III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2022-15683)
Resolución de 28 de junio de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la Mancomunidad de Los Alcores para la gestión de los residuos sólidos urbanos, ejercicios 2017 a 2019.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 231
Lunes 26 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 131891
b) Prestación del servicio a los municipios que pertenecían a la Mancomunidad del Bajo
Guadalquivir
Con respecto a los municipios que pertenecían a la Mancomunidad del Bajo Guadalquivir, el 22 de
octubre de 2012 se suscribieron convenios de colaboración entre la Mancomunidad y los
Ayuntamientos que anteriormente integraban la Mancomunidad del Bajo Guadalquivir para la
prestación de servicios de tratamiento y eliminación de residuos a los municipios de Coripe, El
Coronil, El Cuervo de Sevilla, Las Cabezas de San Juan, Lebrija, Los Molares, Los Palacios y
Villafranca, Montellano, Palmar de Troya y Utrera, debido a que la Mancomunidad del Bajo
Guadalquivir se disolvió el 6 de junio de ese mismo año y se clausuraron los vertederos de Lebrija
y Utrera y la Planta de Tratamiento de Utrera debido al agotamiento de su capacidad útil o la falta
de Autorización Ambiental Integrada en que se les prestaba el servicio para estos municipios.
A través de los convenios, se estableció que el servicio de tratamiento y eliminación se prestaría en
las mismas condiciones que en los municipios mancomunados y con arreglo a la tarifa que el
convenio fijaba para ese mismo ejercicio 2012 y que debía ser actualizada anualmente a través de
Acuerdo de la Junta General de la Mancomunidad.
A la hora de cuantificar la tarifa que se aplicaba a estos Ayuntamientos, la Mancomunidad de Los
Alcores, de acuerdo con la Memoria Técnica de su Director, estableció que estos municipios debían
satisfacer, además de la tarifa ordinaria (14,41 €/Tm), un sobrecoste por la repercusión no sólo de
los gastos de gastos de primer establecimiento y de inversión actualizados, sino también de los
gastos generales de funcionamiento incurridos por la Mancomunidad de 1998 a 2011, igualmente
actualizados con el IPC, estimando este coste total en 34,3 millones de euros, y una repercusión de
4,90 €/Tm vertida, lo que supone un incremento de la tarifa del 34 % respecto a lo abonado por los
ayuntamientos mancomunados.
Igualmente, la tarifa de Vertido-entrega de otros residuos de carácter especial se incrementó un
2,68 %, sin que conste los estudios que llevaron a su determinación.
Los convenios firmados con cada uno de los Ayuntamientos recogen una tarifa sin IVA de 20,31
€/Tm de cuota variable de tratamiento y eliminación de RSU, y 187,21 de Vertido-entrega de otros
residuos de carácter especial. De acuerdo con el convenio, cada ayuntamiento abona directamente
a la concesionaria el precio del servicio, según los precios aprobados por la Junta General de la
Mancomunidad.
13
Cláusula Sexta del Convenio: La vigencia del presente convenio se extiende desde la firma del presente hasta la
incorporación legal del municipio en la Mancomunidad de Los Alcores o cuando cese la situación de emergencia que
motiva este convenio, que ha de ser sumaria dada la irregularidad de la situación.
cve: BOE-A-2022-15683
Verificable en https://www.boe.es
Estos convenios de colaboración tenían vocación de provisionalidad13, puesto que en otro caso se
estaría llevando a cabo una contratación directa sin sujetarse a la normativa reguladora de la
contratación pública y así fue puesto de manifiesto por la secretaría-Intervención de la
Mancomunidad en su informe sobre la suscripción de los mismos, por lo que estos municipios
debieron o bien haberse integrado en la Mancomunidad para garantizar las correctas relaciones
entre la Mancomunidad y la concesionaria, o bien haber llevado a cabo la licitación de una concesión
de forma independiente.
Núm. 231
Lunes 26 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 131891
b) Prestación del servicio a los municipios que pertenecían a la Mancomunidad del Bajo
Guadalquivir
Con respecto a los municipios que pertenecían a la Mancomunidad del Bajo Guadalquivir, el 22 de
octubre de 2012 se suscribieron convenios de colaboración entre la Mancomunidad y los
Ayuntamientos que anteriormente integraban la Mancomunidad del Bajo Guadalquivir para la
prestación de servicios de tratamiento y eliminación de residuos a los municipios de Coripe, El
Coronil, El Cuervo de Sevilla, Las Cabezas de San Juan, Lebrija, Los Molares, Los Palacios y
Villafranca, Montellano, Palmar de Troya y Utrera, debido a que la Mancomunidad del Bajo
Guadalquivir se disolvió el 6 de junio de ese mismo año y se clausuraron los vertederos de Lebrija
y Utrera y la Planta de Tratamiento de Utrera debido al agotamiento de su capacidad útil o la falta
de Autorización Ambiental Integrada en que se les prestaba el servicio para estos municipios.
A través de los convenios, se estableció que el servicio de tratamiento y eliminación se prestaría en
las mismas condiciones que en los municipios mancomunados y con arreglo a la tarifa que el
convenio fijaba para ese mismo ejercicio 2012 y que debía ser actualizada anualmente a través de
Acuerdo de la Junta General de la Mancomunidad.
A la hora de cuantificar la tarifa que se aplicaba a estos Ayuntamientos, la Mancomunidad de Los
Alcores, de acuerdo con la Memoria Técnica de su Director, estableció que estos municipios debían
satisfacer, además de la tarifa ordinaria (14,41 €/Tm), un sobrecoste por la repercusión no sólo de
los gastos de gastos de primer establecimiento y de inversión actualizados, sino también de los
gastos generales de funcionamiento incurridos por la Mancomunidad de 1998 a 2011, igualmente
actualizados con el IPC, estimando este coste total en 34,3 millones de euros, y una repercusión de
4,90 €/Tm vertida, lo que supone un incremento de la tarifa del 34 % respecto a lo abonado por los
ayuntamientos mancomunados.
Igualmente, la tarifa de Vertido-entrega de otros residuos de carácter especial se incrementó un
2,68 %, sin que conste los estudios que llevaron a su determinación.
Los convenios firmados con cada uno de los Ayuntamientos recogen una tarifa sin IVA de 20,31
€/Tm de cuota variable de tratamiento y eliminación de RSU, y 187,21 de Vertido-entrega de otros
residuos de carácter especial. De acuerdo con el convenio, cada ayuntamiento abona directamente
a la concesionaria el precio del servicio, según los precios aprobados por la Junta General de la
Mancomunidad.
13
Cláusula Sexta del Convenio: La vigencia del presente convenio se extiende desde la firma del presente hasta la
incorporación legal del municipio en la Mancomunidad de Los Alcores o cuando cese la situación de emergencia que
motiva este convenio, que ha de ser sumaria dada la irregularidad de la situación.
cve: BOE-A-2022-15683
Verificable en https://www.boe.es
Estos convenios de colaboración tenían vocación de provisionalidad13, puesto que en otro caso se
estaría llevando a cabo una contratación directa sin sujetarse a la normativa reguladora de la
contratación pública y así fue puesto de manifiesto por la secretaría-Intervención de la
Mancomunidad en su informe sobre la suscripción de los mismos, por lo que estos municipios
debieron o bien haberse integrado en la Mancomunidad para garantizar las correctas relaciones
entre la Mancomunidad y la concesionaria, o bien haber llevado a cabo la licitación de una concesión
de forma independiente.