I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Sistema gasista. (BOE-A-2022-15819)
Orden TED/929/2022, de 27 de septiembre, por la que se establecen los cargos del sistema gasista y la retribución y los cánones de los almacenamientos subterráneos básicos para el año de gas 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 234

Jueves 29 de septiembre de 2022

Sec. I. Pág. 133680

disposición adicional primera de la Orden TED/1286/2020, de 29 de diciembre. Teniendo
en cuenta que las compras de GLP en el periodo entre el 1 de enero y el 30 de
septiembre de 2021 han alcanzado 14.084.012 kWh con un precio medio de 0,04922
€/kWh, el extracoste definitivo para dicho periodo asciende a 459.829 euros, resultando
una diferencia entre el valor provisional y el definitivo de 476.908 euros.
Esta cantidad se restará de la cantidad reconocida como extracoste del año de
gas 2023.
4. Aplicación del apartado sexto de la disposición adicional tercera de la Orden
TED/1023/2021, de 27 de septiembre: 102.504,38 euros. Esta cantidad
incluye 80.445,47 euros y 22.058,91 euros como regularizaciones del extracoste de 2019
y 2020 respectivamente.
Esta cantidad se restará al extracoste provisional del año de gas 2023.
5. Revisión del extracoste y de la retribución en concepto de suministro a tarifa de
los años 2019 y 2020 conforme lo dispuesto en el apartado séptimo de la disposición
adicional tercera de la Orden TED/1023/2021, de 27 de septiembre. Estas cantidades
corresponden a las declaraciones en concepto de refacturaciones de los años 2019
y 2020 de 3.207.437 kWh y 1.484.093,00 kWh respectivamente realizadas hasta la
liquidación 10/2022 incluida. La cantidad reconocida asciende a 100.107,87 euros.
2019

Extracoste.

2020

59.135,15 29.070,32

Suministro a tarifa.
Total.

8.137,27

3.765,14

Total

88.205,46
11.902,41

67.272,42 32.835,46 100.107,87

Conforme lo dispuesto en la disposición adicional tercera.7 de la Orden
TED/1023/2021, de 27 de septiembre, estas cantidades se incorporarán a la retribución
del año de gas 2023.
4. Incentivo a la eficiente gestión de compras conforme lo dispuesto en el apartado
sexto de la disposición adicional primera de la Orden TED/1023/2021, de 27 de
septiembre: 0 euros.
5. Conforme a lo anterior, la retribución final para el año 2023 resultado de la suma
de las partidas anteriores asciende a 124.109,74 euros.
Disposición adicional segunda.
gas natural.

Retribución del operador del mercado organizado de

La retribución del operador del mercado organizado de gas natural para el año de
gas 2023 se establece en 3.570.000 euros, que incluye:
a. 2.858.000 euros en concepto de retribución transitoria provisional para el año de
gas 2023.
b. 712.000 euros en concepto de retribución por gestión de garantías para el año
de gas 2023.
Aplicación de la orden.

Por parte de la persona titular de la Secretaría de Estado de Energía se dictarán las
resoluciones precisas para la aplicación de esta orden.
Disposición transitoria única.

Incentivo a la calidad de los repartos.

En todos los repartos correspondientes a consumos del año 2021, la formula F2 de
calidad de repartos incluida en el artículo 11 de la Orden ITC/3128/2011, de 17 de
noviembre, por la que se regulan determinados aspectos relacionados con el acceso de

cve: BOE-A-2022-15819
Verificable en https://www.boe.es

Disposición adicional tercera.