III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2022-15684)
Resolución de 28 de junio de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la promoción y gestión de la vivienda de protección pública en los ayuntamientos de Murcia, Cartagena y Lorca, ejercicio 2018.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 231

Lunes 26 de septiembre de 2022

Sec. III. Pág. 131958

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el segundo, por la antigüedad de residencia en el municipio;

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el tercero, por las circunstancias familiares y personales de los solicitantes;

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el cuarto, por la antigüedad de inscripción en el RDV;

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y el quinto, por los ingresos familiares justificados.

Las situaciones más puntuadas son: con 25 puntos, el hábitat en infraviviendas o viviendas en ruina
inminente y la existencia de unos ingresos familiares inferiores al IPREM; le siguen con 21 puntos,
los casos de necesidad de rehabilitación del 50 % de la vivienda, el hábitat en espacios inferiores a
7 metros cuadrados por persona, la existencia de barreras de accesibilidad en situaciones de
discapacidad, el alojamiento familiar en realquiler, hospedaje o pensión, y el pago de un alquiler
superior al 65 % de los ingresos familiares.
El análisis de las 987 familias inscritas en el RDV arroja la siguiente distribución de puntos (entre
25 y 85 puntos, siendo la máxima puntuación de 100 puntos):
Gráfico 8.

Distribución de la puntuación de las familias del RDV del Ayuntamiento de
Murcia a 15 de enero de 2020

484
388

84
31
1. Entre 25 y 40

2. Entre 41 y 55

3. Entre 56 y 70

4. Entre 71 y 85

Como se ha indicado con anterioridad, en el estudio realizado por el Ayuntamiento se concluía que
el 95 % de las familias inscritas en el RDV se encontraban en riesgo de exclusión residencial
atendiendo a sus ingresos familiares. Además, el 24 % de ellas tenía algún miembro de la familia
con discapacidad y una media de tres hijos. En el estrato de demandantes de mayor puntuación –
entre 71 y 85 puntos– la media es de cinco hijos por familia. Se advierte, por tanto, que las viviendas
municipales se destinan a familias en situaciones extremas, correspondiéndose con la prestación
de un servicio público de tipo asistencial.
Considerando el número de adjudicaciones anuales, que oscila entre 8 y 11 viviendas, el Servicio
de Vivienda solo puede atender a las familias demandantes de mayor puntuación que, no obstante,
deben guardar largos periodos de espera, no existiendo expectativas para el resto de las familias
registradas. Para estos colectivos, el Servicio de Vivienda proporciona información sobre las líneas
de ayuda al alquiler que anualmente se conceden en el marco del plan estatal de vivienda, cuya
gestión realiza la CARM, y, además, aprueba su propia línea de ayudas al alquiler.

cve: BOE-A-2022-15684
Verificable en https://www.boe.es

Fuente: Ayuntamiento de Murcia. RDV a 15 de enero de 2020