III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-15745)
Resolución de 14 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Compañía de Distribución Integral Logista, SAU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 232

Martes 27 de septiembre de 2022
Artículo 17.

Sec. III. Pág. 132822

Financiación de los planes de formación.

La Empresa invertirá los recursos necesarios para el cumplimiento de los objetivos
previstos en los artículos anteriores, fijándose la dotación anual en un 2 % de la masa
salarial de la misma.
CAPÍTULO V
Estructura salarial
Artículo 18.

Estructura y tabla de salario base.

1. La estructura salarial de las personas trabajadoras de Logista, SAU estará
comprendida por los siguientes conceptos:
1.
2.

Salario base.
Complementos personales.

2.1 Complementos de transposición.
2.2 Aumentos periódicos por años de servicio.
2.3 Gratificación por continuidad en el servicio.
2.4 Garantías a título personal.
2.5 Complemento salarial en sustitución del primaje por economato.
2.6 Plus de convenio 1998 para el personal de las nuevas categorías profesionales
que estuvieran en activo a 31 de diciembre de 1997.
2.7 Gratificación de la disposición final del Convenio Colectivo de Tabacalera, SA,
1986.

3.1
3.2
3.3
3.4
3.5
4.
4.1
5.
5.1
6.
6.1
6.2
7.
7.1
7.2
7.3

Complementos de puesto de trabajo.
Plus de nocturnidad.
Por trabajo de superior nivel retributivo.
Gratificación por razón de jornada.
Gratificaciones especiales.
Plus de penosidad.
Complemento de cantidad y calidad de trabajo.
Horas extraordinarias.
Complementos de vencimiento periódico superior al mes.
Gratificaciones extraordinarias de marzo, junio y diciembre.
Complementos de residencia.
Plus de residencia.
Plus de insularidad.
Percepciones no salariales. Indemnizaciones y suplidos.
Dietas de viaje y gastos de locomoción.
Gratificación por manejos de fondos.
Gratificación por pase a situación pasiva.

cve: BOE-A-2022-15745
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3.