III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Pesca marítima. (BOE-A-2022-15806)
Resolución de 19 de septiembre de 2022, de la Secretaría General de Pesca, por la que se establecen, durante el año 2022, topes de captura y se fijan condiciones de pesca de ciertas especies para los buques del censo establecido por Orden APM/920/2017, de 22 de septiembre.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 233

Miércoles 28 de septiembre de 2022

Sec. III. Pág. 133540

obligación de retención de todas las capturas y sin que la asignación de tales topes se
pueda considerar como histórico a efectos de posible repartos futuros.
Por otro lado, ante la incertidumbre sobre el verdadero nivel de descartes que se
venían realizando en el pasado por cada buque antes de la entrada en vigor de la
obligación de desembarque para las especies del anexo, puede ser necesario que los
buques de un armador o grupo de armadores gestionen de forma conjunta los topes
establecidos para todo el año para sus buques, y de este modo compensar las
necesidades de unos con los excedentes de otros.
Esta Secretaría General de Pesca, oído el sector interesado, resuelve el
establecimiento de topes de captura anual por unidad para la flota del censo de NEAFC
y medidas de limitación de captura de bacalao con los siguientes puntos:
Primero.
Establecer los topes de captura individualmente por buque para los stocks
siguientes: COD/5BE6A, COD/5W6-14, PLE/56-14, SOL/56-14, WHG/56-14, COD/
7XAD34, PLE/7BC, PLE/7HJK, SOL/7BC, POK/7/3411, ARU/567 y BOR/678.
Los stocks se han agrupado en función de las zonas que se establecen en el
Reglamento de TAC y Cuotas, pero teniendo en cuenta, asimismo, la presencia del stock
en cada una de las subzonas. En el caso del bacalao del stock COD/7XAD34, debido a
su amplia distribución geográfica, se considera necesario realizar una reserva previa
del 0,5% de la cantidad disponible, al objeto de cubrir posibles capturas accidentales
diferentes de las que se realicen en la zona 7 que es donde se concentra el recurso.
La asignación de los stocks por zonas quedaría de la siguiente forma:





Zona 5 y 6: COD/5BE6A, COD/5W6-14, PLE/56-14, SOL/56-14, WHG/56-14.
Zona 7: COD/7XAD34, PLE/7BC, PLE/7HJK, SOL/7BC y POK/7/3411.
Zona 5, 6 y 7: ARU/567.
Zona 6, 7 y 8: BOR/678.

Los topes de captura se han establecido teniendo en cuenta la modalidad a la que
pertenecen los buques, artes fijas o arrastre, la presencia en las zonas de los mismos durante
los años del 2015 al 2021 y el coeficiente de esfuerzo que tienen los buques en el año 2022,
como está previsto en la Resolución de 31 de marzo de 2022 de la Secretaría General de
Pesca por la que se publica la actualización del censo de las flotas de altura, gran altura y
buques palangreros mayores y menores de 100 toneladas de registro bruto, que operan
dentro de los límites geográficos de la Comisión de Pesca del Atlántico Nordeste.
De acuerdo a estos criterios, se han establecido dos tramos para la fijación de los
topes de captura por unidad a los que se les ha asignado un porcentaje de la cuota
teniendo en cuenta si los stocks pueden ser capturados por ambas modalidades o sólo
por arrastre y la cantidad de buques de cada tipo en cada zona y para cada stock:

COD/
5BE6A

COD/
5W6-14

WHG/
56-14

COD/
7XAD34

POK/7/341
1

ARU/567

Tramo 1.

40%

10%

10%

10%

5%

15%

Tramo 2.

60%

90%

90%

90%

95%

85%

Tramos

Stocks que pueden ser capturados sólo por arrastre.
Tramos

PLE/56-14

SOL/56-14

PLE/7BC

PLE/7HJK

SOL/7BC

BOR/678-

Tramo 1.

10%

10%

10%

10%

10%

10%

Tramo 2.

90%

90%

90%

90%

90%

90%

cve: BOE-A-2022-15806
Verificable en https://www.boe.es

Stocks que pueden ser capturados por ambas modalidades.