III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Real Federación Hípica Española. Estatutos. (BOE-A-2022-15947)
Resolución de 16 de septiembre de 2022, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Real Federación Hípica Española.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 235

Viernes 30 de septiembre de 2022

Sec. III. Pág. 134714

CAPÍTULO IV
De los órganos técnicos
Sección primera.

Del Comité Técnico de Jueces

Artículo 49.
1. El Comité Técnico de Jueces atiende directamente al funcionamiento del
estamento federativo de Jueces, y le corresponden, con subordinación al Presidente de
la RFHE, el gobierno, representación y administración de las funciones atribuidas a
aquellos.
2. La presidencia del Comité recaerá en quien designe el que ostenta la de la
RFHE.
3. El Comité Técnico de Jueces desarrollará las siguientes funciones:
a) Establecer los niveles de formación de los jueces.
b) Clasificar técnicamente a los Jueces y proponer la adscripción a las categorías
correspondientes.
c) Proponer los candidatos a Jueces de categoría internacional.
d) Aprobar las normas administrativas regulando el arbitraje.
e) Coordinar con las Federaciones de ámbito autonómico integradas en la RFHE
los niveles de formación.
f) Designar los Jueces en las competiciones de ámbito estatal.
g) Cualesquiera otras delegadas por la RFHE.
4. Las propuestas a que se refiere el apartado anterior se elevarán al Presidente de
la RFHE para su aprobación definitiva.
5. La designación de los Jueces para las distintas competiciones no estará limitada
por recusaciones ni por condiciones de cualquier clase, y los que fueren nombrados no
podrán abstenerse de dirigir la prueba de que se trate, salvo que concurran razones de
fuerza mayor que ponderará el Comité.
6. La composición y régimen de funcionamiento del Comité se determinarán
reglamentariamente.
Sección segunda.

Del Comité Técnico de Jefes de Pista

Artículo 50.

a) Establecer los niveles de formación de los jefes de pista.
b) Clasificar técnicamente a los jefes de pista y proponer la adscripción a las
categorías correspondientes.
c) Proponer los candidatos a jefes de pista de categoría internacional.
d) Cualesquiera otras delegadas por la RFHE, o que se le atribuya
reglamentariamente.
4. Las propuestas a que se refiere el apartado anterior se elevarán al Presidente de
la RFHE para su aprobación definitiva.

cve: BOE-A-2022-15947
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1. El Comité Técnico del Jefes de Pista, atiende directamente al funcionamiento del
estamento federativo de Jefes de Pista, y le corresponden con subordinación al
Presidente de la RFHE, el gobierno, representación y administración de las funciones
atribuidas a aquellos.
2. La presidencia del Comité recaerá en quien designe el que ostenta la de la
RFHE.
3. El Comité Técnico de Jefes de Pista desarrollará las siguientes funciones: