III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Acuerdos transaccionales. (BOE-A-2022-15808)
Real Decreto 795/2022, de 27 de septiembre, por el que se autoriza a la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) la formalización de un acuerdo de carácter transaccional en relación con la titularidad de una determinada parcela en el ámbito del Sector A.P.E. 05.31 "Centro de Negocios" del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 28 de septiembre de 2022
2.

Sec. III. Pág. 133559

Antecedentes de hecho

2.1 Las relaciones entre Correos y RENFE, hoy ADIF, para el transporte postal por
ferrocarril se regularon sucesivamente por el Convenio de 1 de marzo de 1949 (renovado
mediante Orden Ministerial de 9 de septiembre de 1953), por el Decreto 3.439/1964, por
el Convenio de 6 de marzo de 1970 y por el Real Decreto 1620/1978. En virtud de esos
Convenios y Decretos, Renfe, hoy ADIF, permitió a Correos construir edificaciones en
suelos ferroviarios de muchos recintos de estación a lo largo del territorio nacional como
«centros de clasificación postal», cesiones de suelo y locales por las que Correos no
abonaba contraprestación económica alguna.
En cumplimiento del citado Convenio de 1970, el Ministerio de Obras Públicas, a
través de la 1.ª Jefatura de Construcción de Ferrocarriles, entregó directamente y sin
intervención del Ministerio de Hacienda a la Dirección General de Correos y
Telecomunicación el 29 de enero de 1975 el uso de la parcela correspondiente al
Complejo Postal Ferroviario dentro del recinto ferroviario de la estación de Chamartín,
indicando que tenía una superficie de 44.500 m2. En esta cesión de uso se estableció
expresamente como condición que solo podía utilizarse como centro ferroviario de
clasificación postal, «debiendo, en caso contrario, restituirse a su primitivo ser y estado
para su libre utilización por el Ministerio de Obras Públicas».
2.2 La Parcela está inscrita en el Registro de la Propiedad núm. 29 de Madrid a
favor de ADIF desde el año 1995 formando parte de una finca registral de mayor cabida:
la Finca registral núm. 14210, en el Tomo 1416, Libro 386, Folio 224, inscripción 6 ª, con
una superficie de sesenta y seis mil novecientos treinta metros cuadrados con ochenta
decímetros cuadrados (66.930,80 m2). La Parcela está incluida en esta finca registral
formando parte del recinto ferroviario de la estación de Chamartín.
Sin embargo, desde el 28 de abril de 1997 el titular catastral de la Parcela en
concepto de propietario es Correos. El número de referencia catastral de la misma
es 2511102VK4821A0001ES. Según los datos que figuran en el Catastro su superficie es
de 47.423 m².
2.3 Hasta la fecha en que se ha alcanzado un acuerdo, tanto ADIF como Correos
se consideran propietarios de esta finca de 44.500 m²: Sin embargo, resulta pacífico
entre ambas entidades la propiedad de las edificaciones levantada en esta parcela,
reconociéndose que son propiedad de la sociedad mercantil estatal Correos y
Telégrafos.
La Parcela se incluye dentro del ámbito de la Modificación del Plan General de
Ordenación Urbana de Madrid de 1997 aprobada definitivamente con fecha 22 de julio
de 2020 para el Área de Planeamiento Remitido 08.03 «Prolongación de la Castellana» y
A.P.E. 05.27 «Colonia Campamento», en su Sector A.P.E. 05.31 «Centro de Negocios».
ADIF, titular registral de la parcela desde 1995, ha venido sosteniendo que los
terrenos ocupados por la Parcela fueron expropiados por el Ministerio de Obras Públicas
(actualmente Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana) para la
construcción de la estación ferroviaria de Chamartín en el año 1949 y que, en
consecuencia, se afectaron formalmente al servicio público ferroviario administrado/
explotado por RENFE, hoy ADIF, siendo, por tanto, de titularidad de esta entidad pública
empresarial. Así figuran en el Inventario General de Bienes Inmuebles de esta entidad
pública, regulado por Real Decreto 1.480/1989, de 24 de noviembre, sobre realización
del Inventario y clasificación jurídica de los bienes adscritos a los servicios gestionados
por RENFE (hoy ADIF).
Por su parte, Correos sostiene que la parcela cuyo uso se cedió en 1975 a la
Dirección General de Correos y Telecomunicación es de su propiedad. De hecho,
sostiene que la parcela figura como parte de su patrimonio desde el mismo momento en
que Correos adquirió personalidad jurídica. El 31 de marzo de 1992, con intervención del
Ministerio de Economía y Hacienda y del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, se
firmó el acta por la que se formalizó la transferencia al recién constituido Organismo
Autónomo Correos y Telégrafos de los bienes inmuebles adscritos a los servicios que se
encomendaron a éste. Entre dichos bienes figura el Centro de Clasificación Postal, con

cve: BOE-A-2022-15808
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Núm. 233