembre de 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 3 de octubre de 2022

Sec. I. Pág. 135145

Artículo III. Locales de la Oficina de Programa de la OLCT.
1. Las Partes convienen en que la Oficina de Programa de la OLCT estará sita en
la siguiente dirección: Calle Marqués Viudo de Pontejos, 2, Madrid 28012, España (en lo
sucesivo denominada el «edificio»).
2. De conformidad con el Acuerdo de Sede, a partir de su entrada en vigor y
mientras permanezca vigente, el Gobierno:
(a) pondrá a disposición de la OLCT, con carácter gratuito y para su uso exclusivo y
su disfrute pacífico y tranquilo, la entreplanta del edificio (en lo sucesivo denominada los
«locales»), que es propiedad del Gobierno, descrita en el anexo I (Planta de los locales),
junto con los elementos fijos, accesorios, mobiliario, instalaciones técnicas,
infraestructura tecnológica y de comunicaciones e infraestructura de seguridad y
protección que se especifican en el anexo II (Infraestructura de los locales), por un plazo
inicial de tres (03) años, que podrá prorrogarse mediante acuerdo por escrito de las
Partes;
(b) llevará a cabo, a su costa, el acondicionamiento, renovación e instalación de los
elementos fijos, accesorios, mobiliario, instalaciones técnicas, infraestructura tecnológica
y de comunicaciones e infraestructura de seguridad y protección de los locales que se
especifican en el anexo II (Infraestructura de los locales), y asumirá todos los gastos
relacionados con dicha infraestructura;
(c) prestará los servicios especificados en el anexo III (Servicios para los locales) y
en el anexo IV (Servicios de limpieza) y asumirá todos los gastos recurrentes
relacionados con ellos.
3. De conformidad con el artículo X del Acuerdo de Sede y con las disposiciones
del presente Acuerdo complementario, el Gobierno reconoce y acepta que:
(a) Concederá a la OLCT, con carácter gratuito, el acceso a los locales de oficina
amueblados en los términos previstos en el apartado 2.a) anterior, y el uso exclusivo de
los mismos.
(b) Proporcionará y mantendrá en todo momento en pleno funcionamiento, a
satisfacción de la OLCT, los elementos y servicios mencionados en los anexos del
presente Acuerdo complementario.
(c) Garantizará y velará por que la OLCT tenga pleno acceso al edificio y a los
locales las veinticuatro horas del día, los siete días de la semana, con independencia de
los días festivos nacionales.
(d) Mantendrá, a sus expensas, los locales en buenas condiciones de habitabilidad,
y será responsable de garantizar la rápida finalización de todas las reparaciones en el
exterior e interior de los mismos, incluidas las de sus estructuras, servicios e
instalaciones, el solar y las zonas de aparcamiento, las partes públicas, áreas comunes e
instalaciones del edificio, si las hubiera, y los sistemas del edificio, incluidos los
ascensores y los sistemas eléctricos y de fontanería, manteniéndolos en buen estado de
conservación y habitabilidad. Dichas reparaciones se llevarán a cabo conforme al
anexo III del presente Acuerdo complementario.
(e) Cuando resulte necesario que el Gobierno inspeccione, repare, mantenga o
reconstruya los locales o una parte de ellos, salvo si se trata de la supervisión diaria de
los servicios habituales prevista en el anexo III, lo notificará por escrito a la OLCT con
antelación. La OLCT tomará las medidas oportunas para que los representantes
autorizados puedan acceder a los locales en condiciones que no perturben
injustificadamente el desempeño de las funciones de la Oficina de Programa.
(f) (a) autorizará a la OLCT a colocar un asta y una bandera de las Naciones
Unidas en el exterior del edificio y (b) colocará el emblema de las Naciones Unidas e
información identificativa de la Oficina de Programa de la OLCT en el interior del edificio
y en la proximidad de los locales.

cve: BOE-A-2022-16021
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Núm. 237