III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2022-15686)
Resolución de 28 de junio de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización operativa de la igualdad entre mujeres y hombres en el desarrollo de la carrera profesional del personal del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, ejercicios 2017 a 2019.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 231
Lunes 26 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 132196
a la CD. Sólo en 9 de las convocatorias (27 % del total) las mujeres que superaron el proceso
selectivo representaron más del 40 % del total de personas aprobadas. Durante el periodo
fiscalizado, no se han apreciado indicios de prácticas que pudieran perjudicar a las mujeres
durante el proceso selectivo. En este sentido, debe reseñarse que en 2020 se introdujo un curso
de formación para la eliminación de sesgos inconscientes dirigido a los tribunales de las
oposiciones de acceso al CD. Por otro lado, el MPTFP viene desarrollando una estrategia de
captación del talento a la función pública que incluye la presentación de los diferentes procesos
selectivos en los campus universitarios; aunque no ha desarrollado ni planificado acciones
específicas dirigidas a la captación de mujeres en los cuerpos funcionariales en los que se
encuentran infrarrepresentadas. No obstante, el MAUC ha promovido algunas acciones con
esta finalidad. No se elaboran los informes de impacto de género que exige el art.55 de la LOI
para la aprobación de las convocatorias a pruebas selectivas para el acceso a la CD (apdo.
II.3.2).
17.- La CD es un cuerpo escalafonado. Estar en posesión de la categoría apropiada es una
condición imprescindible para acceder a un determinado puesto. El análisis de los años de
servicio requeridos para acceder a la categoría, así como la estancia mínima prestando servicio
en el extranjero, no permite afirmar que la aplicación de los criterios exigidos para acceder a
las diferentes categorías perjudique a las mujeres. La presencia de mujeres en las diferentes
categorías recoge, de alguna manera, la tardanza y la lentitud en el acceso de las mujeres a la
CD (apdo. II.3.3.1).
19.- A través de una encuesta se han identificado los criterios que utilizan las personas de la CD
para elegir destino. Aproximadamente la mitad de las mujeres y de los hombres han renunciado
a solicitar algún destino para el que se sentían capacitados a lo largo de su vida profesional. El
73 % de las mujeres que se han autolimitado a la hora de optar a destinos lo ha hecho debido
a la existencia de cargas familiares. Esta razón es esgrimida por el 55 % de los hombres. En
definitiva, no se aprecia que las mujeres diplomáticas se autolimiten significativamente más que
los hombres a la hora de elegir destino, pero en las decisiones de las mujeres pesan más las
razones familiares que en el caso de los hombres (apdo. II.3.3.3).
cve: BOE-A-2022-15686
Verificable en https://www.boe.es
18.- El personal de la CD se postula para un determinado destino a partir de la oferta de puestos
que se realiza anualmente. La asignación de destino se realiza siempre por el procedimiento
de libre designación, pero puede requerir el informe no vinculante de la Junta de la Carrera
Diplomática (destinos del bombo) o ser excluidos del requisito de informe (puestos de
asterisco). Los nombramientos de Embajador/a (jefes de misión) corresponden al Consejo de
Ministros y pueden ser realizados entre personas que no pertenezcan a la CD. La encuesta
realizada al personal del MAUC ha puesto de manifiesto que más del 80 % del personal
diplomático considera que el sexo del candidato no tiene incidencia en los puestos que
requieren informe de la Junta. Sin embargo, el 57 % del personal de la CD considera que el
hecho de ser mujer no tiene incidencia en la asignación de los puestos de asterisco y sólo el
17 % considera que el hecho de ser mujer no tiene incidencia en la asignación de puestos de
Embajador/a. El 68 % de las mujeres considera que el hecho de ser mujer reduce las
posibilidades de ser nombrada Embajador/a; mientras que el 76 % de los hombres considera
que el hecho de ser mujer favorece el acceso al puesto de Embajador/a. Ante la pregunta de
cómo incide el hecho de ser hombre en las posibilidades de acceder al puesto de Embajador/a,
el 62 % de las mujeres creen que lo favorece, mientras que el 58 % de los hombres cree que
lo perjudica. Las percepciones tan asimétricas que se observan entre hombres y mujeres
pueden constituirse en un obstáculo para el avance hacia el equilibrio de la posición de las
mujeres en la CD. Así mismo, la escasa conexión entre las percepciones y la realidad alerta de
posibles debilidades en la información objetiva de la que dispone el personal de la CD para
valorar adecuadamente la situación de las mujeres en la CD y podría requerir actuaciones
específicas por parte del MAUC (apdo. II.3.3.2).
