III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-15862)
Resolución de 19 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el XX Convenio colectivo de SEAT, SA.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 234
Jueves 29 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 133899
Artículo 129. Seguro de accidentes
Se concertará un seguro de accidentes complementario en favor de aquellos/as
trabajadores/as cuya función encomendada consista en la comprobación o verificación
del funcionamiento de un vehículo de la empresa mediante la conducción del mismo por
vías públicas. El alcance y condiciones de dicho seguro serán los fijados en la póliza que
tiene concertada la empresa en la fecha de la firma de este convenio colectivo, la cual se
mantendrá en sus mismos términos de cobertura mientras por acuerdo entre la
representación social y empresarial no se modifique.
Artículo 130. Préstamo para la adquisición de vivienda.
Las personas que carezcan de otra vivienda de su propiedad podrán obtener de la
empresa un préstamo personal para la adquisición de su vivienda habitual (en adelante
«préstamo personal para vivienda»), teniendo en todo caso preferencia los/las
trabajadores/as a quienes no se les haya concedido con anterioridad un préstamo
personal para la adquisición de vivienda y aquellos/as que tengan contrato indefinido.
Las condiciones del préstamo personal para vivienda serán las siguientes:
– El capital del préstamo será como máximo de 6.000 euros por empleado/a y tendrá
un plazo máximo de devolución de 10 años.
– El interés del préstamo será el más bajo de entre el euríbor + 0,50 del mes de
concesión y el interés legal del dinero.
En los préstamos de vivienda concedidos se utilizará un único tipo de interés
aplicable a las cuotas que devenguen durante el año natural. Cada año el interés será
revisado a partir del 1 de enero y se mantendrá constante hasta la siguiente revisión
anual.
Los compromisos y obligaciones asumidos por la empresa por la suma de todos los
préstamos personales para vivienda se refieren y limitan a un capital máximo global
de 631.062,71 euros en cada uno de los cinco años de vigencia del convenio colectivo.
Esta cantidad máxima global será repartida entre todos los centros de trabajo de SEAT.
Las condiciones concretas del préstamo personal para vivienda, así como el
procedimiento de solicitud y concesión del mismo se recogerán en la normativa interna
específica al efecto, de la cual se informará a los/las trabajadores/as.
No obstante lo anterior, la concesión de los préstamos personales para vivienda se
hará por riguroso orden de entrada de las solicitudes en las oficinas de Personal, y se
requerirá acreditar 1 año de antigüedad en la empresa.
Una comisión paritaria integrada por las partes firmantes del convenio colectivo se
encargará de la aplicación de lo establecido en los apartados anteriores, pudiendo variar
anualmente con carácter general el importe del préstamo individual en función de las
circunstancias existentes.
Préstamo personal.
La plantilla de la empresa tendrá acceso a un préstamo personal denominado
Crédito Hoy en el momento de la firma, concedido por VW Bank según la oferta de
condiciones preferentes para empleados/as de SEAT, recogidas en la normativa interna
de la empresa publicada en la intranet.
Artículo 132.
Comedores.
En los centros de trabajo donde existan comedores subvencionados, las
aportaciones del personal por comida se adecuarán en función de los aumentos
salariales pactados en el presente convenio y se revisarán en función de los incrementos
posteriores.
cve: BOE-A-2022-15862
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 131.
Núm. 234
Jueves 29 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 133899
Artículo 129. Seguro de accidentes
Se concertará un seguro de accidentes complementario en favor de aquellos/as
trabajadores/as cuya función encomendada consista en la comprobación o verificación
del funcionamiento de un vehículo de la empresa mediante la conducción del mismo por
vías públicas. El alcance y condiciones de dicho seguro serán los fijados en la póliza que
tiene concertada la empresa en la fecha de la firma de este convenio colectivo, la cual se
mantendrá en sus mismos términos de cobertura mientras por acuerdo entre la
representación social y empresarial no se modifique.
Artículo 130. Préstamo para la adquisición de vivienda.
Las personas que carezcan de otra vivienda de su propiedad podrán obtener de la
empresa un préstamo personal para la adquisición de su vivienda habitual (en adelante
«préstamo personal para vivienda»), teniendo en todo caso preferencia los/las
trabajadores/as a quienes no se les haya concedido con anterioridad un préstamo
personal para la adquisición de vivienda y aquellos/as que tengan contrato indefinido.
Las condiciones del préstamo personal para vivienda serán las siguientes:
– El capital del préstamo será como máximo de 6.000 euros por empleado/a y tendrá
un plazo máximo de devolución de 10 años.
– El interés del préstamo será el más bajo de entre el euríbor + 0,50 del mes de
concesión y el interés legal del dinero.
En los préstamos de vivienda concedidos se utilizará un único tipo de interés
aplicable a las cuotas que devenguen durante el año natural. Cada año el interés será
revisado a partir del 1 de enero y se mantendrá constante hasta la siguiente revisión
anual.
Los compromisos y obligaciones asumidos por la empresa por la suma de todos los
préstamos personales para vivienda se refieren y limitan a un capital máximo global
de 631.062,71 euros en cada uno de los cinco años de vigencia del convenio colectivo.
Esta cantidad máxima global será repartida entre todos los centros de trabajo de SEAT.
Las condiciones concretas del préstamo personal para vivienda, así como el
procedimiento de solicitud y concesión del mismo se recogerán en la normativa interna
específica al efecto, de la cual se informará a los/las trabajadores/as.
No obstante lo anterior, la concesión de los préstamos personales para vivienda se
hará por riguroso orden de entrada de las solicitudes en las oficinas de Personal, y se
requerirá acreditar 1 año de antigüedad en la empresa.
Una comisión paritaria integrada por las partes firmantes del convenio colectivo se
encargará de la aplicación de lo establecido en los apartados anteriores, pudiendo variar
anualmente con carácter general el importe del préstamo individual en función de las
circunstancias existentes.
Préstamo personal.
La plantilla de la empresa tendrá acceso a un préstamo personal denominado
Crédito Hoy en el momento de la firma, concedido por VW Bank según la oferta de
condiciones preferentes para empleados/as de SEAT, recogidas en la normativa interna
de la empresa publicada en la intranet.
Artículo 132.
Comedores.
En los centros de trabajo donde existan comedores subvencionados, las
aportaciones del personal por comida se adecuarán en función de los aumentos
salariales pactados en el presente convenio y se revisarán en función de los incrementos
posteriores.
cve: BOE-A-2022-15862
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 131.