III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Ayudas. (BOE-A-2022-15943)
Orden TED/934/2022, de 23 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas por concurrencia competitiva para la elaboración de proyectos de mejora de la eficiencia del ciclo urbano del agua y la primera convocatoria de subvenciones (2022) en concurrencia competitiva de proyectos de mejora de la eficiencia del ciclo urbano del agua (PERTE digitalización del ciclo del agua), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 235
Viernes 30 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 134643
i. Para el pago del anticipo se requerirá la presentación del resguardo de
constitución de las garantías ante la Caja General de Depósitos, bajo la modalidad de
«Avales prestados por entidades de crédito o sociedades de garantía recíproca»
conforme a la normativa de la citada Caja.
ii. En cualquiera de las modalidades aceptadas por la Caja General del Depósitos
conforme a la normativa de la citada Caja (Real Decreto 937/2020, de 27 de octubre, por
el que se aprueba el Reglamento de la Caja General de Depósitos) y con los requisitos
establecidos para la misma.
iii. La garantía estará en vigor hasta que el Ministerio para la Transición Ecológica y
el Reto Demográfico autorice su cancelación o devolución. En todo caso, el Ministerio
para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico procederá a su cancelación en los
casos establecidos en el artículo 52.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, de
acuerdo con los plazos descritos en el apartado 2 del citado precepto.
iv. En el caso de que la garantía se constituya mediante aval, deberá ser solidario
respecto al obligado principal, pagadero a primer y simple requerimiento del Ministerio
para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y con renuncia por parte de la
entidad emisora a los beneficios de orden, división y excusión.
v. La garantía constituida mediante contrato de seguro de caución, siempre que
éste se celebre con entidad aseguradora autorizada para operar en España en el ramo
de seguro de caución, deberá constituirse en forma de certificado individual de seguro,
con la misma extensión y garantías resultantes de la póliza.
Dicho certificado individual deberá hacer referencia expresa a que la falta de pago de
la prima, sea única, primera o siguientes, no dará derecho al asegurador a resolver el
contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida, ni éste
liberado de su obligación, caso de que el asegurador deba de hacer efectiva la garantía,
así como a que el asegurador no podrá oponer frente al Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico, como asegurada, las excepciones que puedan
corresponderle contra el tomador del seguro, asumiendo, asimismo, el compromiso de
indemnizar al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico a primer y
simple requerimiento de este.
vi. En caso de que se acuerde el reintegro por el órgano competente y, a instancias
de éste, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ejecutará las
garantías constituidas a su favor.
Artículo 15.
Gastos subvencionables.
1. Como regla general, el Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia solo
financiará gastos no recurrentes que supongan un cambio estructural y tengan un
impacto duradero sobre la resiliencia económica y social, la sostenibilidad, la
competitividad a largo plazo y el empleo.
cve: BOE-A-2022-15943
Verificable en https://www.boe.es
de las Administraciones Públicas y que no cuenten con más de seis (6) meses de
antigüedad desde su fecha de expedición.
Asimismo, los beneficiarios de los anticipos deberán acreditar que se encuentran al
corriente del pago de las obligaciones de reembolso de cualesquiera otros préstamos o
anticipos concedidos anteriormente con cargo a los créditos específicamente
consignados para la gestión de estos fondos en los Presupuestos Generales del Estado.
Corresponderá al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
comprobar el cumplimiento de tales condiciones con anterioridad al pago, exigiendo,
cuando no pueda acreditarse de otro modo, una declaración responsable del beneficiario
o certificación del órgano competente si éste fuere una Administración Pública.
3. Garantías. De conformidad con los artículos 42.2 y 43.2 del Reglamento de la
Ley General de Subvenciones, el pago de las ayudas se efectuará sin necesidad de
constitución de garantía o fianza, con la salvedad contemplada en el anterior apartado
relativa al anticipo solicitado por un beneficiario.
En este último supuesto, la garantía deberá cumplir los siguientes requisitos:
Núm. 235
Viernes 30 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 134643
i. Para el pago del anticipo se requerirá la presentación del resguardo de
constitución de las garantías ante la Caja General de Depósitos, bajo la modalidad de
«Avales prestados por entidades de crédito o sociedades de garantía recíproca»
conforme a la normativa de la citada Caja.
ii. En cualquiera de las modalidades aceptadas por la Caja General del Depósitos
conforme a la normativa de la citada Caja (Real Decreto 937/2020, de 27 de octubre, por
el que se aprueba el Reglamento de la Caja General de Depósitos) y con los requisitos
establecidos para la misma.
iii. La garantía estará en vigor hasta que el Ministerio para la Transición Ecológica y
el Reto Demográfico autorice su cancelación o devolución. En todo caso, el Ministerio
para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico procederá a su cancelación en los
casos establecidos en el artículo 52.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, de
acuerdo con los plazos descritos en el apartado 2 del citado precepto.
iv. En el caso de que la garantía se constituya mediante aval, deberá ser solidario
respecto al obligado principal, pagadero a primer y simple requerimiento del Ministerio
para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y con renuncia por parte de la
entidad emisora a los beneficios de orden, división y excusión.
v. La garantía constituida mediante contrato de seguro de caución, siempre que
éste se celebre con entidad aseguradora autorizada para operar en España en el ramo
de seguro de caución, deberá constituirse en forma de certificado individual de seguro,
con la misma extensión y garantías resultantes de la póliza.
Dicho certificado individual deberá hacer referencia expresa a que la falta de pago de
la prima, sea única, primera o siguientes, no dará derecho al asegurador a resolver el
contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida, ni éste
liberado de su obligación, caso de que el asegurador deba de hacer efectiva la garantía,
así como a que el asegurador no podrá oponer frente al Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico, como asegurada, las excepciones que puedan
corresponderle contra el tomador del seguro, asumiendo, asimismo, el compromiso de
indemnizar al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico a primer y
simple requerimiento de este.
vi. En caso de que se acuerde el reintegro por el órgano competente y, a instancias
de éste, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ejecutará las
garantías constituidas a su favor.
Artículo 15.
Gastos subvencionables.
1. Como regla general, el Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia solo
financiará gastos no recurrentes que supongan un cambio estructural y tengan un
impacto duradero sobre la resiliencia económica y social, la sostenibilidad, la
competitividad a largo plazo y el empleo.
cve: BOE-A-2022-15943
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de las Administraciones Públicas y que no cuenten con más de seis (6) meses de
antigüedad desde su fecha de expedición.
Asimismo, los beneficiarios de los anticipos deberán acreditar que se encuentran al
corriente del pago de las obligaciones de reembolso de cualesquiera otros préstamos o
anticipos concedidos anteriormente con cargo a los créditos específicamente
consignados para la gestión de estos fondos en los Presupuestos Generales del Estado.
Corresponderá al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
comprobar el cumplimiento de tales condiciones con anterioridad al pago, exigiendo,
cuando no pueda acreditarse de otro modo, una declaración responsable del beneficiario
o certificación del órgano competente si éste fuere una Administración Pública.
3. Garantías. De conformidad con los artículos 42.2 y 43.2 del Reglamento de la
Ley General de Subvenciones, el pago de las ayudas se efectuará sin necesidad de
constitución de garantía o fianza, con la salvedad contemplada en el anterior apartado
relativa al anticipo solicitado por un beneficiario.
En este último supuesto, la garantía deberá cumplir los siguientes requisitos: