III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-15862)
Resolución de 19 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el XX Convenio colectivo de SEAT, SA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 234

Jueves 29 de septiembre de 2022

Artículo 114.
colectivo.

Puntos rendimiento alcanzado
menos puntos rendimiento pactado

Factor

-3

0,79

-4

0,72

-5

0,65

-6

0,58

-7

0,51

-8

0,44

-9

0,37

-10

0,30

-11

0,24

-12

0,18

-13

0,12

-14

0,06

-15 y siguientes

0,00

Sec. III. Pág. 133891

Intervención de la Comisión de Productividad por bajo rendimiento

En el caso de que la mayoría de las personas trabajadoras de una sección
sobrepasen los porcentajes de inactividad que se especifican en el artículo sobre
determinación de la prima directa (artículo 111), las Comisiones de Productividad
intervendrán en el asunto, con el fin de profundizar en las causas que las han
determinado y proponer soluciones.
TÍTULO VIII
Prevención de riesgos laborales
Artículo 115. Declaración de valores e intenciones para la salud laboral en SEAT.
Las partes firmantes del convenio colectivo reconocen:

– Que es necesario progresar en la adopción de medidas de prevención de riesgos,
así como en la mejora de las condiciones de trabajo.
– Que en la actualidad el campo de la prevención de riesgos laborales ultrapasa los
límites de la estricta seguridad e higiene para abarcar el concepto más amplio de salud
laboral, teniendo en cuenta todas las condiciones y circunstancias laborales que
contribuyen a prevenir los riesgos, fomentando actitudes saludables y adaptando el
trabajo a la persona.
– Que el mejor método para luchar contra los riesgos laborales consiste en disponer
de una adecuada cultura de trabajo orientada hacia la prevención de riesgos, que ponga
la salud de los/las trabajadores/as en el centro de cualquier actividad a todos los niveles,
operativos y directivos.
– Que todos los riesgos se pueden y se deben evitar y que la prevención es
responsabilidad de la empresa y de todas las personas trabajadoras. Estos últimos, de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de
Prevención de Riesgos Laborales.

cve: BOE-A-2022-15862
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