III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-16008)
Resolución de 20 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto Instalación Fotovoltaica Lorca Solar de 339,075 MW de potencia nominal y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Totana y Lorca (Murcia).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 1 de octubre de 2022

Sec. III. Pág. 134976

– No se transformará la zona próxima a la nidificación del cernícalo primilla. Al sur de
la colonia de Casas de Cazorla, se mantendrá una zona de 176,4 ha dentro del proyecto
en la que no se va a producir ningún tipo de transformación del suelo ni de colocación de
módulos fotovoltaicos. La desaparición de las edificaciones de Puerto Blanco y algunas
de las casas de Cazorla debido a su deficiente estado afectaría negativamente a las
colonias de cernícalo primilla que allí nidifican. Por ello, el promotor indica que la
construcción de la planta promovería la recuperación de estas cubiertas, siempre con el
visto bueno de los propietarios.
– Se diseñará un programa de conservación y reforzamiento específico con el objeto
de proponer un compendio de medidas de gestión agroambiental que permita la
compatibilización de la actuación con la conservación de la avifauna presente en el
ámbito del proyecto. Dicho programa irá encaminado a favorecer el asentamiento y
nidificación de las especies de mayor interés de la zona, con la aplicación de medidas
que podrán estar dirigidas a la gestión del hábitat, construcción de primillares o
colocación de cajas nido. Además, se llevarán a cabo medidas para la educación y
sensibilización ambiental entre la población de los valores de dichas especies. El alcance
del programa agroambiental y el diseño de las medidas específicas para las especies
clave se redactará de manera coordinada con el organismo competente de la Región de
Murcia y tendrá el detalle de un proyecto de ejecución en el que se definirán las
actuaciones a llevar a cabo y su presupuesto asociado.
– Con respecto a los riesgos que supone para la avifauna la línea de evacuación, el
promotor indica que cumplirá con la normativa correspondiente, incluidas las medidas de
antielectrocución dentro y fuera de las zonas de protección que se regulan en el Real
Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la
protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta
tensión. En relación con ello, el promotor señala que:
• La línea aérea irá provista de elementos para la protección de las aves contra el
riesgo de electrocución y colisión como son disuasores de posada, salvapájaros,
señalizadores visuales, puentes de unión aislados y otros dispositivos específicos. Se
instalarán dispositivos salvapájaros o señalizadores visuales en los cables de tierra,
conforme a lo establecido en la normativa específica. Se balizarán los vanos que
atraviesen ZEPA; zonas de protección recogidas en el anexo II del Decreto 89/2021;
áreas prioritarias de reproducción, alimentación, dispersión y concentración local de
especies incluidas en el CEEA o Catálogo Regional de especies amenazadas; cauces
fluviales, pasos de cresta muy acentuados, collados de rutas migratorias, territorios de
nidificación o que contenga tramos de vuelo alto sobre áreas de valle. Se instalarán
elementos anticolisión, como reflectores de triple aspa giratorios, o de doble aspa
giratorio con reflectante nocturno, en todo el trazado de la línea.
• No se dispondrá de instalaciones de seccionamiento, transformación e
interruptores con corte en intemperie.
• Dadas las características constructivas de la línea, se superarán las distancias
antielectrocución mínimas establecidas por la normativa, por lo que no será necesario el
aislamiento de conductores y grapas u otros elementos.
• Se realizará un mantenimiento periódico de los elementos instalados para la
protección contra la colisión y electrocución. No se mantendrán elementos defectuosos o
deficientes.
• Se eliminarán las bajas de animales domésticos y/o salvajes que se localicen bajo
la línea eléctrica para evitar la atracción de aves carroñeras. Se establecerá un protocolo
para la gestión de cadáveres y la comunicación al órgano competente para que proceda
a su retirada y gestión.
• Los apoyos de entronque aéreo subterráneo se aislarán con cubierta flexible
CUP-26-F los puentes hacia las botellas terminales y autoválvulas y se les colocarán
forros de protección de silicona a los anteriores elementos.

cve: BOE-A-2022-16008
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Núm. 236