III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2022-15683)
Resolución de 28 de junio de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la Mancomunidad de Los Alcores para la gestión de los residuos sólidos urbanos, ejercicios 2017 a 2019.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 231

Lunes 26 de septiembre de 2022

Sec. III. Pág. 131840

disposiciones legales y reglamentarias aplicables a la Mancomunidad en materia de rendición de
cuentas, contratación pública, contratación y retribuciones de personal, transparencia y otras
cuestiones relativas a su actividad; y también es una fiscalización operativa o de gestión, dado que
se evaluarán los sistemas y procedimientos de gestión de los servicios que presta la Mancomunidad
y su financiación.
Los objetivos generales de esta fiscalización son los siguientes:
a) Verificar el cumplimiento de la normativa aplicable a la entidad relativa a la rendición de
cuentas y a la remisión de la información contractual, de convenios y de control interno.
b) Evaluar la regularidad de la contratación pública, con especial referencia a la concesión
administrativa del servicio de tratamiento y eliminación de residuos sólidos urbanos, y de los
convenios suscritos por la entidad.
c) Verificar el cumplimiento de la normativa en materia de selección y contratación y del
régimen retributivo del personal al servicio de la Mancomunidad.
d) Evaluar los sistemas y procedimientos relativos a la gestión económico-financiera, con
especial referencia a la prestación de los servicios, a la financiación de su actividad y a las
relaciones con otras entidades locales.
e) Verificar el cumplimiento de la Ley 19/2013, de 13 de diciembre, de Transparencia, Acceso
a la Información Pública y Buen Gobierno.
Asimismo, se añade un último objetivo, que resulta transversal a los anteriores, que será examinar
el cumplimiento de la normativa en materia de igualdad de género en todos los aspectos en que
pueda afectar al funcionamiento de la Mancomunidad.
En relación con el cuarto objetivo previsto, se ha producido una limitación al alcance de la
fiscalización, al no haberse podido evaluar los sistemas y procedimientos relativos a la gestión
económico-financiera, en varios de sus aspectos, debido a la falta de aportación de parte de la
documentación solicitada, a la ausencia de la titular del puesto de Secretaría (y de quien lo
desempeñaba por acumulación) durante un periodo prolongado de tiempo, a la carencia de estudios
de costes para determinar el precio público por la prestación del servicio de recogida selectiva de
papel, cartón vidrio y envases y al hecho de que la mayoría de los ayuntamientos mancomunados
abonaban la facturación por el servicio de tratamiento y eliminación de residuos directamente a la
empresa concesionaria, sin conocer la Mancomunidad en detalle la información relativa a la
concesión, además de a la falta de rendición de las cuentas generales y de aprobación de la
liquidación del presupuesto para la mayoría de los ejercicios fiscalizados, aspectos todos ellos a los
que se hace referencia a lo largo del Informe.
I.4

ANTECEDENTES

Los Estatutos de la Mancomunidad de los Alcores se aprobaron también por el Consejo de Gobierno
de la Junta de Andalucía por acuerdo publicado en el BOJA de 4 de octubre de 1982. Su objeto,
según el artículo 4 de los Estatutos, es la prestación del servicio de eliminación de los desechos y
residuos sólidos urbanos generados en los términos de los municipios que la integran, en orden a
la debida protección del medio ambiente y del subsuelo, fomentando, en su caso, el

cve: BOE-A-2022-15683
Verificable en https://www.boe.es

La Mancomunidad de Los Alcores fue creada por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de
Andalucía relativo a la Constitución de Mancomunidad de Municipios en la Zona de los Alcores
publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) número 26, de 4 de octubre de 1982.