III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2022-15681)
Resolución de 28 de junio de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de inmuebles en los que no se desarrolla ninguna actividad y de obras públicas paralizadas en las entidades locales de la Región de Murcia.
127 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 231
Lunes 26 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 131581
Cuadro 4: Entidades que disponían de inventario rectificado o comprobado entre el
año 2000 y el inicio del período fiscalizado
Fecha inventario
Ayuntamiento
Población
Aprobación
Rectificación
29/12/2016
Contenido
Todos los
inmuebles
Todos los datos
art. 20 REBEL
Destino todos los
inmuebles
SI
NO
NO
Águilas
34.758
Alhama de Murcia
21.448
NO
SI
SI
Bullas
11.546
27/11/2013
SI
NO
NO
Fortuna
10.049
27/07/2010
SI
SI
NO4
Fuente Álamo de Murcia
16.180
28/12/2015
SI
SI
SI
La Unión
19.764
24/04/2015
SI
SI
SI
Librilla
5.160
04/05/2011
SI
NO
SI
Lorca
92.299
NO
SI
NO5
San Pedro del Pinatar
24.903
13/06/2015
SI
SI
SI
Yecla
34.092
04/05/2015
NO
SI
SI
28/06/2012
23/05/2003
-
-
Fuente: Elaboración propia a partir de la información aportada durante la fiscalización
Finalmente, en el tercer grupo se han incluido las entidades cuyos inventarios se han rectificado o
comprobado por última vez durante el periodo fiscalizado, independientemente de la fecha de su
aprobación inicial, situación en la que se encontraban las quince entidades restantes, esto es, el
41 % de los ayuntamientos. Son las que disponían de inventarios con valoraciones de su
patrimonio más actualizadas6. Estas entidades son los Ayuntamientos de Alcantarilla, Blanca,
Calasparra, Cartagena, Cehegín, Cieza, Jumilla, Las Torres de Cotillas, Lorquí, Mazarrón, Mula,
Murcia, San Javier, Santomera y Torre Pacheco.
Los Ayuntamientos de Cieza, Calasparra7 y Mazarrón, aprobaron un nuevo inventario entre el 1 de
enero de 2017 y el 30 de junio de 2019. El resto de entidades aprobaron en el periodo
rectificaciones de inventarios anteriores. En 2017, los Ayuntamientos de Lorquí y Murcia; en 2018
los Ayuntamientos de Cartagena, Cehegín, Jumilla, Murcia, Santomera y Torre-Pacheco, y en
2019 los Ayuntamientos de Alcantarilla, Las Torres de Cotillas y San Javier.
4
El Ayuntamiento de Fortuna indicó que las fichas de su inventario contenían todos los datos del artículo 20 del RBEL,
si bien el destino de algunos inmuebles no constaba en el mismo.
5
6
El Ayuntamiento de Blanca puso de manifiesto durante los trabajos de fiscalización no disponer de inventario de
bienes, si bien, en el trámite de alegaciones, justificó su existencia y su actualización durante el periodo fiscalizado,
aunque la misma se refería a la situación del patrimonio de la entidad en 2014.
7
El Ayuntamiento indicó haber aprobado un nuevo inventario en junio de 2019, a la vez que se producía la renovación
de la Corporación, si bien la documentación justificativa aportada durante los trabajos de fiscalización se refería a un
borrador del mismo.
cve: BOE-A-2022-15681
Verificable en https://www.boe.es
En el inventario del Ayuntamiento de Lorca no figuraba el destino de todos los inmuebles dado que no se incluía la
totalidad de los mismos.
Núm. 231
Lunes 26 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 131581
Cuadro 4: Entidades que disponían de inventario rectificado o comprobado entre el
año 2000 y el inicio del período fiscalizado
Fecha inventario
Ayuntamiento
Población
Aprobación
Rectificación
29/12/2016
Contenido
Todos los
inmuebles
Todos los datos
art. 20 REBEL
Destino todos los
inmuebles
SI
NO
NO
Águilas
34.758
Alhama de Murcia
21.448
NO
SI
SI
Bullas
11.546
27/11/2013
SI
NO
NO
Fortuna
10.049
27/07/2010
SI
SI
NO4
Fuente Álamo de Murcia
16.180
28/12/2015
SI
SI
SI
La Unión
19.764
24/04/2015
SI
SI
SI
Librilla
5.160
04/05/2011
SI
NO
SI
Lorca
92.299
NO
SI
NO5
San Pedro del Pinatar
24.903
13/06/2015
SI
SI
SI
Yecla
34.092
04/05/2015
NO
SI
SI
28/06/2012
23/05/2003
-
-
Fuente: Elaboración propia a partir de la información aportada durante la fiscalización
Finalmente, en el tercer grupo se han incluido las entidades cuyos inventarios se han rectificado o
comprobado por última vez durante el periodo fiscalizado, independientemente de la fecha de su
aprobación inicial, situación en la que se encontraban las quince entidades restantes, esto es, el
41 % de los ayuntamientos. Son las que disponían de inventarios con valoraciones de su
patrimonio más actualizadas6. Estas entidades son los Ayuntamientos de Alcantarilla, Blanca,
Calasparra, Cartagena, Cehegín, Cieza, Jumilla, Las Torres de Cotillas, Lorquí, Mazarrón, Mula,
Murcia, San Javier, Santomera y Torre Pacheco.
Los Ayuntamientos de Cieza, Calasparra7 y Mazarrón, aprobaron un nuevo inventario entre el 1 de
enero de 2017 y el 30 de junio de 2019. El resto de entidades aprobaron en el periodo
rectificaciones de inventarios anteriores. En 2017, los Ayuntamientos de Lorquí y Murcia; en 2018
los Ayuntamientos de Cartagena, Cehegín, Jumilla, Murcia, Santomera y Torre-Pacheco, y en
2019 los Ayuntamientos de Alcantarilla, Las Torres de Cotillas y San Javier.
4
El Ayuntamiento de Fortuna indicó que las fichas de su inventario contenían todos los datos del artículo 20 del RBEL,
si bien el destino de algunos inmuebles no constaba en el mismo.
5
6
El Ayuntamiento de Blanca puso de manifiesto durante los trabajos de fiscalización no disponer de inventario de
bienes, si bien, en el trámite de alegaciones, justificó su existencia y su actualización durante el periodo fiscalizado,
aunque la misma se refería a la situación del patrimonio de la entidad en 2014.
7
El Ayuntamiento indicó haber aprobado un nuevo inventario en junio de 2019, a la vez que se producía la renovación
de la Corporación, si bien la documentación justificativa aportada durante los trabajos de fiscalización se refería a un
borrador del mismo.
cve: BOE-A-2022-15681
Verificable en https://www.boe.es
En el inventario del Ayuntamiento de Lorca no figuraba el destino de todos los inmuebles dado que no se incluía la
totalidad de los mismos.