III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2022-15682)
Resolución de 28 de junio de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de inmuebles en los que no se desarrolla ninguna actividad y de obras públicas paralizadas en las entidades locales de Castilla-La Mancha.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 231
Lunes 26 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 131755
De esta manera, el órgano de contratación debe determinar, con carácter previo y de una manera
clara, la concreta necesidad que justifica la contratación de los arrendamientos, debiendo quedar
recogida en un Informe, que si bien es un documento propio de la fase de preparación del
contrato, lo fundamenta y condiciona en todas sus fases.
En quince de los 47 inmuebles arrendados, los ayuntamientos no acreditaron la necesidad de la
contratación y la selección de los inmuebles con anterioridad a la formalización de los contratos de
arrendamiento mediante la emisión de informes u otros documentos justificativos de tal necesidad,
lo que supuso el incumplimiento de los citados preceptos en los Ayuntamientos de Almansa,
Argamasilla de Alba, Azuqueca de Henares, Campo de Criptana, Casarrubios del Monte, El
Casar, Esquivas, Talavera de la Reina, Villarrobledo y Villarrubia de los Ojos. Por su parte, el
Ayuntamiento de Albacete no aportó durante los trabajos de fiscalización la información requerida
en relación con la acreditación de la necesidad de la contratación en sus ocho inmuebles
arrendados.
En el cuadro siguiente se relacionan los ayuntamientos y los dieciséis inmuebles respecto de los
que no se acreditó la necesidad de la realización de los contratos de arrendamiento.
Cuadro 21: Inmuebles en los que no se acreditó la necesidad de su arrendamiento
Provincia
Albacete
Ciudad Real
Ayuntamiento
Inmueble
Almansa
Calle Mendizábal nº 149. Almacén y deposito material de fiesta
Villarrobledo
Local de la Oficina de empleo
Argamasilla de Alba
Cafetería Hostal Peñarroya. Formación
Campo de Criptana
Inmueble destinado a vivienda tutelada
Villarrubia de los Ojos
Nave c/Ciudad Real,48, Garaje
Nave Avda. de la Paz., Escuelas taller y servicio de obras
Guadalajara
Azuqueca de Henares
Vivienda. Casa de acogida
El Casar
Nave industrial Francisco Laso Faucha, almacén y garaje
Nave industrial Servicio obras y reformas, almacén y garaje
Toledo
Casarrubios del Monte
Esquivias
Talavera de la Reina
Local Avda. Madrid 353. Centro de la Juventud
Nave almacén polígono industrial la Serrana, Almacén de vehículos
y herramientas municipales
Claustro de los Jerónimos. Promoción de artesanía, escuela taller
Calle Herrerías, nº 4. Oficina
Vivienda, Casa de acogida
Además, en otros seis inmuebles no se acreditó la efectiva necesidad de su contratación, a pesar
de haber indicado su existencia, lo que ocurrió en dos locales alquilados para las oficinas de los
servicios de gestión de tributos y del servicio de información y turismo en el Ayuntamiento de
Cuenca, en un local alquilado por el Ayuntamiento de Talavera de la Reina para ser usado como
centro social, en otro local alquilado por el Ayuntamiento de Seseña para oficina municipal y en
dos inmuebles del Ayuntamiento de Toledo usados como centro de la mujer y oficinas
municipales, respectivamente.
En el resto de arrendamientos de inmuebles, dieciocho, se acreditó la necesidad de la
contratación y la selección de los inmuebles mediante la emisión de informes u otro documentos,
cve: BOE-A-2022-15682
Verificable en https://www.boe.es
Fuente: Elaboración propia a partir de la información aportada durante la fiscalización
Núm. 231
Lunes 26 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 131755
De esta manera, el órgano de contratación debe determinar, con carácter previo y de una manera
clara, la concreta necesidad que justifica la contratación de los arrendamientos, debiendo quedar
recogida en un Informe, que si bien es un documento propio de la fase de preparación del
contrato, lo fundamenta y condiciona en todas sus fases.
En quince de los 47 inmuebles arrendados, los ayuntamientos no acreditaron la necesidad de la
contratación y la selección de los inmuebles con anterioridad a la formalización de los contratos de
arrendamiento mediante la emisión de informes u otros documentos justificativos de tal necesidad,
lo que supuso el incumplimiento de los citados preceptos en los Ayuntamientos de Almansa,
Argamasilla de Alba, Azuqueca de Henares, Campo de Criptana, Casarrubios del Monte, El
Casar, Esquivas, Talavera de la Reina, Villarrobledo y Villarrubia de los Ojos. Por su parte, el
Ayuntamiento de Albacete no aportó durante los trabajos de fiscalización la información requerida
en relación con la acreditación de la necesidad de la contratación en sus ocho inmuebles
arrendados.
En el cuadro siguiente se relacionan los ayuntamientos y los dieciséis inmuebles respecto de los
que no se acreditó la necesidad de la realización de los contratos de arrendamiento.
Cuadro 21: Inmuebles en los que no se acreditó la necesidad de su arrendamiento
Provincia
Albacete
Ciudad Real
Ayuntamiento
Inmueble
Almansa
Calle Mendizábal nº 149. Almacén y deposito material de fiesta
Villarrobledo
Local de la Oficina de empleo
Argamasilla de Alba
Cafetería Hostal Peñarroya. Formación
Campo de Criptana
Inmueble destinado a vivienda tutelada
Villarrubia de los Ojos
Nave c/Ciudad Real,48, Garaje
Nave Avda. de la Paz., Escuelas taller y servicio de obras
Guadalajara
Azuqueca de Henares
Vivienda. Casa de acogida
El Casar
Nave industrial Francisco Laso Faucha, almacén y garaje
Nave industrial Servicio obras y reformas, almacén y garaje
Toledo
Casarrubios del Monte
Esquivias
Talavera de la Reina
Local Avda. Madrid 353. Centro de la Juventud
Nave almacén polígono industrial la Serrana, Almacén de vehículos
y herramientas municipales
Claustro de los Jerónimos. Promoción de artesanía, escuela taller
Calle Herrerías, nº 4. Oficina
Vivienda, Casa de acogida
Además, en otros seis inmuebles no se acreditó la efectiva necesidad de su contratación, a pesar
de haber indicado su existencia, lo que ocurrió en dos locales alquilados para las oficinas de los
servicios de gestión de tributos y del servicio de información y turismo en el Ayuntamiento de
Cuenca, en un local alquilado por el Ayuntamiento de Talavera de la Reina para ser usado como
centro social, en otro local alquilado por el Ayuntamiento de Seseña para oficina municipal y en
dos inmuebles del Ayuntamiento de Toledo usados como centro de la mujer y oficinas
municipales, respectivamente.
En el resto de arrendamientos de inmuebles, dieciocho, se acreditó la necesidad de la
contratación y la selección de los inmuebles mediante la emisión de informes u otro documentos,
cve: BOE-A-2022-15682
Verificable en https://www.boe.es
Fuente: Elaboración propia a partir de la información aportada durante la fiscalización