III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2022-15684)
Resolución de 28 de junio de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la promoción y gestión de la vivienda de protección pública en los ayuntamientos de Murcia, Cartagena y Lorca, ejercicio 2018.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 231

Lunes 26 de septiembre de 2022

Sec. III. Pág. 131932

promoción, construcción y venta o arrendamiento de viviendas, y la gestión del Patrimonio
Municipal del Suelo para destinarlo a la construcción de viviendas sujetas a algún régimen de
protección pública, construcción de equipamiento comunitario y otras instalaciones de uso
público u otros usos de interés social.
-

El Ayuntamiento de Lorca es partícipe al 100 % de las participaciones de la sociedad mercantil
Suelo y Viviendas de Lorca, S.A. (en adelante SUVILORSA). No obstante, el Pleno
municipal acordó, en sesión de 24 de junio de 2010, su disolución a partir del 31 de diciembre
de 2010, encontrándose en la actualidad en fase de liquidación.
El artículo 2 de sus Estatutos, relativo al objeto social, recoge en la letra E,
promoción y, en su caso, construcción y rehabilitación de viviendas, con o
oficial, para atender, entre otras, las necesidades de los grupos de población
capacidad económica, mediante su arrendamiento, cesión del derecho
enajenación o cualquier otra figura jurídica.

I.2.2.

la adquisición,
sin protección
de insuficiente
de superficie,

Ámbito objetivo

El ámbito objetivo comprende las políticas públicas de vivienda desarrolladas por los Ayuntamientos
de Murcia, Cartagena y Lorca y sus entidades dependientes al amparo de la competencia municipal
recogida en el artículo 25 de la LRBRL y la gestión del patrimonio público del suelo, afectado por
mandato legal a la promoción de viviendas sujetas a protección pública.
I.2.3.

Ámbito temporal

Las actuaciones se han centrado en el ejercicio 2018; si bien, se han realizado las comprobaciones
que se han considerado necesarias en relación con ejercicios anteriores y hasta la fecha de
finalización de los trabajos (mayo de 2020), al tratarse de una fiscalización fundamentalmente
operativa que, además, se realiza sobre una política pública cuyos ciclos de gestación y ejecución
se desarrollan en el medio y largo plazo.
I.3.

TIPO DE FISCALIZACIÓN, OBJETIVOS Y PROCEDIMIENTO

Esta actuación tiene carácter horizontal, en tanto se desarrolla simultáneamente sobre tres
ayuntamientos, y es de naturaleza operativa y de cumplimiento. Constituyen los objetivos generales
de esta fiscalización, en relación con cada uno de los tres Ayuntamientos:

2. Examinar los procedimientos aplicados por los Ayuntamientos para la promoción de vivienda
protegida y la utilización del patrimonio público del suelo afectado a tal finalidad. Se ha
verificado la legalidad de los procedimientos y la adecuada contabilización y registro del
patrimonio público del suelo.
3. Evaluar los sistemas y procedimientos de registro, protección, control y conservación del
parque municipal de viviendas protegidas y verificar la adecuación a la legalidad de los
procedimientos de su venta o alquiler.

cve: BOE-A-2022-15684
Verificable en https://www.boe.es

1. Analizar el diseño de las políticas públicas dirigidas a facilitar el acceso a una vivienda
adecuada y digna a la población residente en el municipio, dentro del marco competencial
atribuido por la LRBRL y por la legislación autonómica. Asimismo, se analiza la aplicación
de estas políticas y se evalúa el impacto de las actuaciones en relación con la previsión de
resultados definida en los planes. En particular, se ha analizado si el diseño de estas
políticas tiene en consideración los principios de igualdad de género y de sostenibilidad.