III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Ayudas. (BOE-A-2022-15943)
Orden TED/934/2022, de 23 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas por concurrencia competitiva para la elaboración de proyectos de mejora de la eficiencia del ciclo urbano del agua y la primera convocatoria de subvenciones (2022) en concurrencia competitiva de proyectos de mejora de la eficiencia del ciclo urbano del agua (PERTE digitalización del ciclo del agua), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 30 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 134624
4. Fomento de la formación e innovación en competencias digitales en la
administración y gestión del agua.
Este PERTE establece distintos mecanismos de apoyo a los sectores económicos
asociados a la gestión del agua, a través de convocatorias de subvenciones, tanto en
concurrencia competitiva como no competitiva, centrados en el ciclo urbano del agua,
regadío y uso industrial, así como repartos en Conferencia Sectorial o la contratación
directa a través de la Administración General del Estado.
La presente orden se enmarca en el desarrollo de las actuaciones del PERTE y la
Componente 5 del Plan de Recuperación, Transición y Resiliencia centrados en el ciclo
urbano del agua, apoyándose en la mejora de digitalización de las infraestructuras
hidráulicas a nivel municipal y el desarrollo de actuaciones de mejora complementarias,
tanto para mejorar el cumplimiento de la Directiva 91/271/CEE a través de mejoras en el
funcionamiento de las infraestructuras de tratamiento de aguas residuales, como para
mejorar el cumplimiento de los criterios de eficiencia energética o mejorar la eficiencia y
reducir las pérdidas de agua en los sistemas de distribución de agua, siempre y cuando
se trate de uno o varios términos municipales que, de forma aislada o en su conjunto,
superen los 20.000 habitantes de forma permanente.
Esta orden, de acuerdo con los principios de gestión específicos del PRTR, se
enmarca en la Inversión 1 de la Componente 5 del PRTR, en concreto recoge
actuaciones incluidas tanto en la submedida 1.a, relativa a actuaciones de depuración,
saneamiento y reutilización del agua como también en la submedida 1.b relativa a
actuaciones para la mejora de la eficiencia y reducción de pérdidas en el uso del agua,
puesto que tal y como se gestiona el ciclo urbano del agua en España, la gestión integral
de este ciclo urbano puede mejorar ambos aspectos, tanto saneamiento, depuración y
reutilización, como la eficiencia y reducción de pérdidas asociadas al abastecimiento.
La mejora de la eficiencia a través, entre otras herramientas, de la digitalización es
una medida transversal a esta mejora en general de la gestión del ciclo urbano del agua,
complementando y apoyando al cumplimiento del objetivo CID #76 del anexo de la
Propuesta de Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la
evaluación del PRTR de España, Componente 5: Preservación del litoral y recursos
hídricos, denominado, «Infraestructuras de tratamiento de aguas y aguas residuales
mejoradas» establece la puesta en funcionamiento de infraestructuras de tratamiento de
aguas y aguas residuales que presten servicio al equivalente de un mínimo de 175.000
habitantes, con el fin de garantizar el cumplimiento de la Directiva 91/271/CEE y cumplir
los criterios de eficiencia energética, o de mejorar la eficiencia y reducir las pérdidas de
agua en los sistemas de distribución de agua.Las actuaciones derivadas de la
implantación de esta orden ministerial complementarán este cumplimiento, junto con
otras actuaciones ya en ejecución con cargo a esta Componente iniciadas con
anterioridad.
Dado que las inversiones objeto de la presente orden se enmarcan en la submedida
C5.I1 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, las actuaciones a realizar
se corresponderán con el campo de intervención 041 bis-«Recogida y tratamiento de
aguas residuales de acuerdo con los criterios de eficiencia energética» del anexo VI
«Metodología de seguimiento para la acción por el clima» del Reglamento (UE) 2021/241
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se
establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
Para el desarrollo de esta línea de actuación en el ámbito concreto del ciclo
urbano del agua, el PERTE prevé realizar diferentes convocatorias de subvenciones,
la primera de las cuales, cuyas bases y convocatoria son objeto de la presente
orden, tiene por finalidad impulsar programas singulares de mejora de la eficiencia
del ciclo urbano del agua, seleccionándose una serie de actuaciones que serán
apoyadas por ayudas que comprenden un rango de entre 3 a 10 millones de euros
hasta un total de 200 millones de euros de presupuesto de esta convocatoria.
Posteriormente, se irán desarrollando el resto de órdenes y convocatorias incluidas
en el PERTE de digitalización del ciclo del agua.
cve: BOE-A-2022-15943
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 235
Viernes 30 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 134624
4. Fomento de la formación e innovación en competencias digitales en la
administración y gestión del agua.
Este PERTE establece distintos mecanismos de apoyo a los sectores económicos
asociados a la gestión del agua, a través de convocatorias de subvenciones, tanto en
concurrencia competitiva como no competitiva, centrados en el ciclo urbano del agua,
regadío y uso industrial, así como repartos en Conferencia Sectorial o la contratación
directa a través de la Administración General del Estado.
La presente orden se enmarca en el desarrollo de las actuaciones del PERTE y la
Componente 5 del Plan de Recuperación, Transición y Resiliencia centrados en el ciclo
urbano del agua, apoyándose en la mejora de digitalización de las infraestructuras
hidráulicas a nivel municipal y el desarrollo de actuaciones de mejora complementarias,
tanto para mejorar el cumplimiento de la Directiva 91/271/CEE a través de mejoras en el
funcionamiento de las infraestructuras de tratamiento de aguas residuales, como para
mejorar el cumplimiento de los criterios de eficiencia energética o mejorar la eficiencia y
reducir las pérdidas de agua en los sistemas de distribución de agua, siempre y cuando
se trate de uno o varios términos municipales que, de forma aislada o en su conjunto,
superen los 20.000 habitantes de forma permanente.
Esta orden, de acuerdo con los principios de gestión específicos del PRTR, se
enmarca en la Inversión 1 de la Componente 5 del PRTR, en concreto recoge
actuaciones incluidas tanto en la submedida 1.a, relativa a actuaciones de depuración,
saneamiento y reutilización del agua como también en la submedida 1.b relativa a
actuaciones para la mejora de la eficiencia y reducción de pérdidas en el uso del agua,
puesto que tal y como se gestiona el ciclo urbano del agua en España, la gestión integral
de este ciclo urbano puede mejorar ambos aspectos, tanto saneamiento, depuración y
reutilización, como la eficiencia y reducción de pérdidas asociadas al abastecimiento.
La mejora de la eficiencia a través, entre otras herramientas, de la digitalización es
una medida transversal a esta mejora en general de la gestión del ciclo urbano del agua,
complementando y apoyando al cumplimiento del objetivo CID #76 del anexo de la
Propuesta de Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la
evaluación del PRTR de España, Componente 5: Preservación del litoral y recursos
hídricos, denominado, «Infraestructuras de tratamiento de aguas y aguas residuales
mejoradas» establece la puesta en funcionamiento de infraestructuras de tratamiento de
aguas y aguas residuales que presten servicio al equivalente de un mínimo de 175.000
habitantes, con el fin de garantizar el cumplimiento de la Directiva 91/271/CEE y cumplir
los criterios de eficiencia energética, o de mejorar la eficiencia y reducir las pérdidas de
agua en los sistemas de distribución de agua.Las actuaciones derivadas de la
implantación de esta orden ministerial complementarán este cumplimiento, junto con
otras actuaciones ya en ejecución con cargo a esta Componente iniciadas con
anterioridad.
Dado que las inversiones objeto de la presente orden se enmarcan en la submedida
C5.I1 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, las actuaciones a realizar
se corresponderán con el campo de intervención 041 bis-«Recogida y tratamiento de
aguas residuales de acuerdo con los criterios de eficiencia energética» del anexo VI
«Metodología de seguimiento para la acción por el clima» del Reglamento (UE) 2021/241
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se
establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
Para el desarrollo de esta línea de actuación en el ámbito concreto del ciclo
urbano del agua, el PERTE prevé realizar diferentes convocatorias de subvenciones,
la primera de las cuales, cuyas bases y convocatoria son objeto de la presente
orden, tiene por finalidad impulsar programas singulares de mejora de la eficiencia
del ciclo urbano del agua, seleccionándose una serie de actuaciones que serán
apoyadas por ayudas que comprenden un rango de entre 3 a 10 millones de euros
hasta un total de 200 millones de euros de presupuesto de esta convocatoria.
Posteriormente, se irán desarrollando el resto de órdenes y convocatorias incluidas
en el PERTE de digitalización del ciclo del agua.
cve: BOE-A-2022-15943
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 235