III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2022-15684)
Resolución de 28 de junio de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la promoción y gestión de la vivienda de protección pública en los ayuntamientos de Murcia, Cartagena y Lorca, ejercicio 2018.
117 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 231

Lunes 26 de septiembre de 2022

Sec. III. Pág. 131949

Dada la diversidad observada en los tres ayuntamientos, con estructuras organizativas y enfoques
de su política de vivienda muy distintos, los resultados correspondientes a cada una de las entidades
se exponen en epígrafes separados dentro del subapartado relativo a cada objetivo de la
fiscalización. Cada uno de estos subapartados contiene una introducción común en la que se
comparan los resultados obtenidos en las tres entidades.

II.1. ANÁLISIS DE LAS POLÍTICAS PÚBLICAS DE VIVIENDA APLICADAS POR LOS
AYUNTAMIENTOS DE MURCIA, CARTAGENA Y LORCA
El primer objetivo de la fiscalización lo ha constituido el análisis del diseño de las políticas públicas
dirigidas a facilitar el acceso a una vivienda adecuada y digna a la población residente en los
municipios de Murcia, Cartagena y Lorca, y su conformidad con el marco competencial atribuido por
la LRBRL y por la legislación autonómica.
Son políticas públicas de vivienda locales las acciones impulsadas por los gobiernos de dicho
ámbito territorial para resolver los problemas habitacionales de sus vecinos, ya se refieran a
acciones implementadas por el sector público o por el sector privado; se considera política pública
tanto lo que el gobierno local realiza como lo que elije no hacer.
El desarrollo de una política pública supone un conjunto de intervenciones vinculadas entre sí y
requiere, además, de un análisis de la situación que se quiere modificar, una planificación previa,
asignación de recursos, elección de actuaciones enmarcadas en decisiones estratégicas para el
cumplimiento de objetivos prefijados y comprobación de resultados.
Conforme a la anterior definición, el análisis realizado ha partido de la identificación de una serie de
actuaciones aplicables por los ayuntamientos en el desarrollo de la política de vivienda:
1. Realización de estudios sobre la situación del municipio en materia de vivienda en los que se
identifiquen y estimen las necesidades habitacionales de sus vecinos.
2. Elaboración de un plan de vivienda con medidas dirigidas a dar solución a la problemática de
la vivienda.
3. Creación de una mesa de vivienda, u órgano similar, encargado de tratar de forma transversal
la problemática de la vivienda en el municipio, mediante la participación de los responsables
de distintas áreas de gobierno y servicios.

5. Activación de mecanismos de coordinación y cooperación con los servicios de la Región de
Murcia encargados de las políticas públicas de vivienda.
6. Movilización del patrimonio público del suelo para la promoción pública o privada de viviendas
de protección oficial.
7. Construcción pública de viviendas protegidas en régimen de venta, alquiler o cesión, o
adquisición de viviendas para el parque municipal de alquiler.

cve: BOE-A-2022-15684
Verificable en https://www.boe.es

4. Establecimiento de un registro municipal de demandantes de vivienda y vinculación de este
instrumento a los procesos de venta y alquiler de viviendas públicas o de concesión de ayudas
económicas al alquiler.