Núm. 231
Lunes 26 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 132196
a la CD. Sólo en 9 de las convocatorias (27 % del total) las mujeres que superaron el proceso
selectivo representaron más del 40 % del total de personas aprobadas. Durante el periodo
fiscalizado, no se han apreciado indicios de prácticas que pudieran perjudicar a las mujeres
durante el proceso selectivo. En este sentido, debe reseñarse que en 2020 se introdujo un curso
de formación para la eliminación de sesgos inconscientes dirigido a los tribunales de las
oposiciones de acceso al CD. Por otro lado, el MPTFP viene desarrollando una estrategia de
captación del talento a la función pública que incluye la presentación de los diferentes procesos
selectivos en los campus universitarios; aunque no ha desarrollado ni planificado acciones
específicas dirigidas a la captación de mujeres en los cuerpos funcionariales en los que se
encuentran infrarrepresentadas. No obstante, el MAUC ha promovido algunas acciones con
esta finalidad. No se elaboran los informes de impacto de género que exige el art.55 de la LOI
para la aprobación de las convocatorias a pruebas selectivas para el acceso a la CD (apdo.
II.3.2).
17.- La CD es un cuerpo escalafonado. Estar en posesión de la categoría apropiada es una
condición imprescindible para acceder a un determinado puesto. El análisis de los años de
servicio requeridos para acceder a la categoría, así como la estancia mínima prestando servicio
en el extranjero, no permite afirmar que la aplicación de los criterios exigidos para acceder a
las diferentes categorías perjudique a las mujeres. La presencia de mujeres en las diferentes
categorías recoge, de alguna manera, la tardanza y la lentitud en el acceso de las mujeres a la
CD (apdo. II.3.3.1).
19.- A través de una encuesta se han identificado los criterios que utilizan las personas de la CD
para elegir destino. Aproximadamente la mitad de las mujeres y de los hombres han renunciado
a solicitar algún destino para el que se sentían capacitados a lo largo de su vida profesional. El
73 % de las mujeres que se han autolimitado a la hora de optar a destinos lo ha hecho debido
a la existencia de cargas familiares. Esta razón es esgrimida por el 55 % de los hombres. En
definitiva, no se aprecia que las mujeres diplomáticas se autolimiten significativamente más que
los hombres a la hora de elegir destino, pero en las decisiones de las mujeres pesan más las
razones familiares que en el caso de los hombres (apdo. II.3.3.3).
cve: BOE-A-2022-15686
Verificable en https://www.boe.es
18.- El personal de la CD se postula para un determinado destino a partir de la oferta de puestos
que se realiza anualmente. La asignación de destino se realiza siempre por el procedimiento
de libre designación, pero puede requerir el informe no vinculante de la Junta de la Carrera
Diplomática (destinos del bombo) o ser excluidos del requisito de informe (puestos de
asterisco). Los nombramientos de Embajador/a (jefes de misión) corresponden al Consejo de
Ministros y pueden ser realizados entre personas que no pertenezcan a la CD. La encuesta
realizada al personal del MAUC ha puesto de manifiesto que más del 80 % del personal
diplomático considera que el sexo del candidato no tiene incidencia en los puestos que
requieren informe de la Junta. Sin embargo, el 57 % del personal de la CD considera que el
hecho de ser mujer no tiene incidencia en la asignación de los puestos de asterisco y sólo el
17 % considera que el hecho de ser mujer no tiene incidencia en la asignación de puestos de
Embajador/a. El 68 % de las mujeres considera que el hecho de ser mujer reduce las
posibilidades de ser nombrada Embajador/a; mientras que el 76 % de los hombres considera
que el hecho de ser mujer favorece el acceso al puesto de Embajador/a. Ante la pregunta de
cómo incide el hecho de ser hombre en las posibilidades de acceder al puesto de Embajador/a,
el 62 % de las mujeres creen que lo favorece, mientras que el 58 % de los hombres cree que
lo perjudica. Las percepciones tan asimétricas que se observan entre hombres y mujeres
pueden constituirse en un obstáculo para el avance hacia el equilibrio de la posición de las
mujeres en la CD. Así mismo, la escasa conexión entre las percepciones y la realidad alerta de
posibles debilidades en la información objetiva de la que dispone el personal de la CD para
valorar adecuadamente la situación de las mujeres en la CD y podría requerir actuaciones
específicas por parte del MAUC (apdo. II.3.3.2).