III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2022-15683)
Resolución de 28 de junio de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la Mancomunidad de Los Alcores para la gestión de los residuos sólidos urbanos, ejercicios 2017 a 2019.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 26 de septiembre de 2022

Sec. III. Pág. 131851

corresponde el servicio de asistencia a municipios, o bien mediante acumulación por funcionarios
de administración local que desempeñan puestos de trabajo a ellos reservados en otras
administraciones locales. Entre unos nombramientos y otros ha habido períodos de tiempo en los
que el puesto no ha sido desempeñado por funcionario alguno.
La funcionaria que estaba ocupando el puesto por acumulación cuando se remitió el requerimiento
conminatorio por el Tribunal de Cuentas está en situación de baja por incapacidad temporal desde
principios de febrero de 2021, lo que originó la revocación del nombramiento y la designación por
acumulación a otro funcionario. Cuando este se incorporó, el INSS dio el alta a la funcionaria titular
del puesto, quien disfrutó las vacaciones de 2019 y nuevamente está en situación de baja por
incapacidad temporal; mientras, la Mancomunidad, tramita una nueva acumulación.
El puesto de tesorería se ha provisto desde el 1 de septiembre de 2006 hasta la actualidad mediante
acumulación por el Interventor del Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra.
Por lo que respecta al órgano de control interno propiamente dicho, al estar clasificada la secretaría
en la Mancomunidad en clase tercera, y de acuerdo con lo señalado en el artículo 11 del Real
Decreto 218/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de
Administración Local con habilitación de carácter nacional, las funciones propias de aquel son
asumidas por el titular del puesto de secretaría.
Además de este puesto, según el anexo de personal del presupuesto, la Mancomunidad no cuenta
con ningún otro funcionario adscrito a la Intervención. El resto de personal, con relación laboral,
está adscrito a la política de gasto 92 Servicios de carácter general. Entre estos últimos hay que
señalar la existencia de un técnico de contabilidad.
La secretaria interventora, en numerosos informes remitidos tanto al Presidente de la
Mancomunidad como a la Junta General, ha puesto de manifiesto la ausencia de medios humanos
de apoyo a la intervención. No obstante, el principal riesgo del régimen de control interno de la
Mancomunidad es la discontinuidad en el desempeño efectivo del puesto de secretaríaintervención.
Respecto a la regulación del modelo de control interno aprobada por la entidad durante el periodo
fiscalizado, ésta se contiene exclusivamente en las Bases de Ejecución del Presupuesto del
ejercicio 2013, sin que por tanto la misma se haya adaptado a lo establecido por la Ley 21/2013, de
27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, que modifica los
artículos 213 y 218 TRLRHL, ni posteriormente en el Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, por el
que se regula el régimen jurídico del control interno en las entidades del Sector Público Local.
Las Bases de Ejecución del Presupuesto dedican su Título V a la regulación del Control y
Fiscalización, contemplando aspectos generales, regulados en el TRLRHL, y algunos aspectos más
detallados relativos al procedimiento para el ejercicio de la función interventora sobre gastos y pagos
y al control financiero.
En la regulación contenida en las Bases no se contempla expresamente la adopción del régimen
de fiscalización previa limitada, por lo que resulta de aplicación el régimen general previsto en el
artículo 214 TRLRHL. Tampoco cuenta la Mancomunidad con un reglamento de control interno o
con manuales sobre procedimientos de control, más allá de la regulación contenida en las Bases
de Ejecución del Presupuesto y la remisión realizada en ellas al Real Decreto 2188/1995, de 28 de
diciembre, por el cual se desarrolla el régimen de control interno ejercido por la Intervención General
de Estado.

cve: BOE-A-2022-15683
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Núm. 231