III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2022-15681)
Resolución de 28 de junio de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de inmuebles en los que no se desarrolla ninguna actividad y de obras públicas paralizadas en las entidades locales de la Región de Murcia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 231

Lunes 26 de septiembre de 2022

Sec. III. Pág. 131613

Por lo que se refiere a los gastos de mantenimiento y conservación originados por los bienes,
en cinco de los diez inmuebles con uso ocasional los Ayuntamientos pusieron de manifiesto haber
incurrido en gastos derivados de su mantenimiento, conservación o por el abono de pólizas de
seguro, el de Puerto Lumbreras respecto de sus tres bienes, el de Totana por el centro social y el
de Cartagena por su local.
El importe total de los gastos durante el periodo fiscalizado ha ascendido a 22.862,66 euros, de
los que el 94 %, 21.561,74 euros, corresponde a gastos por suministros y el 6 % restante,
1.300,92 euros, a las pólizas de seguro de los inmuebles. La mitad del importe total de los gastos
corresponde a un solo inmueble, el mercado de ganado de Puerto Lumbreras, en el que se
incurrió en 11.461,29 euros, 10.408,86 euros por suministros y 1.052,43 euros por la póliza del
seguro del inmueble.
Ningún ayuntamiento ha comunicado gastos por conceptos tales como limpieza, vigilancia, etc.
sobre ninguno de sus inmuebles con uso ocasional.
En el cuadro siguiente se indican los inmuebles que generaron los gastos, así como su origen e
importe. Por su parte, los Ayuntamientos de los otros cinco inmuebles, Abarán, Águilas, Cieza,
Moratalla y Totana, han manifestado que no han incurrido en tales gastos.
Cuadro 15: Gastos originados en los inmuebles con uso ocasional no permanente
(Euros)

Ayuntamiento

Inmueble

Costes incurridos en el periodo
fiscalizado
Suministros

Cartagena

Local 1 plan parcial en Cabezo Beaza

Puerto Lumbreras

Albergue juvenil
Antiguo matadero municipal
Mercado de ganado

Totana
Total

Centro social

2.180,62

Total
inmueble

Seguros
23,75

23,75

124,74

2.305,36

2.372,26

100,00

2.472,26

10.408,86

1.052,43

11.461,29

6.600,00

-

6.600,00

21.561,74

1.300,92

22.862,66

Fuente: Elaboración propia a partir de la información aportada durante la fiscalización.

Los Ayuntamientos de Abarán, Águilas, Moratalla, Puerto Lumbreras y Totana han incumplido los
citados preceptos al no constar registrados contablemente sus bienes en ocho de los diez
inmuebles con uso ocasional no permanente, ni dotar la amortización de los mismos durante su
vida útil y, en su caso, el oportuno deterioro de valor. Por su parte, el Ayuntamiento de Cieza
indicó que el inmueble se encontraba incluido en su inmovilizado, si bien no ha acreditado tal

cve: BOE-A-2022-15681
Verificable en https://www.boe.es

En relación con el registro contable de los inmuebles, como se ha indicado, en la contabilidad
de los ayuntamientos constará la totalidad de sus bienes, derechos y obligaciones, debiendo
registrarse los bienes inmuebles como inmovilizado material, en la cuenta 211. Construcciones”.
Además, las entidades deben registrar la depreciación sistemática anual efectiva sufrida por el
inmovilizado derivada de su utilización, así como la corrección valorativa por deterioro de carácter
reversible, mediante la dotación anual de la oportuna amortización y el registro de dicho
menoscabo, respectivamente.