III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-15870)
Resolución de 16 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Planta Solar Fotovoltaica Centurión, de 154,95 MWp, y sus infraestructuras de evacuación, en Segura de León, Fuente de Cantos, Valencia del Ventoso y Fregenal de la Sierra, en la provincia de Badajoz".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 234

Jueves 29 de septiembre de 2022

Sec. III. Pág. 133987

Badajoz» en la que se establecen las condiciones ambientales, incluidas las medidas
preventivas, correctoras y compensatorias, que resultan de la evaluación ambiental
practicada y se exponen a continuación, en las que se debe desarrollar el proyecto para
la adecuada protección del medio ambiente y los recursos naturales, lo cual no exime al
promotor de la obligación de obtener todas las autorizaciones ambientales o sectoriales
que resulten legalmente exigibles.
Atendiendo a los antecedentes y fundamentos de derecho expuestos se resuelven
las condiciones al proyecto y medidas preventivas, correctoras y compensatorias de los
efectos adversos sobre el medio ambiente, que se establecen en los siguientes términos:
1.
1.1

Condiciones al proyecto

Condiciones generales:

(1) El promotor deberá cumplir todas las medidas preventivas, correctoras y
compensatorias contempladas en el EsIA, las aceptadas tras la información pública y
consultas y las contenidas en la información complementaria, en tanto no contradigan lo
establecido en la presente resolución, así como las condiciones particulares impuestas
en esta Declaración de Impacto Ambiental.
(2) Antes de comenzar los trabajos se establecerá contacto con el coordinador de
los Agentes de Medio Natural de la zona, a efectos de asesoramiento para una correcta
realización de los mismos. La conclusión de los trabajos se comunicará igualmente a los
Agentes de Medio Natural de la zona, con el fin de comprobar que los trabajos se han
realizado conforme a las condiciones técnicas establecidas.
(3) El proyecto de construcción deberá contemplar todas las actuaciones asociadas
al proyecto, así como todas las medidas del párrafo anterior con el contenido, detalle y
escala de un proyecto ejecutivo, incluidos presupuesto y cartografía, y serán de obligado
cumplimiento para el promotor.
(4) El promotor habrá de respetar las buenas prácticas ambientales para la
realización del proyecto, pudiendo servir de orientación los «Manuales de Buenas
Prácticas Ambientales en las Familias Profesionales», que se encuentran publicados en
la página web de este Ministerio, para cada una de las actuaciones previstas.
1.2 Condiciones relativas a medidas preventivas, correctoras y compensatorias
para los impactos más significativos:
Suelo y agua:

– El proyecto se adaptará al máximo a los terrenos agrícolas evitando las zonas de
mayor pendiente para minimizar la afección al suelo y la generación de nuevas
superficies de erosión.
– La fijación de las estructuras de soporte de los módulos fotovoltaicos se realizará
mediante hincado directo de los perfiles metálicos al suelo, evitando la utilización de
hormigón u otros materiales análogos y la realización de voladuras. La altura de
colocación de los módulos solares debe adaptarse a la morfología del terreno y permitir
el manejo de la vegetación con el ganado.
– Se reducirán al mínimo los movimientos de tierra. No se retirará la tierra vegetal ni
se harán compactaciones salvo en las soleras de los centros de inversióntransformación, edificios, subestación, zanjas para el cableado, viales y zonas de
instalaciones auxiliares de obra. Además, la tierra vegetal obtenida se utilizará en
labores de restauración de zonas alteradas y, si fuera necesario, se realizarán aportes de
tierra vegetal extra en áreas con riesgo de erosión.
– Con el fin de minimizar la ocupación del suelo y afección a la vegetación, se
aprovecharán los accesos y la red de caminos existentes, procediendo a ejecutar
únicamente los viales y accesos incluidos en el EsIA.
Se repondrán los caminos y el resto de viales que se vean afectados por la ejecución
de las obras.

cve: BOE-A-2022-15870
Verificable en https://www.boe.es

1.2.1