III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2022-15684)
Resolución de 28 de junio de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la promoción y gestión de la vivienda de protección pública en los ayuntamientos de Murcia, Cartagena y Lorca, ejercicio 2018.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 231
Lunes 26 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 131950
8. Mediación en el mercado de alquiler privado para incentivar el aumento de la oferta de
viviendas particulares y la accesibilidad de los colectivos o familias con mayores dificultades
económicas o de otra índole.
9. Habilitación de un servicio de atención al ciudadano en materia de vivienda que informe de
las líneas de ayudas estatales, autonómicas o municipales.
10. Ayudas al alquiler a las personas en situación o riesgo de exclusión residencial.
En el siguiente cuadro se resumen las actuaciones de política de vivienda implementadas por cada
uno de los Ayuntamientos fiscalizados hasta la fecha de finalización de los trabajos de fiscalización
(mayo de 2020).
Cuadro 2. Actuaciones que definen la política de vivienda de los Ayuntamientos
municipios de Murcia, Cartagena y Lorca.
Actuaciones aplicadas
Ayuntamientos
Murcia
Cartagena
Lorca
Diseño de la política pública de vivienda
1. Realización de estudios sobre la situación del municipio
SI
SI
SI (*)
2. Elaboración de un plan de vivienda
NO
NO
NO
3. Creación de una mesa de vivienda
NO
SI
NO
4. Establecimiento de un registro municipal de demandantes
SI
SI
NO
5. Activación de mecanismos de coordinación y cooperación con la CARM
NO
NO
SI (*)
6. Movilización del PPS para promoción pública o privada de VPO
NO
NO
NO
7. Construcción de viviendas protegidas o adquisición de viviendas para el parque
municipal
8. Mediación en el mercado de alquiler privado
NO
SI
SI (*)
SI
SI
NO
9. Habilitación de un servicio de atención al ciudadano en materia de vivienda
SI
SI
SI
SI
SI
Ejecución de políticas de promoción de vivienda protegida o de fomento del alquiler
10. Ayudas al alquiler a las personas en situación o riesgo de exclusión residencial
SI
Fuente: Elaboración propia a partir de la evaluación de la información y documentación facilitada por las entidades.
(*) Las actuaciones se realizaron específicamente para paliar los daños causados por el terremoto de 2011.
Ninguna de las entidades fiscalizadas dispone actualmente ni ha dispuesto en el periodo fiscalizado
de un plan municipal de vivienda.
-
En relación con el Registro de demandantes de vivienda en la Región de Murcia, regulado por
el artículo 33 y la Disposición transitoria segunda de la LVRM, se solicitó extracto de los
demandantes de vivienda en los municipios de Murcia, Cartagena y Lorca.
La Dirección General de la Vivienda de la CARM ha informado de que en 2018 el número de
inscritos en el Registro con residencia en los municipios de Murcia, Cartagena y Lorca era de
80, 17 y 2 solicitantes, respectivamente. Estas cifras no representan la demanda de vivienda
cve: BOE-A-2022-15684
Verificable en https://www.boe.es
Además, se solicitó información al Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
(CARM) respecto de tres aspectos concretos establecidos en la LVRM que podrían condicionar las
actuaciones desarrolladas por los Ayuntamientos en el ejercicio de sus competencias:
Núm. 231
Lunes 26 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 131950
8. Mediación en el mercado de alquiler privado para incentivar el aumento de la oferta de
viviendas particulares y la accesibilidad de los colectivos o familias con mayores dificultades
económicas o de otra índole.
9. Habilitación de un servicio de atención al ciudadano en materia de vivienda que informe de
las líneas de ayudas estatales, autonómicas o municipales.
10. Ayudas al alquiler a las personas en situación o riesgo de exclusión residencial.
En el siguiente cuadro se resumen las actuaciones de política de vivienda implementadas por cada
uno de los Ayuntamientos fiscalizados hasta la fecha de finalización de los trabajos de fiscalización
(mayo de 2020).
Cuadro 2. Actuaciones que definen la política de vivienda de los Ayuntamientos
municipios de Murcia, Cartagena y Lorca.
Actuaciones aplicadas
Ayuntamientos
Murcia
Cartagena
Lorca
Diseño de la política pública de vivienda
1. Realización de estudios sobre la situación del municipio
SI
SI
SI (*)
2. Elaboración de un plan de vivienda
NO
NO
NO
3. Creación de una mesa de vivienda
NO
SI
NO
4. Establecimiento de un registro municipal de demandantes
SI
SI
NO
5. Activación de mecanismos de coordinación y cooperación con la CARM
NO
NO
SI (*)
6. Movilización del PPS para promoción pública o privada de VPO
NO
NO
NO
7. Construcción de viviendas protegidas o adquisición de viviendas para el parque
municipal
8. Mediación en el mercado de alquiler privado
NO
SI
SI (*)
SI
SI
NO
9. Habilitación de un servicio de atención al ciudadano en materia de vivienda
SI
SI
SI
SI
SI
Ejecución de políticas de promoción de vivienda protegida o de fomento del alquiler
10. Ayudas al alquiler a las personas en situación o riesgo de exclusión residencial
SI
Fuente: Elaboración propia a partir de la evaluación de la información y documentación facilitada por las entidades.
(*) Las actuaciones se realizaron específicamente para paliar los daños causados por el terremoto de 2011.
Ninguna de las entidades fiscalizadas dispone actualmente ni ha dispuesto en el periodo fiscalizado
de un plan municipal de vivienda.
-
En relación con el Registro de demandantes de vivienda en la Región de Murcia, regulado por
el artículo 33 y la Disposición transitoria segunda de la LVRM, se solicitó extracto de los
demandantes de vivienda en los municipios de Murcia, Cartagena y Lorca.
La Dirección General de la Vivienda de la CARM ha informado de que en 2018 el número de
inscritos en el Registro con residencia en los municipios de Murcia, Cartagena y Lorca era de
80, 17 y 2 solicitantes, respectivamente. Estas cifras no representan la demanda de vivienda
cve: BOE-A-2022-15684
Verificable en https://www.boe.es
Además, se solicitó información al Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
(CARM) respecto de tres aspectos concretos establecidos en la LVRM que podrían condicionar las
actuaciones desarrolladas por los Ayuntamientos en el ejercicio de sus competencias: