III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-16009)
Resolución de 22 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Planta Fotovoltaica de Hibridación Peralejo de 26,1 MWp y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Villalba del Rey y Tinajas (Cuenca)".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 236
Sábado 1 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 135013
existencia de animales, nidos o madrigueras. En caso de localizar animales, nidos o
camadas de especies protegidas se avisará al Agente Medioambiental de la zona o al
órgano ambiental de la Junta, que darán las indicaciones oportunas.
3. Durante toda la fase de obras, se establecerá un mecanismo de rescate para la
correcta gestión de todos aquellos ejemplares de fauna que pudieran verse afectados
por las obras. Los ejemplares rescatados serán entregados al Centro de Recuperación
de Fauna Silvestre o al Agente Medioambiental de la zona.
4. No se realizarán trabajos nocturnos y en caso de que fuera necesario, deberá
solicitarse autorización expresa al órgano ambiental autonómico. En cualquier caso,
estarán limitados a zonas muy concretas y siempre que no impliquen afección a
especies protegidas.
5. Se desarrollarán medidas para evitar que la fauna quede atrapada en el interior
de zanjas, tales como la instalación de rampas de escape, cubrir las zanjas abiertas al
finalizar cada jornada e inspeccionarlas al comienzo de la jornada para comprobar la
posible presencia de animales.
6. El vallado perimetral cumplirá el Decreto 242/2004, de 27 de febrero de 2004,
por el que se aprueba el Reglamento de Suelo Rústico, y reunirá las características
detalladas en el informe de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad.
7. Se instalará un mínimo de 1 caja nido cada 10 ha de planta fotovoltaica. Las
especies objetivo, ubicación y número final deberá ser consensuado con el órgano
ambiental de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
8. Se implementarán medidas agroambientales para la compatibilización de cultivos
herbáceos de secano con la conservación de aves esteparias, durante toda la vida útil de
la planta, en una superficie similar a la ocupada. Estas medidas se realizarán de acuerdo
con lo detallado en el informe de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad,
serán acordadas y aprobadas por el Servicio Provincial de Cuenca, antes de su
ejecución, y se irán adaptando en función de los resultados obtenidos en el seguimiento
ambiental.
9. Se corregirán 2 apoyos peligrosos en líneas eléctricas del entorno de la planta
por cada 1.000 m de longitud lineal de vallado perimetral y/o el equivalente en importe en
balizamiento de líneas eléctricas. Para ello, se recomienda aplicar las medidas de
protección de la avifauna cara a colisiones y electrocuciones establecidas en la
legislación vigente. Estas medidas se realizarán de acuerdo con lo informado por la
Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad y serán acordadas y aprobadas por
el Servicio Provincial de Cuenca, antes de su ejecución.
6.
Paisaje:
1. Los módulos fotovoltaicos incluirán un acabado con un tratamiento químico
antirreflectante, que minimice o evite el reflejo de la luz.
2. Inmediatamente tras finalizar la fase de explotación del proyecto se
desmantelará la totalidad de las instalaciones, gestionando cada residuo de acuerdo con
la normativa aplicable, y se realizará una completa restauración geomorfológica y
edáfica, de manera que pueda recuperarse el uso original del terreno.
Patrimonio cultural y vías pecuarias:
1. La Delegación Provincial de Cuenca de la Consejería de Educación, Cultura y
Deporte de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha informa favorablemente el
proyecto, condicionado a las siguientes medidas:
– Control y seguimiento arqueológico de carácter extensivo de los movimientos de
terreno generados por la construcción de la instalación solar fotovoltaica y línea de
evacuación.
– En el caso de que se reubiquen las instalaciones a otras parcelas, deberá
realizarse una prospección arqueológica intensiva.
cve: BOE-A-2022-16009
Verificable en https://www.boe.es
7.
Núm. 236
Sábado 1 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 135013
existencia de animales, nidos o madrigueras. En caso de localizar animales, nidos o
camadas de especies protegidas se avisará al Agente Medioambiental de la zona o al
órgano ambiental de la Junta, que darán las indicaciones oportunas.
3. Durante toda la fase de obras, se establecerá un mecanismo de rescate para la
correcta gestión de todos aquellos ejemplares de fauna que pudieran verse afectados
por las obras. Los ejemplares rescatados serán entregados al Centro de Recuperación
de Fauna Silvestre o al Agente Medioambiental de la zona.
4. No se realizarán trabajos nocturnos y en caso de que fuera necesario, deberá
solicitarse autorización expresa al órgano ambiental autonómico. En cualquier caso,
estarán limitados a zonas muy concretas y siempre que no impliquen afección a
especies protegidas.
5. Se desarrollarán medidas para evitar que la fauna quede atrapada en el interior
de zanjas, tales como la instalación de rampas de escape, cubrir las zanjas abiertas al
finalizar cada jornada e inspeccionarlas al comienzo de la jornada para comprobar la
posible presencia de animales.
6. El vallado perimetral cumplirá el Decreto 242/2004, de 27 de febrero de 2004,
por el que se aprueba el Reglamento de Suelo Rústico, y reunirá las características
detalladas en el informe de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad.
7. Se instalará un mínimo de 1 caja nido cada 10 ha de planta fotovoltaica. Las
especies objetivo, ubicación y número final deberá ser consensuado con el órgano
ambiental de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
8. Se implementarán medidas agroambientales para la compatibilización de cultivos
herbáceos de secano con la conservación de aves esteparias, durante toda la vida útil de
la planta, en una superficie similar a la ocupada. Estas medidas se realizarán de acuerdo
con lo detallado en el informe de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad,
serán acordadas y aprobadas por el Servicio Provincial de Cuenca, antes de su
ejecución, y se irán adaptando en función de los resultados obtenidos en el seguimiento
ambiental.
9. Se corregirán 2 apoyos peligrosos en líneas eléctricas del entorno de la planta
por cada 1.000 m de longitud lineal de vallado perimetral y/o el equivalente en importe en
balizamiento de líneas eléctricas. Para ello, se recomienda aplicar las medidas de
protección de la avifauna cara a colisiones y electrocuciones establecidas en la
legislación vigente. Estas medidas se realizarán de acuerdo con lo informado por la
Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad y serán acordadas y aprobadas por
el Servicio Provincial de Cuenca, antes de su ejecución.
6.
Paisaje:
1. Los módulos fotovoltaicos incluirán un acabado con un tratamiento químico
antirreflectante, que minimice o evite el reflejo de la luz.
2. Inmediatamente tras finalizar la fase de explotación del proyecto se
desmantelará la totalidad de las instalaciones, gestionando cada residuo de acuerdo con
la normativa aplicable, y se realizará una completa restauración geomorfológica y
edáfica, de manera que pueda recuperarse el uso original del terreno.
Patrimonio cultural y vías pecuarias:
1. La Delegación Provincial de Cuenca de la Consejería de Educación, Cultura y
Deporte de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha informa favorablemente el
proyecto, condicionado a las siguientes medidas:
– Control y seguimiento arqueológico de carácter extensivo de los movimientos de
terreno generados por la construcción de la instalación solar fotovoltaica y línea de
evacuación.
– En el caso de que se reubiquen las instalaciones a otras parcelas, deberá
realizarse una prospección arqueológica intensiva.
cve: BOE-A-2022-16009
Verificable en https://www.boe.es
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