III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-15862)
Resolución de 19 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el XX Convenio colectivo de SEAT, SA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 234

Jueves 29 de septiembre de 2022

Esfuerzo muscular
puro

Sec. III. Pág. 133887

Factores de fatiga

Esfuerzo en kg

Esfuerzo combinado
mental y físico
0-1

0-3

0-6

6-10

10-15

15-20

20-25

1,00

1,01

1,02

1,04

1,08

1,08

1,10

1,01

1,04

1,05

1,07

1,09

1,11

1,13

1,05

1,06

1,07

1,09

1,11

1,13

1,15

1,07

1,08

1,09

1,11

1,13

1,15

1,18

1,09

1,10

1,11

1,13

1,16

1,18

1,20

1,16

1,17

1,18

1,20

1,22

1,24

1,27

1,20

1,21

1,22

1,25

1,27

1,29

1,32

La mayoración de hasta 4,55 % está incluida en las pausas colectivas. La diferencia
hasta 4,55 % será el factor de mayoración en los tiempos tipo asignados.
Relevo y desplazamiento de pausas.

1. Durante las pausas la empresa podrá establecer por acuerdo con la
representación de las personas trabajadoras un sistema de relevo de personal con
desplazamiento de las pausas, de manera que durante las mismas la actividad
productiva no se paralice ni reduzca. Los relevos y desplazamientos de pausas pueden
afectar a todas las instalaciones productivas o tan sólo a determinadas máquinas o
herramientas de producción, que se mantendrán en funcionamiento durante una parte o
durante la totalidad del tiempo de pausa.
2. Cuando se introduzcan en sistema de relevo las pausas podrán ser, de forma
excepcional, dos de veinte minutos de duración cada una. Se establecerá una banda
máxima central por turno para el bocadillo. La consumición del bocadillo se efectuará en
cualquiera de las pausas aludidas.
3. Las personas que deban trabajar durante las pausas disfrutarán de las mismas
en otro momento.

cve: BOE-A-2022-15862
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Artículo 106.