I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Subvenciones. (BOE-A-2022-15761)
Real Decreto 786/2022, de 27 de septiembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención para el desarrollo de actuaciones de adaptación del riesgo de inundación de las edificaciones, equipamientos e instalaciones o explotaciones existentes en la cuenca baja del río Segura, en la Comunitat Valenciana, como contribución al Plan Vega RenHace en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
22 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 233

Miércoles 28 de septiembre de 2022

Sec. I. Pág. 133102

al riesgo de inundación de elementos e instalaciones vulnerables localizados en las
zonas inundables, en las que se enmarca este real decreto.
Igualmente, el liderazgo e impulso del PGRI del Segura y en la cual se enmarcan
estas ayudas, corresponde al MITERD, a través de la Dirección General del Agua y la
Confederación Hidrográfica del Segura, ejerciendo una labor de coordinación
supraterritorial con las comunidades autónomas implicadas que justifica la competencia
del Estado para la concesión de esta subvención.
En su virtud, a propuesta de la Ministra para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 27 de
septiembre de 2022,
DISPONGO:
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1.

Objeto y finalidad.

Este real decreto tiene por objeto regular la concesión directa de subvenciones a la
Generalitat Valenciana para el desarrollo de medidas para la mejora ambiental de los
cauces y la adaptación al riesgo de inundación de edificaciones, equipamientos,
instalaciones, explotaciones agrícolas y/o ganaderas, vías de comunicación o núcleos
urbanos existentes en la Vega Baja del Segura, con carácter excepcional de acuerdo con
lo previsto en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, en relación con el artículo 28.2 y 3 de la misma ley.
También constituye el objeto de este real decreto la aprobación de las bases
reguladoras a las que habrán de sujetarse la Generalitat Valenciana respecto de las
convocatorias de ayudas y/o inversiones directas que efectúen, de acuerdo con lo
establecido en este real decreto.
Artículo 2. Ámbito territorial.
El ámbito territorial de este real decreto es la Vega Baja del Río Segura que queda
definida por los siguientes términos municipales de la comarca del Bajo Segura,
ordenados por población: Torrevieja, Orihuela, Pilar de la Horadada, Almoradí, Callosa
de Segura, Rojales, Guardamar del Segura, Albatera, Catral, Redován, San Fulgencio,
Dolores, Cox, Bigastro, San Miguel de Salinas, Benejúzar, Los Montesinos, Rafal,
Formentera del Segura, Benijófar, Algorfa, Granja de Rocamora, Jacarilla, San Isidro,
Benferri, Daya Nueva y Daya Vieja, a los que se han de sumar el Realengo y San Felipe
Neri, pedanías de Crevillent.
Régimen jurídico aplicable.

1. Estas subvenciones se regularán por lo dispuesto en este real decreto y en la
resolución de concesión asociada, siendo de aplicación lo dispuesto en la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en su Reglamento de desarrollo
aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, salvo en lo que afecte a los
principios de publicidad y concurrencia. Del mismo modo se aplicará lo previsto en la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas y en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, así como Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector
Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del
Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

cve: BOE-A-2022-15761
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 3.