III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2022-15682)
Resolución de 28 de junio de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de inmuebles en los que no se desarrolla ninguna actividad y de obras públicas paralizadas en las entidades locales de Castilla-La Mancha.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 231

Lunes 26 de septiembre de 2022

Sec. III. Pág. 131756

si bien, en la mayor parte de las justificaciones no se hizo referencia a la ausencia de otros
inmuebles en los ayuntamientos que celebraron los contratos en los que llevar a cabo las
actividades que se pretendían desarrollar en los arrendados, lo que se produjo en ocho de los
inmuebles de los Ayuntamientos de Almansa, Alovera, Hellín, Manzanares y Villarrobledo.
A la finalización del periodo fiscalizado continuaban arrendados 36 de los 47 inmuebles. El
Ayuntamiento de Albacete no aportó la información solicitada en relación con sus ocho inmuebles
y tres de los contratos se habían extinguido, el alquiler de un almacén en la calle Mendizábal del
Ayuntamiento de Almansa, cuyo contrato expiró el 31 de diciembre de 2017, el alquiler de la
Cafetería del Hostal Peñarroya para actividades formativas en Argamasilla de Alba, que se había
extinguido el 30 de octubre de 2017, y el arrendamiento del Claustro de los Jerónimos en Talavera
de la Reina para la promoción de artesanía y celebración de la escuela taller, cuyo contrato expiró
el 30 de junio de 2019. Además, a la finalización de los trabajos, el Ayuntamiento de Casarrubios
del Monte ya no tenía arrendado el local destinado a Centro de la Juventud, trasladando la
prestación del servicio a otro local de titularidad municipal una vez que habían finalizado las obras
para su acondicionamiento.
En el transcurso de la fiscalización, algunas entidades han manifestado su intención de no
continuar con los arrendamientos a la finalización de la vigencia de los contratos. El Ayuntamiento
de Manzanares pretendía adquirir el local que tenía arrendado para la emisora municipal de
televisión; el de Seseña tenía previsto no continuar con el arrendamiento del local usado para su
utilización como Registro y lugar de atención al ciudadano una vez finalizase la construcción de
otro inmueble que estaba ejecutando para tal finalidad y el de Villarrobledo preveía no continuar
con el arrendamiento del Gran Teatro, trasladando las actividades que se desarrollaban a la casa
de la cultura del municipio. Además, el Ayuntamiento de Alovera puso de manifiesto su intención
de no continuar con el arrendamiento de las dos naves industriales utilizadas por varios servicios
municipales una vez finalizase la construcción de una nave industrial, cuya ejecución se
encontraba paralizada. Su estado y situación a la fecha de finalización de los trabajos se expone
en el subapartado siguiente.

Por último, en relación con el registro contable de los arrendamientos, la mayor parte de los
ayuntamientos fiscalizados imputaron adecuadamente los gastos por el arrendamiento de los
inmuebles al registrarlos en el concepto 202. “Arrendamientos de edificios y otras construcciones”,
de acuerdo con la estructura presupuestaria establecida por la Orden EHA/3565/2008, de 3 de
diciembre, con excepción de los Ayuntamientos de Azuqueca de Henares, y Manzanares, que
imputaron los gastos de sus dos inmuebles, el primero de ellos, y del “Centro de Atención
temprana”, el segundo, al concepto 226. “Gastos diversos”, destinado a recoger todos aquellos
gastos de naturaleza corriente que no tengan cabida en otros conceptos del Capítulo 2 de Gastos;
el Ayuntamiento de Manzanares, que imputó los gastos de arrendamiento del otro inmueble al
concepto 212 “Edificios y otras construcciones”; y del Ayuntamiento de Villarrobledo, que imputó
los gastos de tres de sus inmuebles, el “Gran Teatro”, la “Oficina de Empleo” y la “Casa de
acogida” al concepto 220. “Arrendamientos de terrenos y bienes naturales”, destinado a recoger
todos aquellos los gastos por arrendamiento de solares y fincas rústicas.

cve: BOE-A-2022-15682
Verificable en https://www.boe.es

Asimismo, el Ayuntamiento de Villarrobledo desconocía si ocho de sus once inmuebles
continuarían arrendados puesto que la continuidad del arrendamiento dependía de la obtención de
subvenciones para la continuación en el desarrollo de las actividades formativas que se estaban
llevando a cabo.