III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2022-15681)
Resolución de 28 de junio de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de inmuebles en los que no se desarrolla ninguna actividad y de obras públicas paralizadas en las entidades locales de la Región de Murcia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 231

Lunes 26 de septiembre de 2022

Sec. III. Pág. 131579

la inexistencia de rectificaciones o comprobaciones posteriores, en la práctica carecen de un
inventario que refleje la realidad de su patrimonio, además de suponer el incumplimiento de las
prescripciones establecidas en el artículo 33 del RBEL. Esta situación se da en nueve
ayuntamientos, el 24 % de las entidades, los de Abanilla, Abarán, Archena, Beniel, Caravaca de la
Cruz, Los Alcázares, Molina de Segura, Puerto Lumbreras2 y Totana, entre los que destacan por
su población Molina de Segura y Totana, con más de 70.000 y 30.000 habitantes
respectivamente.
Los inventarios más antiguos son los de los Ayuntamientos de Abanilla, Abarán y Los Alcázares,
que se aprobaron en el año 19913. Por su parte, el inventario del Ayuntamiento de Puerto
Lumbreras se aprobó en el año 1996, el de Molina de Segura en 1997, los de los Ayuntamientos
de Archena, Caravaca de la Cruz y Totana, en el año 1999 y el del Ayuntamiento de Beniel en el
año 2000. En todos ellos constan todavía, durante el periodo fiscalizado, las valoraciones
monetarias de los bienes en pesetas.
En el cuadro siguiente se indica la fecha de aprobación de los inventarios en dichos
ayuntamientos con indicación de si contienen todos los inmuebles, todos los datos establecidos en
el artículo 20 del RBEL y el destino de los mismos.
Cuadro 3: Entidades que disponían de inventario aprobado en el año 2000 o en

ejercicios anteriores
Contenido

Población

Fecha aprobación
inventario

Abanilla

6.158

19/12/1991

SI

SI

SI

Abarán

13.089

31/12/1991

NO

NO

NO

Archena

18.771

22/06/1999

SI

SI

SI

Beniel

11.233

05/01/2000

SI

NO

NO

Caravaca de la Cruz

25.633

08/04/1999

SI

NO

NO

Los Alcázares

15.349

23/09/1992

NO

NO

NO

Molina de Segura

70.344

31/07/1997

SI

NO

SI

Puerto Lumbreras

15.020

29/11/1996

SI

NO

SI

Totana

31.394

23/02/1999

SI

NO

NO

Ayuntamiento

Todos los
inmuebles

Todos los datos
art. 20 RBEL

Destino
todos los
inmuebles

Fuente: Elaboración propia a partir de la información aportada durante la fiscalización

2

El Ayuntamiento de Puerto Lumbreras manifestó que revisó el inventario con posterioridad al periodo fiscalizado, el 24
de septiembre de 2019, con motivo de la renovación de la Corporación municipal sin que se haya acreditado dicha
revisión ni se haya aprobado por el Pleno.
3

Los Ayuntamientos de Abarán y Los Alcázares manifestaron haber elaborado nuevos inventarios actualizados durante
el periodo fiscalizado, si bien no han sido aprobados por los respectivos Plenos.

cve: BOE-A-2022-15681
Verificable en https://www.boe.es

En relación con el contenido de los inventarios, únicamente los de los Ayuntamientos de Abanilla y
Archena contienen los datos preceptuados en el artículo 20 del RBEL y el destino de los mismos y
estas entidades manifestaron que contenían la totalidad de los inmuebles de su titularidad en el
momento de su aprobación, si bien, teniendo en cuenta que dicha fecha data de hace más de