III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-15862)
Resolución de 19 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el XX Convenio colectivo de SEAT, SA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 234

Jueves 29 de septiembre de 2022

Sec. III. Pág. 133895

empresarial ética y de cumplimiento con la Ley. Dicho sistema cuenta con los siguientes
elementos:
a)

Identificación y gestión de riesgos, medidas y controles.

El programa de Gestión de Riesgos Legales (GRL) de SEAT pretende dotar a la
organización de medidas eficaces para detectar, prevenir y gestionar los riesgos legales,
especialmente los penales, con la finalidad de garantizar una gestión anual efectiva de
riesgos de naturaleza empresarial y legal que asegure la sostenibilidad a largo plazo de
la compañía.
b)

Formación y comunicación.

La empresa debe fomentar y garantizar que las personas empleadas reciban la
información y formación necesaria con la finalidad de asegurar el conocimiento de las
políticas y procedimientos y evitar, detectar y gestionar potenciales riesgos legales/
penales. Para ello, se deben poner a disposición de las personas empleadas acciones
recurrentes de formación y comunicación, con un enfoque basado en el riesgo.
Además, los/las responsables de las personas empleadas deberán asegurar que
éstas asistan a las formaciones de carácter obligatorio y, facilitar el acceso a dicha
formación, dotándoles de los medios y tiempo necesarios para su realización.
c)

Cumplimiento normativo y ético.

Las personas empleadas deberán actuar conforme a los valores y principios éticos
establecidos en el Código de Conducta, la Guía Anticorrupción y toda la normativa
interna aplicable en SEAT en cada momento sobre estas materias. Asimismo, las
personas empleadas deberán mantener una conducta íntegra y honesta en el desarrollo
de su actividad laboral en SEAT acorde con los principios de su Código de Conducta.
Las personas empleadas se comprometerán a no desempeñar prácticas corruptas
para la obtención de algún beneficio para sí o para sus familiares y a evitar cualquier
situación que por el ejercicio de sus funciones en la compañía pudiera generar un
conflicto entre los intereses de SEAT (y/o del Grupo Volkswagen) y los intereses privados
de la persona empleada y/o sus familiares.
d)

Canales de consulta y canales de denuncia.

e)

Sistema disciplinario.

SEAT aplicará el régimen disciplinario contemplado en el IV Convenio colectivo
Estatal de la Industria, las nuevas tecnologías y los servicios del sector del metal,
aplicable a los empleados y empleadas, cuyo objeto es asegurar un comportamiento
ético y adecuado en el desempeño profesional de la plantilla de SEAT acorde con lo
establecido en el Código de Conducta y otras normativas y guías internas relacionadas,

cve: BOE-A-2022-15862
Verificable en https://www.boe.es

SEAT pone y mantendrá a disposición de sus personas empleadas canales donde
realizar consultas sobre las temáticas de Compliance e Integridad.
Asimismo, SEAT pone a disposición de sus personas empleadas y de terceras
personas un sistema de denuncias. Las sospechas razonables de un posible
incumplimiento del Código de Conducta o de cualquier infracción normativa grave (las
que afectan de forma significativa a la reputación o a los intereses financieros de SEAT
y/o del Grupo Volkswagen o de una de sus compañías) en el entorno de trabajo, deberán
ser comunicadas al sistema de denuncias de la compañía.
El sistema de denuncias de SEAT se rige, entre otros, por los principios de
confidencialidad, procedimiento justo, presunción de inocencia, proporcionalidad y
protección a las personas informantes, las personas afectadas y las personas que
colaboren en la investigación.