III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-15869)
Resolución de 16 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Autovía A-40. A-6-Ávila-Maqueda-Toledo-Cuenca-Teruel. Tramo: Conexión con la AP-41 (Toledo)-Ocaña (R-4)".
20 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 29 de septiembre de 2022

Sec. III. Pág. 133972

En caso de que durante la vigilancia ambiental se concluya que estas medidas no
han sido suficientes para compensar el impacto residual, se podrán poner en marcha
alguna de las siguientes medidas:
Corrección de tendidos eléctricos en la provincia de Toledo para reducir la mortalidad
por electrocución.
Reparación y mejora de la estabilidad de nidos en la provincia de Toledo.
Mejora de la disponibilidad de alimento a través de medidas para el fomento de
conejo de monte en lugares de interés de la provincia.
Las medidas a realizar deberán ser acordadas previamente con la Delegación
Provincial de Desarrollo Sostenible de Toledo.
8) El proyecto constructivo incluirá en su documento de planos y, por tanto, con
carácter contractual, un plano de localización de canteras, vertederos, zonas de
préstamos e instalaciones auxiliares de obra. Se considerarán zonas de exclusión para
la localización de todos estos elementos, además de las señalados por el promotor,
todas las zonas definidas como ambientalmente sensibles y en particular los cursos
fluviales, las zonas ocupadas por vegetación de ribera, los espacios de la Red
Natura 2000, los hábitats de interés comunitario, prioritarios o no, y las áreas de
importancia y de distribución del águila imperial ibérica (Aquila adalberti). El
emplazamiento final de vertederos y préstamos se decidirá de acuerdo con las
conclusiones de un estudio específico, en el que se valoren las afecciones ambientales
de las diferentes alternativas de emplazamiento.
9) Se considera imprescindible disponer de una superficie de acopio lo
suficientemente amplia para que la tierra vegetal acopiada se mantenga en condiciones
favorables para ser empleada posteriormente en labores de restauración,
considerándose apropiadas hileras con una altura máxima de 1,50 m que han de ser
tratadas convenientemente a lo largo del tiempo para que no pierdan sus propiedades
edáficas. Se debe elaborar un presupuesto detallado que indique número de
tratamientos a realizar, sistemas de tratamiento a utilizar, etc., que deberá de incluirse en
el proyecto de restauración e integración paisajista de la infraestructura.
iii. Condiciones al programa de vigilancia ambiental: En virtud del análisis técnico
realizado, el programa de vigilancia previsto en el estudio de impacto ambiental debe
completarse con los aspectos adicionales que se incorporan mediante esta resolución. El
objetivo del citado plan en sus distintas fases es garantizar el cumplimiento de la
totalidad de las medidas preventivas y correctoras descritas, a través de un seguimiento
de la eficacia de dichas medidas y sus criterios de aplicación, que se consagrará en los
correspondientes informes de vigilancia.
10) Se elaborarán protocolos de actuación específicos en previsión de la ocurrencia
de vertidos accidentales de aceites, combustibles, lubricantes, mezclas bituminosas,
restos de hormigonado u otras sustancias similares para evitar la contaminación de las
aguas tanto superficiales como subterráneas al encontrase el trazado de la autovía sobre
materiales detríticos de alta o muy alta permeabilidad.
11) Durante el desarrollo del PVA, se seguirán los criterios establecidos en el
documento «Prescripciones técnicas para el seguimiento y evaluación de la efectividad
de las medidas correctoras del efecto barrera de las infraestructuras de transporte» del
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino (2008) y deberá incluir en todo
caso el seguimiento de la incidencia de los atropellos de la fauna autóctona en la autovía
y especialmente de las especies incluidas en el Catálogo Regional de Especies
Amenazadas.

cve: BOE-A-2022-15869
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 234