III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2022-15686)
Resolución de 28 de junio de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización operativa de la igualdad entre mujeres y hombres en el desarrollo de la carrera profesional del personal del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, ejercicios 2017 a 2019.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 231

Lunes 26 de septiembre de 2022

Sec. III. Pág. 132177

Cuadro 11: Años mínimos de servicio para optar al acceso a las diferentes categorías
de la Carrera Diplomática
Años de servicio para
optar a la categoría

Categoría

En el
exterior
7
6
5
3
1

Total
Ministro/a Plenipotenciario/a de 1ª
Ministro/a Plenipotenciario/a de 2ª
Ministro/a Plenipotenciario/a de 3ª
Consejero/a
Secretario/a de Embajada de 1ª

14
12
10
6
3

Fuente: Elaboración propia.

En el Cuadro 12 se recogen los años que, en promedio, han necesitado las mujeres y los hombres
para acceder a cada categoría de la CD. Se puede constatar que no existen diferencias significativas
entre los años que necesitan los hombres y las mujeres para acceder a cada categoría; aunque la
experiencia en el exterior es algo mayor para los hombres que para las mujeres en cada nivel.
Cuadro 12: Promedio de años de servicio de las personas que han accedido a
cada categoría de la Carrera Diplomática. Mujeres y hombres. Marzo 2019

Categoría

Años para alcanzar
la categoría
(promedio)

% experiencia total
en exterior

Mujeres Hombres Mujeres Hombres
Embajador/a
Ministro/a Plenipotenciario/a de 1ª
Ministro/a Plenipotenciario/a de 2ª
Ministro/a Plenipotenciario/a de 3ª
Consejero/a
Secretario/a de Embajada de 1ª
Secretario/a de Embajada de 2ª
Secretario/a de Embajada de 3ª

40,8
36,2
30,7
23,4
13,5
7,4
4,3
-

41,4
36,7
30,8
23,8
13,7
7,4
4,0
-

61 %
64 %
52 %
61 %
63 %
57 %
28 %
7%

69 %
65 %
63 %
64 %
66 %
61 %
37 %
10 %

Fuente: Elaborado a partir del Libro del Escalafón a 15 de marzo de 2019 facilitado por el MAUC.

II.3.3.2. EL PROCESO DE ASIGNACIÓN DE DESTINO Y LA PERCEPCIÓN DEL PERSONAL DE
LA CARRERA DIPLOMÁTICA ACERCA DE LA INCIDENCIA DEL SEXO EN LA
ASIGNACIÓN DE DESTINO
La provisión de puestos de trabajo en el extranjero está regulada por el RD 674/1993 que establece
el procedimiento que regula los ascensos y la asignación de destino al personal funcionario
perteneciente a la CD. El RD establece con precisión la clasificación de los destinos, las

cve: BOE-A-2022-15686
Verificable en https://www.boe.es

Por otra parte, los criterios que regulan el acceso a las diferentes categorías de la carrera están
establecidos en el RD 674/1993 sobre provisión de puestos de trabajo en el extranjero y ascensos
de los funcionarios de la CD. En él se establecen los criterios generales que han de cumplirse para
el acceso a cada categoría. Básicamente, se establece que el acceso a las plazas se produce
atendiendo al orden del escalafón y que el acceso de la categoría de Secretario de Embajada de
Tercera a Secretario de Embajada de Segunda se produce de forma automática a medida que van
generándose vacantes. Para el resto de las categorías, como se recoge en el Cuadro 11, se
establecen los años mínimos de prestación de servicios y años de prestación de servicios en el
extranjero necesarios para poder optar a plaza de esa categoría.