III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-15862)
Resolución de 19 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el XX Convenio colectivo de SEAT, SA.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 234
Jueves 29 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 133889
tanto del número de días laborables del calendario. Estas cantidades tipo, vienen fijadas
en la tabla siguiente:
Importes desde el 1 de agosto de 2022
Primas Directas
Nivel
Producción,
principal «A»
en línea
mecanizada
Primas Indirectas
Producción principal "B"
en grupos y sus coligados
Grupo B1
Grupo B2
Mandos
de producción
principal
Resto
de indirectos
Nivel 8.
408,90
340,87
316,66
234,24
Nivel 9.
425,05
370,60
346,39
269,84
Nivel 10.
441,31
400,31
376,10
305,42
Nivel 11.
402,94
335,22
Nivel 12.
429,76
442,52
364,73
Nivel 13.
466,19
385,47
Nivel 14.
489,85
406,20
Artículo 109. Grupos de primas directas de producción principal.
Se establecen dos únicos grupos de prima directa de producción principal:
A)
Líneas mecanizadas.
A estos efectos, se entiende por línea mecanizada la instalación que cumpla las
siguientes condiciones en su totalidad:
– Línea de trabajo a tracción mecánica con velocidad no modificable por el operario.
– Imposibilidad de crear por el/la trabajador/a pulmones intermedios.
– Rigidez en la secuencia de las operaciones.
– Paros técnicos inferiores al 5 %.
– Tiempo del paso inferior a 15 minutos.
– Actividad predominantemente manual.
– Rendimiento medido y carga de trabajo determinada de carácter continuo y
repetitivo cuya frecuencia ocasiona apreciable vinculación.
– Prensas grandes y automáticas en general.
B)
Resto de producción principal y sus coligados.
– Grupo B1:
– Grupo B2:
• Resto de puestos de Indirectos coligados al Grupo A y al Grupo B1.
Estos dos grupos se corresponden con los «A» y «B» previstos en la tabla de Primas
Directas (artículo 108).
La cuantía de la prima correspondiente a estos grupos se determinará por aplicación
de las fórmulas previstas en los artículos 111 y 112.
cve: BOE-A-2022-15862
Verificable en https://www.boe.es
• Puestos directos no incluidos en el Grupo A.
• Suministradores/as Carretilleros/as y Agentes de Suministros coligados/as a
Producción que realizan funciones de suministro directo a producción.
Núm. 234
Jueves 29 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 133889
tanto del número de días laborables del calendario. Estas cantidades tipo, vienen fijadas
en la tabla siguiente:
Importes desde el 1 de agosto de 2022
Primas Directas
Nivel
Producción,
principal «A»
en línea
mecanizada
Primas Indirectas
Producción principal "B"
en grupos y sus coligados
Grupo B1
Grupo B2
Mandos
de producción
principal
Resto
de indirectos
Nivel 8.
408,90
340,87
316,66
234,24
Nivel 9.
425,05
370,60
346,39
269,84
Nivel 10.
441,31
400,31
376,10
305,42
Nivel 11.
402,94
335,22
Nivel 12.
429,76
442,52
364,73
Nivel 13.
466,19
385,47
Nivel 14.
489,85
406,20
Artículo 109. Grupos de primas directas de producción principal.
Se establecen dos únicos grupos de prima directa de producción principal:
A)
Líneas mecanizadas.
A estos efectos, se entiende por línea mecanizada la instalación que cumpla las
siguientes condiciones en su totalidad:
– Línea de trabajo a tracción mecánica con velocidad no modificable por el operario.
– Imposibilidad de crear por el/la trabajador/a pulmones intermedios.
– Rigidez en la secuencia de las operaciones.
– Paros técnicos inferiores al 5 %.
– Tiempo del paso inferior a 15 minutos.
– Actividad predominantemente manual.
– Rendimiento medido y carga de trabajo determinada de carácter continuo y
repetitivo cuya frecuencia ocasiona apreciable vinculación.
– Prensas grandes y automáticas en general.
B)
Resto de producción principal y sus coligados.
– Grupo B1:
– Grupo B2:
• Resto de puestos de Indirectos coligados al Grupo A y al Grupo B1.
Estos dos grupos se corresponden con los «A» y «B» previstos en la tabla de Primas
Directas (artículo 108).
La cuantía de la prima correspondiente a estos grupos se determinará por aplicación
de las fórmulas previstas en los artículos 111 y 112.
cve: BOE-A-2022-15862
Verificable en https://www.boe.es
• Puestos directos no incluidos en el Grupo A.
• Suministradores/as Carretilleros/as y Agentes de Suministros coligados/as a
Producción que realizan funciones de suministro directo a producción.