III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2022-15684)
Resolución de 28 de junio de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la promoción y gestión de la vivienda de protección pública en los ayuntamientos de Murcia, Cartagena y Lorca, ejercicio 2018.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 231
Lunes 26 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 132030
por el Ayuntamiento de Cartagena puso de manifiesto que 578 personas −el 88 % de ellas
empadronadas en la localidad− se encontraban en 2018 en situación de exclusión residencial.
Los Ayuntamientos de Murcia y Cartagena han realizado varias actuaciones directamente
vinculadas con las personas en riesgo de exclusión residencial, disponen de una estructura de
servicios municipales especializados en la materia y también han puesto en marcha planes
piloto para el fomento del alquiler privado. En el Ayuntamiento de Lorca las intervenciones se
han centrado en la reconstrucción de la ciudad como consecuencia de los seísmos sufridos en
2011.
3. La LVRM creó el Registro de Demandantes de Vivienda de la Comunidad Autónoma, que exige
la inscripción para el acceso a la adquisición o arrendamiento de una vivienda protegida
−pública o privada−. En 2018 el número de personas inscritas con residencia en los municipios
de Murcia, Cartagena y Lorca era de 80, 17 y 2 solicitantes, respectivamente, cifras que no
representan la demanda de vivienda protegida en los municipios, pues responden a solicitudes
concretas respecto de las últimas promociones privadas de vivienda protegida.
A su vez, los Ayuntamientos de Murcia y Cartagena gestionan registros de demandantes de
vivienda en los que constan datos de la composición de las unidades familiares y cuya finalidad
es disponer de censos de las personas solicitantes de viviendas públicas municipales en venta,
alquiler o cesión de uso, no exigiéndose su inscripción para acudir a promociones privadas de
vivienda protegida, siendo, por tanto, diferente la naturaleza y finalidad de los registros de la
Comunidad Autónoma y de los Ayuntamientos, sin que exista vinculación entre ellos.
4. En el periodo 2016-2019 los Ayuntamientos de Murcia y Cartagena no realizaron promoción
pública de viviendas protegidas. Tampoco existen planes para la utilización del patrimonio
público del suelo en la promoción pública o privada de vivienda protegida.
El Ayuntamiento de Lorca ha llevado a cabo una promoción pública de vivienda protegida en
uno de los barrios derruidos a consecuencia del terremoto.
5. Los Ayuntamientos han provisto soluciones habitacionales a través de la gestión de los parques
de viviendas sociales −que se adjudican en régimen de alquiler−, de otras ayudas al alquiler a
los colectivos en riesgo de exclusión residencial y de las redes de asistencia primaria de los
Servicios Sociales en colaboración con entidades sin ánimo de lucro, con el objetivo de atender
a las familias con menos ingresos económicos que tienen dificultades para acceder al mercado
de alquiler en sus municipios.
Los Ayuntamientos de Murcia y Cartagena han puesto en marcha sus primeros planes de
fomento del alquiler privado, en los que se ofrece a los propietarios particulares de viviendas
asesoramiento jurídico y un seguro de cobertura frente a impagos y actos vandálicos que han
tenido una baja respuesta en los ejercicios 2018 y 2019. Ambas entidades justifican la falta de
cumplimiento de los objetivos previstos por la combinación de una insuficiente dotación de
recursos y la falta de estrategias adecuadas de comunicación, sin cuestionar la adecuación del
diseño de los planes.
6. Los tres ayuntamientos cuentan con sociedades mercantiles municipales con competencias en
materia urbanística y en la promoción de vivienda de protección pública −en Murcia, la Sociedad
cve: BOE-A-2022-15684
Verificable en https://www.boe.es
En las tres entidades analizadas la oferta de viviendas públicas y privadas resulta escasa, pese
a que existe un volumen significativo de viviendas privadas vacías que no salen al mercado, lo
que origina una elevación de los precios del alquiler.
Núm. 231
Lunes 26 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 132030
por el Ayuntamiento de Cartagena puso de manifiesto que 578 personas −el 88 % de ellas
empadronadas en la localidad− se encontraban en 2018 en situación de exclusión residencial.
Los Ayuntamientos de Murcia y Cartagena han realizado varias actuaciones directamente
vinculadas con las personas en riesgo de exclusión residencial, disponen de una estructura de
servicios municipales especializados en la materia y también han puesto en marcha planes
piloto para el fomento del alquiler privado. En el Ayuntamiento de Lorca las intervenciones se
han centrado en la reconstrucción de la ciudad como consecuencia de los seísmos sufridos en
2011.
3. La LVRM creó el Registro de Demandantes de Vivienda de la Comunidad Autónoma, que exige
la inscripción para el acceso a la adquisición o arrendamiento de una vivienda protegida
−pública o privada−. En 2018 el número de personas inscritas con residencia en los municipios
de Murcia, Cartagena y Lorca era de 80, 17 y 2 solicitantes, respectivamente, cifras que no
representan la demanda de vivienda protegida en los municipios, pues responden a solicitudes
concretas respecto de las últimas promociones privadas de vivienda protegida.
A su vez, los Ayuntamientos de Murcia y Cartagena gestionan registros de demandantes de
vivienda en los que constan datos de la composición de las unidades familiares y cuya finalidad
es disponer de censos de las personas solicitantes de viviendas públicas municipales en venta,
alquiler o cesión de uso, no exigiéndose su inscripción para acudir a promociones privadas de
vivienda protegida, siendo, por tanto, diferente la naturaleza y finalidad de los registros de la
Comunidad Autónoma y de los Ayuntamientos, sin que exista vinculación entre ellos.
4. En el periodo 2016-2019 los Ayuntamientos de Murcia y Cartagena no realizaron promoción
pública de viviendas protegidas. Tampoco existen planes para la utilización del patrimonio
público del suelo en la promoción pública o privada de vivienda protegida.
El Ayuntamiento de Lorca ha llevado a cabo una promoción pública de vivienda protegida en
uno de los barrios derruidos a consecuencia del terremoto.
5. Los Ayuntamientos han provisto soluciones habitacionales a través de la gestión de los parques
de viviendas sociales −que se adjudican en régimen de alquiler−, de otras ayudas al alquiler a
los colectivos en riesgo de exclusión residencial y de las redes de asistencia primaria de los
Servicios Sociales en colaboración con entidades sin ánimo de lucro, con el objetivo de atender
a las familias con menos ingresos económicos que tienen dificultades para acceder al mercado
de alquiler en sus municipios.
Los Ayuntamientos de Murcia y Cartagena han puesto en marcha sus primeros planes de
fomento del alquiler privado, en los que se ofrece a los propietarios particulares de viviendas
asesoramiento jurídico y un seguro de cobertura frente a impagos y actos vandálicos que han
tenido una baja respuesta en los ejercicios 2018 y 2019. Ambas entidades justifican la falta de
cumplimiento de los objetivos previstos por la combinación de una insuficiente dotación de
recursos y la falta de estrategias adecuadas de comunicación, sin cuestionar la adecuación del
diseño de los planes.
6. Los tres ayuntamientos cuentan con sociedades mercantiles municipales con competencias en
materia urbanística y en la promoción de vivienda de protección pública −en Murcia, la Sociedad
cve: BOE-A-2022-15684
Verificable en https://www.boe.es
En las tres entidades analizadas la oferta de viviendas públicas y privadas resulta escasa, pese
a que existe un volumen significativo de viviendas privadas vacías que no salen al mercado, lo
que origina una elevación de los precios del alquiler.