III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2022-15682)
Resolución de 28 de junio de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de inmuebles en los que no se desarrolla ninguna actividad y de obras públicas paralizadas en las entidades locales de Castilla-La Mancha.
141 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 231

Lunes 26 de septiembre de 2022

Sec. III. Pág. 131751

El importe total de dichos gastos, durante el periodo fiscalizado, ascendió a 19.220,11 euros, de
los que el 87 % correspondió a gastos por suministros, 16.809.63 euros y el 19 % a limpieza y
mantenimiento, 2.410,79 euros. El 49 % del importe total de los gastos, 9.442,82 euros,
correspondió a un solo inmueble, la Casa de la Torrecilla del Ayuntamiento de Campo de
Criptana, de los que 7.032,03 euros se originaron por suministros y 2.410,79 euros por el
mantenimiento del mismo.
Por su parte, los titulares de los otros cinco inmuebles, los Ayuntamientos de Albacete, Almodóvar
del Campo, Villanueva de los Infantes y Yeles indicaron no haber incurrido en gastos de
mantenimiento y conservación. En el cuadro siguiente se indican los inmuebles que generaron los
gastos, así como su origen e importe.
Cuadro 19: Gastos originados en los inmuebles con uso ocasional no permanente
(Euros)

Provincia

Ayuntamiento

Inmueble

Costes incurridos en el periodo
fiscalizado
Suministros

Ciudad Real Campo de Criptana

Toledo

Total
Inmueble

Limpieza y
Mantenimiento

Casa de la Torrecilla

7.032,03

Motilla del Palancar

Centro Social

5.995,00

5.995,00

Seseña

Albergue Municipal

3.782,60

3.782,60

Total

16.809,63

2.410,79

2.410,79

.

9.442,82

19.220,11

Fuente: Elaboración propia a partir de la información aportada durante la fiscalización

En relación con el registro contable de los inmuebles, como se ha indicado, en la contabilidad
de los ayuntamientos debe constar la totalidad de sus bienes, derechos y obligaciones, debiendo
registrarse los bienes inmuebles como inmovilizado material, en la cuenta “211. Construcciones”.
Además, las entidades deben registrar la depreciación sistemática anual efectiva sufrida por el
inmovilizado derivada de su utilización, así como la corrección valorativa por deterioro de carácter
reversible, mediante la dotación anual de la oportuna amortización y el registro de dicho
menoscabo, respectivamente.
Los Ayuntamientos de Albacete, Almodóvar del Campo, Campo de Criptana, Motilla del Palancar,
Seseña y Villanueva de los Infantes incumplieron los citados preceptos al no constar el registro de
sus bienes en contabilidad, en nueve de los diez inmuebles con uso ocasional no permanente, ni
haberse dotado la amortización de los mismos durante su vida útil así como, en su caso, el
oportuno deterioro de valor. El Ayuntamiento de Yeles fue el único que procedió al registro
contable, si bien no procedió anualmente a dotar la amortización del bien.
Inmuebles arrendados en las entidades con edificaciones en las que no se desarrollaba
ninguna actividad

La gestión ordinaria de los ayuntamientos y la prestación de los servicios que tienen atribuidos
requiere la disposición de las infraestructuras necesarias para el ejercicio de sus funciones. Para
ello, las entidades pueden ejecutarlas de manera directa a través de sus propios medios,
formalizar contratos que les permitan su construcción, adquisición o llevar a cabo su
arrendamiento a terceros, en el caso de edificaciones e inmuebles.

cve: BOE-A-2022-15682
Verificable en https://www.boe.es

II.2.3