III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Real Federación Hípica Española. Estatutos. (BOE-A-2022-15947)
Resolución de 16 de septiembre de 2022, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Real Federación Hípica Española.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 235

Viernes 30 de septiembre de 2022

Sec. III. Pág. 134706

acuerdos adoptados por aquel del que formen parte, con la salvedad que establece el
artículo 19.7 de estos Estatutos.
2. Lo son, asimismo, en los términos previstos en la legislación deportiva general,
en los presentes Estatutos y en sus reglamentos, por el incumplimiento de los acuerdos
cualesquiera órganos o comisión de las faltas previstas en el régimen disciplinario
deportivo.
Artículo 22.
1.

Los miembros de los órganos de la RFHE cesan por las siguientes causas:

a) Expiración del período de mandato.
b) Remoción, en los supuestos en que proceda, por no tratarse de cargos
colectivos.
c) Dimisión.
d) Incapacidad que impida el desempeño del cargo.
e) Incurrir en alguna de las causas de inelegibilidad que enumera el artículo 17 de
los presentes Estatutos.
f) Incompatibilidad, sobrevenida de las establecidas legal o estatutariamente
2. Tratándose del Presidente, de la FHE, lo será también el voto de censura.
Serán requisitos para ello:
a) Que se formule por un tercio, al menos, de los miembros de la asamblea
general, formalizando individualmente por cada uno de los proponentes mediante escrito
motivado y firmado, con lo que se adjuntará copia del documento nacional de identidad.
b) Que se apruebe por la mayoría de los tercios de los miembros de plenos
derecho que integran la Asamblea General, sin que, en ningún caso, se admita el voto
por correo.
CAPÍTULO II
De los órganos de gobierno y representación
Sección primera.

De la Asamblea General

Artículo 23.

a) Los Presidentes de las Federaciones de ámbito autonómico integradas en la
RFHE.
b) Los representantes de los estamentos de clubes, deportistas, jueces, técnicos,
diseñadores de recorridos-jefes de pista, comisarios, y otros colectivos, si los hubiere, en
la proporción que la normativa electoral vigente establezca, elegidos por sufragio libre,
igual, directo, y secreto, en la forma que determinan los artículos 24 a 37 de los
presentes Estatutos.
3. Podrá asistir a las sesiones de la Asamblea, con voz, pero sin voto, el Presidente
saliente del último mandato.
4. La Asamblea General, se podrá reunir en Pleno o en Comisión Delegada.

cve: BOE-A-2022-15947
Verificable en https://www.boe.es

1. La Asamblea General es el órgano superior de gobierno y representación de
la RFHE.
2. Está compuesta por los miembros que se determinen en cada momento según la
normativa electoral vigente. Formarán parte de la misma: