III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-15862)
Resolución de 19 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el XX Convenio colectivo de SEAT, SA.
85 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 234
Jueves 29 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 133904
– 1 Amortización de préstamos para la adquisición de vivienda o de «Crédito Hoy».
– 1 Compra de vehículo SEAT MÓ eScooter (moto).
– 1 Compra de vehículo SEAT MÓ eKickScooter (patinete).
2. Los criterios de aplicación serán los ya establecidas con las siguientes
especificaciones adicionales:
– Solo podrá canjearse el saldo horario positivo existente a 17 de junio de 2022 y, se
deberá mantener un remanente de 80 horas positivas en la Cuenta de Horas total.
– Respecto a la compensación de horas por compra de cualquier vehículo deberá
acreditarse adicionalmente a la factura de compra de vehículo o contrato de financiación
de compra de vehículo, la documentación acreditativa de solicitud del vehículo con fecha
anterior a 18 de junio de 2022.
– Respecto al «Crédito hoy» o Préstamo Vivienda deberá constatarse
adicionalmente a la documentación acreditativa que en el mes de junio de 2022 ya se
estaba realizando el pago de la cuota de amortización correspondiente a través de
nómina.
3. Lo aquí indicado será de aplicación hasta el 30 de junio de 2023 que quedará
definitivamente sin efectos.
Cláusula transitoria segunda.
proceso productivo.
Jornada individual del colectivo no relacionado con el
Si a la firma del calendario básico anual de 2023 (noviembre de 2022) no se ha
definido y establecido totalmente la nueva organización del trabajo diferenciada por
colectivos, se establece que para aquellas áreas y dependencias en que no se haya
establecido la nueva organización, en el año 2023 la jornada individual será de 214 días
(1.712 horas) y se mantendrá el concepto de jornada industrial (diferencia entre los días
de fábrica abierta y la jornada individual), cuatro semanas de vacaciones de verano y
cinco días laborables de vacaciones en Navidad.
Cláusula transitoria tercera.
Manual de Valoración.
1. El actual Manual de Valoración de puestos que utiliza la Comisión
correspondiente, será válido de forma transitoria, por un periodo de seis meses desde la
firma del presente convenio colectivo.
En el citado periodo, este Manual de Valoración deberá adaptarse y ajustarse
respecto a todas aquellas cuestiones que puedan tener incidencia y que estén recogidas
en el presente convenio colectivo.
2. Se administrará formación y medios a los y las participantes de la Mesa de
Valoración para el desarrollo de sus funciones.
3. A fin de facilitar la disponibilidad de las descripciones de puesto de trabajo, la
empresa facilitará y habilitará el acceso a las mismas a través del portal del/de la
empleado/a a partir de 1 de enero de 2024.
Jornada industrial 2023.
Con carácter excepcional, se trasladará parte de la jornada industrial del año 2023 al
año 2024. En el momento de acordar calendario básico anual del año 2023, se decidirá
el número de días de jornada industrial que se trasladarán al año 2024. El tratamiento
será el previsto en el apartado 3.2 del artículo 73 del presente convenio colectivo.
cve: BOE-A-2022-15862
Verificable en https://www.boe.es
Cláusula transitoria cuarta.
Núm. 234
Jueves 29 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 133904
– 1 Amortización de préstamos para la adquisición de vivienda o de «Crédito Hoy».
– 1 Compra de vehículo SEAT MÓ eScooter (moto).
– 1 Compra de vehículo SEAT MÓ eKickScooter (patinete).
2. Los criterios de aplicación serán los ya establecidas con las siguientes
especificaciones adicionales:
– Solo podrá canjearse el saldo horario positivo existente a 17 de junio de 2022 y, se
deberá mantener un remanente de 80 horas positivas en la Cuenta de Horas total.
– Respecto a la compensación de horas por compra de cualquier vehículo deberá
acreditarse adicionalmente a la factura de compra de vehículo o contrato de financiación
de compra de vehículo, la documentación acreditativa de solicitud del vehículo con fecha
anterior a 18 de junio de 2022.
– Respecto al «Crédito hoy» o Préstamo Vivienda deberá constatarse
adicionalmente a la documentación acreditativa que en el mes de junio de 2022 ya se
estaba realizando el pago de la cuota de amortización correspondiente a través de
nómina.
3. Lo aquí indicado será de aplicación hasta el 30 de junio de 2023 que quedará
definitivamente sin efectos.
Cláusula transitoria segunda.
proceso productivo.
Jornada individual del colectivo no relacionado con el
Si a la firma del calendario básico anual de 2023 (noviembre de 2022) no se ha
definido y establecido totalmente la nueva organización del trabajo diferenciada por
colectivos, se establece que para aquellas áreas y dependencias en que no se haya
establecido la nueva organización, en el año 2023 la jornada individual será de 214 días
(1.712 horas) y se mantendrá el concepto de jornada industrial (diferencia entre los días
de fábrica abierta y la jornada individual), cuatro semanas de vacaciones de verano y
cinco días laborables de vacaciones en Navidad.
Cláusula transitoria tercera.
Manual de Valoración.
1. El actual Manual de Valoración de puestos que utiliza la Comisión
correspondiente, será válido de forma transitoria, por un periodo de seis meses desde la
firma del presente convenio colectivo.
En el citado periodo, este Manual de Valoración deberá adaptarse y ajustarse
respecto a todas aquellas cuestiones que puedan tener incidencia y que estén recogidas
en el presente convenio colectivo.
2. Se administrará formación y medios a los y las participantes de la Mesa de
Valoración para el desarrollo de sus funciones.
3. A fin de facilitar la disponibilidad de las descripciones de puesto de trabajo, la
empresa facilitará y habilitará el acceso a las mismas a través del portal del/de la
empleado/a a partir de 1 de enero de 2024.
Jornada industrial 2023.
Con carácter excepcional, se trasladará parte de la jornada industrial del año 2023 al
año 2024. En el momento de acordar calendario básico anual del año 2023, se decidirá
el número de días de jornada industrial que se trasladarán al año 2024. El tratamiento
será el previsto en el apartado 3.2 del artículo 73 del presente convenio colectivo.
cve: BOE-A-2022-15862
Verificable en https://www.boe.es
Cláusula transitoria cuarta.