I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2022-15757)
Real Decreto 783/2022, de 27 de septiembre, por el que se modifica el Real Decreto 497/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, y el Real Decreto 373/2020, de 18 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 28 de septiembre de 2022

Sec. I. Pág. 133041

el Instituto Nacional de la Seguridad Social, adscrito al Ministerio de Inclusión, Seguridad
Social y Migraciones a través de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y
Pensiones. No obstante, la Escala está adscrita al Ministerio de Sanidad, lo que
determina que las convocatorias de procesos selectivos de la misma continúen siendo
función del Ministerio de Sanidad, produciéndose serias disfunciones en la gestión de la
adecuada cobertura de las plazas de Médicos Inspectores en el Instituto Nacional de la
Seguridad Social.
De este modo, se corrige esta situación anómala que ocasiona deficiencias en la
gestión de este personal, mediante la adscripción de la Escala de Médicos Inspectores
del Cuerpo de la Inspección Sanitaria de la Seguridad Social al Ministerio de Inclusión,
Seguridad Social y Migraciones, a cuyo respecto el Ministerio de Sanidad, con fecha 14
de julio de 2022, ha informado favorablemente.
II
El presente proyecto modifica, asimismo, el Real Decreto 373/2020, de 18 de
febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de la
Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.
La modificación afecta, por un lado, al artículo 9.2 del Real Decreto 373/2020, de 18
de febrero, con el objetivo de lograr un funcionamiento más eficaz en el ámbito de la
Dirección General de Servicios. Para ello, se atribuye a la Subdirección General de
Recursos Humanos e Inspección de los Servicios, que sustituye a la Subdirección
General de Recursos Humanos, el ejercicio de las funciones que corresponden a dicha
Dirección General en materia de inspección de servicios, de supervisión de la política de
protección de datos, de tramitación de los procedimientos de compatibilidad y de
régimen disciplinario, así como de elaboración de estudios y análisis de carácter
organizativo, de gestión de métodos de trabajo y de reducción de cargas administrativas.
Por otro lado, mediante la adición de una nueva disposición adicional séptima al Real
Decreto 373/2020, de 18 de febrero, se atribuye a la persona titular del Ministerio de la
Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática la consideración de
órgano competente a los efectos de aprobar o aceptar la delegación de competencias
entre órganos de este Departamento y de la Presidencia del Gobierno, conforme al
artículo 9.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
III
Este real decreto se adecua a los principios de buena regulación (necesidad,
eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia) conforme a los
cuales deben actuar las administraciones públicas en el ejercicio de la iniciativa
legislativa y la potestad reglamentaria, según establece el artículo 129.1 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Así, este real decreto atiende a la necesidad, por un lado, de crear una nueva
Subdirección General en la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social que
desarrolle determinadas competencias relativas a los fondos de pensiones de empleo de
promoción pública abiertos y las que la Ley 12/2022, de 30 de junio, atribuye a la
Secretaría de la Comisión Promotora y de Seguimiento; por otro, a la necesidad de
adscribir dicha Comisión a esta Dirección General; también a la de recoger nuevas
funciones de la Dirección General de Atención Humanitaria e Inclusión Social de la
Inmigración de la Secretaría de Estado de Migraciones; y a la de adscribir al Ministerio
de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones la Escala de Médicos Inspectores del
Cuerpo de la Inspección Sanitaria de la Seguridad Social, teniendo presente la
necesidad de superar las dificultades de gestión de dicho personal y de los
procedimientos de acceso a la Escala que ocasiona su actual adscripción. Por otro lado,
opera un cambio puntual en la organización de funciones de la Dirección General de

cve: BOE-A-2022-15757
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 233