III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-15869)
Resolución de 16 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Autovía A-40. A-6-Ávila-Maqueda-Toledo-Cuenca-Teruel. Tramo: Conexión con la AP-41 (Toledo)-Ocaña (R-4)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 29 de septiembre de 2022

Sec. III. Pág. 133969

Riesgo nuclear: Los municipios afectados se encuentran fuera de las zonas de
alcance de las zonas de planificación prevista para las centrales de Almaraz y Trillo.
Riesgo químico: No existen plantas químicas activas de primer nivel en la zona,
existen plantas químicas de nivel inferior en Illescas, Seseña, Ontígola y Toledo.
Dicho organismo propone la elaboración de un plan de autoprotección que recoja de
manera global todos los posibles riesgos conforme al RD 393/2007 sobre planes de
autoprotección y su redacción. Concluye el informe indicando que los riesgos
contemplados en el catálogo de riesgos de Protección Civil no suponen un impacto
significativo que pueda condicionar su establecimiento, siempre y cuando, se cumpla lo
indicado en el presente informe, con especial atención a las inundaciones y las medidas
de autoprotección.
El promotor responde que tanto en el Estudio Informativo como en el estudio de
impacto ambiental, se han tenido en cuenta los riesgos enumerados en el informe de
Protección Civil, bien es cierto que no se han recogido en un único documento o plan, si
no que aparecen repartidos a lo largo del documento, en función de la unidad temática
de que se trate, además se ha incluido un apartado en la memoria del estudio de
impacto ambiental destinado al análisis de la vulnerabilidad del proyecto ante el riesgo
de accidentes graves y/o catástrofes relevantes.
Particularmente, la zona donde se indica con posible riesgo de inundación (unión de
la futura A-40 con la R-4), es una zona dónde se atraviesa el río Tajo en viaducto de
forma similar a como lo hacen: la actual R-4, AVE Madrid-Sevilla y A-4, dónde la lámina
de inundación con periodo de retorno de 500 años no afectaría a dicho viaducto. En
cuanto al plan de autoprotección, al no disponer de túneles la nueva infraestructura no
sería obligatorio su elaboración atendiendo a lo indicado en el RD 393/2007 planes de
autoprotección y su redacción. Por último, está previsto disponer de encapsulamientos
de terrenos yesíferos para evitar la descomposición del yeso por el agua y evitar así los
riesgos de karstificación.
d. Programa de vigilancia ambiental (PVA). El EsIA incluye un PVA que pretende
garantizar el cumplimiento de las medidas mitigadoras de impactos propuestas, así como
de los aspectos a controlar. Establece un seguimiento que persigue avalar la correcta
ejecución de las medidas protectoras del proyecto. Al mismo tiempo, el seguimiento
permitirá detectar las desviaciones de los efectos pronosticados o detectar nuevos
impactos no previstos. Si fueran identificados, permitirá redimensionar las medidas
propuestas o adoptar otras nuevas.
Según el EsIA, para los trabajos a realizar en la fase de construcción se presentará
especial atención en los siguientes aspectos:
Control del jalonamiento de la zona de ocupación del trazado, de los elementos
auxiliares y de los caminos de acceso.
Control de la calidad del aire y ruido.
Control de la conservación de suelos.
Control de la calidad de las aguas.
Control de la gestión y almacenaje de residuos y vertidos producidos por la actividad.
Control de la vegetación y el plan de restauración.
Control de afecciones sobre la fauna.
Control sobre el patrimonio histórico-arqueológico.
Durante la fase de explotación, se presentará especial atención al:
Control de la calidad de las aguas.
Control sobre los niveles sonoros.
Control de la vegetación y el plan de restauración.
Control de afecciones sobre la fauna (eficacia de los pasos de fauna).
Control sobre la eficacia de las medidas compensatorias

cve: BOE-A-2022-15869
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Núm. 234