III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-16010)
Resolución de 22 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto Parque Eólico "Cabeza gorda" de 124 MW, y su infraestructura de evacuación, en Serradilla del Arroyo, Zamarra y Ciudad Rodrigo, Salamanca.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 1 de octubre de 2022

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nombre), la ZEC Riberas del río Huebra, Yelces Uces y afluentes (a unos 2,5 km al noreste
del parque eólico) y la ZEPA «Campo de Argañán» (a unos 1,5 km al oeste de la línea de
evacuación). Por otra parte, respecto a los mapas de sensibilidad ambiental elaborados por
el MITECO para proyectos eólicos, la alternativa seleccionada ubicaría 13 aerogeneradores
en zonas de alta y muy alta sensibilidad.
La alternativa elegida por el promotor es la de mayor potencia y mayor altura de buje.
El estudio de avifauna indica que la mayoría de los avistamientos realizados (1.315
observaciones, un 63,9 % del total) se han producido en zona de alto riesgo de colisión,
es decir, en un rango de altura entre 40 y 200 m.
En cuanto a la proximidad de los espacios Natura 2000, las alternativas planteadas
no difieren sustancialmente y no son un factor decisivo en la selección de alternativas.
Los estudios destacan un gran número de avistamientos de especies amenazadas,
cuyas poblaciones son objeto de conservación de los espacios de Red Natura 2000 del
entorno, en concreto de la ZEPA Batuecas-Sierra de Francia.
El STMA-JCyL considera que la ubicación del proyecto responde únicamente a
razones técnicas, como la calidad del viento, y no a razones ambientales. La
probabilidad de colisión frente a los aerogeneradores depende de la posición de estos y
de la cantidad de hábitats adecuado para las especies presentes, siendo más relevante
en las especies que presentan requisitos ecológicos más estrictos. Es por ello que se
deberían haber incorporado condicionantes ambientales en relación a la avifauna y los
quirópteros en la fase inicial de la selección de emplazamientos. En este sentido, la
SGBTM-MITECO concluye que la metodología planteada por el promotor en el estudio
de avifauna para estimar la mortalidad y sus efectos sobre la viabilidad de las
poblaciones presentes no puede considerarse adecuada, al combinar aspectos en una
misma variable que diluyen riesgos directos de colisión de las especies vulnerables a
estas ocupaciones, algunas con grados importantes de protección.
Respecto a la ZEPA Batuecas-Sierra de Francia los elementos clave que se verán
afectados directamente por la influencia del proyecto serían el milano real (Vulnerable en
el CEEA) el buitre leonado) (especie incluida en el LESPE) y el buitre negro (En Peligro
en el CEEA). De este último el EsIA indica 225 observaciones de la especie en el área
de estudio, con 76 en periodo de migración post-reproductora y 66 registros durante el
periodo reproductor. Además, a una distancia de unos 11 km existe una colonia histórica
en la zona compuesta por 20 parejas.
Por su parte, en el caso de las poblaciones de quirópteros, el EsIA señala la
presencia de gran diversidad de especies (7 especies incluidas en el CEEA), dentro de
un entorno con hábitat favorable para sus poblaciones. Según la SGBTM-MITECO el
promotor detecta una potencial afección al área de campeo a este grupo en la zona sureste pero con escaso detalle de manera que no se puede valorar el impacto.
En cuanto a la línea de evacuación, puede producir impactos negativos sobre la
«Campo de Argañán», siendo poblaciones objetivo de conservación las de las especies
Cigüeña negra (Ciconia nigra); Milano Real (Milvus milvus); Cernícalo Primilla (Falco
numanni); Sisón común (Tetrax tetrax); Alcaraván común (Burhinus oedicnemus); Martín
pescador (Alcedo atthis) y Ganga Ortega (Pterocles orientales). El EsIA no ha analizado
el posible impacto de dicha infraestructura a pesar de que la explotación del proyecto
pueda elevar el riesgo por colisión y electrocución de las especies objetivo de protección
del espacio, pudiendo comprometer los objetivos de conservación del Plan Básico de
Gestión y Conservación, al suponer una pérdida permanente de la calidad de las
condiciones ambientales al ser la zona del corredor seleccionado zona de alimentación y
aumentar el efecto barrera, así como el riesgo de colisión y electrocución En este
sentido, las declaraciones de impacto ambiental emitidas por la Junta de Castilla y León
en 2011 han perdido su vigencia y sus conclusiones no deben ser extrapoladas a los
nuevos proyectos.
El STMA-JCyL expone, además, que las medidas anticolisión y antielectrocución no
minimizan suficientemente los riesgos asociados a dicha infraestructura por lo que
consideran imprescindible su soterramiento. A este respecto, el promotor considera esta

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