III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2022-15681)
Resolución de 28 de junio de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de inmuebles en los que no se desarrolla ninguna actividad y de obras públicas paralizadas en las entidades locales de la Región de Murcia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 231
Lunes 26 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 131602
mayo de 2010, para la finalidad específica de construcción del Centro y con la salvaguarda de que
si el inmueble no fuese destinado al uso previsto en el plazo de cinco años y durante los 30
siguientes, se consideraría resuelta la cesión revirtiendo la parcela al dominio público municipal.
La parcela fue entregada en octubre de 2010.
El desarrollo de la Ciudad de los Contenidos Digitales estaba previsto en tres fases, a ejecutar
entre los años 2010 a 2020. El Centro de Conocimiento Digital y Creatividad Audiovisual era uno
de los ejes centrales del proyecto y el primero de los edificios que comenzó a construirse por la
Comunidad Autónoma. No obstante, debido a la situación de crisis económica, se abandonó la
ejecución del proyecto de construcción de la Ciudad cuando ni siquiera había finalizado la
construcción del inmueble que nos ocupa.
Como consecuencia de la paralización de la ejecución del proyecto de construcción de la Ciudad,
y de conformidad con la salvaguarda establecida en el acuerdo de la Junta de Gobierno Local del
Ayuntamiento para la cesión de la parcela, al no ser destinado al uso previsto a los cinco años
desde su cesión, el 29 de enero de 2016 la parcela y el edificio, en estado de construcción
paralizada, revirtieron al Ayuntamiento, valorándose en ese momento por los técnicos del
Ayuntamiento en 1.180.000,48 euros. No consta informe técnico que justifique esta valoración ni
los gastos incurridos por la CA en la construcción del edificio ni los derivados de la constitución,
funcionamiento y extinción de la fundación creada para el desarrollo del proyecto de la Ciudad de
los Contenidos Digitales.
El inmueble nunca ha llegado a ser utilizado, ni para la finalidad inicial para la que se había
proyectado, ni para ninguna otra, al no estar finalizado ni en su interior ni en el revestimiento
exterior del edificio y sus accesos.
El 17 de diciembre de 2018 el Ayuntamiento inició un expediente para la contratación de una obra
que permitiera habilitar una parte del inmueble como oficina con despachos, sala de reuniones y
recepción, si bien el expediente se paralizó, sin que consten las causas, y no se llevó a cabo la
misma, manteniéndose en el mismo estado en que fue recibido, con sus accesos tapiados y
vallado su perímetro, siendo necesarias obras para cualquier finalidad a la que se quiera destinar
el edificio.
El inmueble se encuentra inscrito en el Registro de la Propiedad y figura en el Inventario de bienes
municipal como un bien de servicio público. No obstante, la Entidad no procedió al registro
contable del inmueble en el momento de su reversión, no constando registrado en el inmovilizado
material del balance de situación del Ayuntamiento, al cierre de los ejercicios 2017 y 2018 (del
ámbito temporal de la fiscalización), ni registrado contablemente el deterioro del inmueble, a pesar
del estado y la situación en la que se encontraba. A continuación se muestra una imagen del
inmueble durante los trabajos de fiscalización.
cve: BOE-A-2022-15681
Verificable en https://www.boe.es
El importe comunicado por el Ayuntamiento de los costes originados por el inmueble durante el
periodo fiscalizado, ascendieron a 926,25 euros derivados de la póliza de seguro sobre el mismo,
cuantía estimada que correspondía a la cobertura de los riesgos del edificio respecto de la póliza
de seguro global contratada con una entidad aseguradora sobre la totalidad de inmuebles de
titularidad municipal.
Núm. 231
Lunes 26 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 131602
mayo de 2010, para la finalidad específica de construcción del Centro y con la salvaguarda de que
si el inmueble no fuese destinado al uso previsto en el plazo de cinco años y durante los 30
siguientes, se consideraría resuelta la cesión revirtiendo la parcela al dominio público municipal.
La parcela fue entregada en octubre de 2010.
El desarrollo de la Ciudad de los Contenidos Digitales estaba previsto en tres fases, a ejecutar
entre los años 2010 a 2020. El Centro de Conocimiento Digital y Creatividad Audiovisual era uno
de los ejes centrales del proyecto y el primero de los edificios que comenzó a construirse por la
Comunidad Autónoma. No obstante, debido a la situación de crisis económica, se abandonó la
ejecución del proyecto de construcción de la Ciudad cuando ni siquiera había finalizado la
construcción del inmueble que nos ocupa.
Como consecuencia de la paralización de la ejecución del proyecto de construcción de la Ciudad,
y de conformidad con la salvaguarda establecida en el acuerdo de la Junta de Gobierno Local del
Ayuntamiento para la cesión de la parcela, al no ser destinado al uso previsto a los cinco años
desde su cesión, el 29 de enero de 2016 la parcela y el edificio, en estado de construcción
paralizada, revirtieron al Ayuntamiento, valorándose en ese momento por los técnicos del
Ayuntamiento en 1.180.000,48 euros. No consta informe técnico que justifique esta valoración ni
los gastos incurridos por la CA en la construcción del edificio ni los derivados de la constitución,
funcionamiento y extinción de la fundación creada para el desarrollo del proyecto de la Ciudad de
los Contenidos Digitales.
El inmueble nunca ha llegado a ser utilizado, ni para la finalidad inicial para la que se había
proyectado, ni para ninguna otra, al no estar finalizado ni en su interior ni en el revestimiento
exterior del edificio y sus accesos.
El 17 de diciembre de 2018 el Ayuntamiento inició un expediente para la contratación de una obra
que permitiera habilitar una parte del inmueble como oficina con despachos, sala de reuniones y
recepción, si bien el expediente se paralizó, sin que consten las causas, y no se llevó a cabo la
misma, manteniéndose en el mismo estado en que fue recibido, con sus accesos tapiados y
vallado su perímetro, siendo necesarias obras para cualquier finalidad a la que se quiera destinar
el edificio.
El inmueble se encuentra inscrito en el Registro de la Propiedad y figura en el Inventario de bienes
municipal como un bien de servicio público. No obstante, la Entidad no procedió al registro
contable del inmueble en el momento de su reversión, no constando registrado en el inmovilizado
material del balance de situación del Ayuntamiento, al cierre de los ejercicios 2017 y 2018 (del
ámbito temporal de la fiscalización), ni registrado contablemente el deterioro del inmueble, a pesar
del estado y la situación en la que se encontraba. A continuación se muestra una imagen del
inmueble durante los trabajos de fiscalización.
cve: BOE-A-2022-15681
Verificable en https://www.boe.es
El importe comunicado por el Ayuntamiento de los costes originados por el inmueble durante el
periodo fiscalizado, ascendieron a 926,25 euros derivados de la póliza de seguro sobre el mismo,
cuantía estimada que correspondía a la cobertura de los riesgos del edificio respecto de la póliza
de seguro global contratada con una entidad aseguradora sobre la totalidad de inmuebles de
titularidad municipal.