III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2022-15685)
Resolución de 28 de junio de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización del grado de implementación de los modelos de prevención de delitos y de comportamientos contrarios a la ética en las sociedades mercantiles estatales en el ejercicio 2018.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 231
Lunes 26 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 132089
De las entrevistas realizadas se ha puesto de manifiesto que, con excepción de los casos
comentados, los empleados de las Sociedades que tenían conocimientos de los riesgos en su
área de actividad no tenían presente su relación con los sistemas de ética o de PRP.
Además, en relación con el alcance de la formación, cabe señalar aquella impartida a los agentes
de la red de ventas de SELAE (Delegados Comerciales y Puntos de Ventas) en materia de juego
responsable y prevención de blanqueo de capitales, que se extiende más allá de sus propios
empleados.
Por otra parte, de la información obtenida en las entrevistas mantenidas con el personal de las
Sociedades fiscalizadas, se deduce que en muchos de los casos en los que no se había
comenzado la formación o esta no había alcanzado a la generalidad del personal, esto se ha
debido, en gran parte, a la falta de medios derivados de restricciones presupuestarias. La dotación
de recursos a estos sistemas es un factor crucial para el desarrollo de su implementación.
En las Sociedades del Grupo RENFE no se había dado formación alguna como tal. Sin embargo,
como ya se ha expuesto en el apartado II.2.1., durante 2018 el Grupo estaba en un proceso de
implantación de un SGGR en el que se pretenden incluir los riesgos de todo tipo a los que se
enfrentan las Sociedades del Grupo, entre ellos los de responsabilidad penal imputable a cada
una de ellas. En este sistema de gestión de riesgos se identifican los riesgos de cada proceso en
los que se divide la actividad y la gestión de la Entidad. Para cada proceso existe un responsable
o “dueño” sobre el que recae la responsabilidad de los procedimientos y controles de esos
procesos. La Dirección de Auditoría Interna del Grupo RENFE era la encargada de impulsar la
implementación del SGGR y del SPRP, explicando a cada responsable asignado a un proceso, el
SPRP y su incidencia en cada proceso. Este proceso de implementación ha continuado en 2019.
CORREOS, Correos Express, ENSA, ENWESA, HUNOSA y SELAE repartieron entre el personal
que recibió formación un cuestionario para constatar la comprensión de la formación impartida.
Así mismo, en la formación on-line de ISDEFE para poder terminar el curso se tenía que ir
superando la resolución de casos prácticos planteados.
cve: BOE-A-2022-15685
Verificable en https://www.boe.es
Al analizar la documentación facilitada por CORREOS y Correos Express y de la información
obtenida en las entrevistas realizadas se desprende que, en general, la formación dada ha
alcanzado a los mandos intermedios de estas Sociedades. Para el resto de su personal, se
repartió a cada empleado, a través de los responsables de cada unidad, un folleto didáctico que
los empleados debían leer, facilitando el correo electrónico del canal interno de comunicación y de
denuncias para resolver sus dudas. Estos folletos, fundamentalmente, hacían una referencia
breve a las partes y elementos del PPRP de las Sociedades, incluido su Código ético y/o de
conducta, a los tipos generales de actuaciones que, en derecho, son objeto de responsabilidad
penal y a los sujetos de la responsabilidad penal; además, contenía algunos ejemplos prácticos,
en los que se hacía referencia, en su caso, a las posibles responsabilidades penales. Estas
Sociedades tenían mayor dificultad para llegar a todo el personal por el tipo de trabajo que realiza,
dado que la gran mayoría de su personal son operarios que no tenían un acceso directo al
ordenador, muchos de ellos realizaban tareas en oficina, con variedad de horarios, a lo que se
añade falta de recursos humanos debido a las restricciones presupuestarias que no favorecía
dedicar parte del horario laboral a la formación.
Núm. 231
Lunes 26 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 132089
De las entrevistas realizadas se ha puesto de manifiesto que, con excepción de los casos
comentados, los empleados de las Sociedades que tenían conocimientos de los riesgos en su
área de actividad no tenían presente su relación con los sistemas de ética o de PRP.
Además, en relación con el alcance de la formación, cabe señalar aquella impartida a los agentes
de la red de ventas de SELAE (Delegados Comerciales y Puntos de Ventas) en materia de juego
responsable y prevención de blanqueo de capitales, que se extiende más allá de sus propios
empleados.
Por otra parte, de la información obtenida en las entrevistas mantenidas con el personal de las
Sociedades fiscalizadas, se deduce que en muchos de los casos en los que no se había
comenzado la formación o esta no había alcanzado a la generalidad del personal, esto se ha
debido, en gran parte, a la falta de medios derivados de restricciones presupuestarias. La dotación
de recursos a estos sistemas es un factor crucial para el desarrollo de su implementación.
En las Sociedades del Grupo RENFE no se había dado formación alguna como tal. Sin embargo,
como ya se ha expuesto en el apartado II.2.1., durante 2018 el Grupo estaba en un proceso de
implantación de un SGGR en el que se pretenden incluir los riesgos de todo tipo a los que se
enfrentan las Sociedades del Grupo, entre ellos los de responsabilidad penal imputable a cada
una de ellas. En este sistema de gestión de riesgos se identifican los riesgos de cada proceso en
los que se divide la actividad y la gestión de la Entidad. Para cada proceso existe un responsable
o “dueño” sobre el que recae la responsabilidad de los procedimientos y controles de esos
procesos. La Dirección de Auditoría Interna del Grupo RENFE era la encargada de impulsar la
implementación del SGGR y del SPRP, explicando a cada responsable asignado a un proceso, el
SPRP y su incidencia en cada proceso. Este proceso de implementación ha continuado en 2019.
CORREOS, Correos Express, ENSA, ENWESA, HUNOSA y SELAE repartieron entre el personal
que recibió formación un cuestionario para constatar la comprensión de la formación impartida.
Así mismo, en la formación on-line de ISDEFE para poder terminar el curso se tenía que ir
superando la resolución de casos prácticos planteados.
cve: BOE-A-2022-15685
Verificable en https://www.boe.es
Al analizar la documentación facilitada por CORREOS y Correos Express y de la información
obtenida en las entrevistas realizadas se desprende que, en general, la formación dada ha
alcanzado a los mandos intermedios de estas Sociedades. Para el resto de su personal, se
repartió a cada empleado, a través de los responsables de cada unidad, un folleto didáctico que
los empleados debían leer, facilitando el correo electrónico del canal interno de comunicación y de
denuncias para resolver sus dudas. Estos folletos, fundamentalmente, hacían una referencia
breve a las partes y elementos del PPRP de las Sociedades, incluido su Código ético y/o de
conducta, a los tipos generales de actuaciones que, en derecho, son objeto de responsabilidad
penal y a los sujetos de la responsabilidad penal; además, contenía algunos ejemplos prácticos,
en los que se hacía referencia, en su caso, a las posibles responsabilidades penales. Estas
Sociedades tenían mayor dificultad para llegar a todo el personal por el tipo de trabajo que realiza,
dado que la gran mayoría de su personal son operarios que no tenían un acceso directo al
ordenador, muchos de ellos realizaban tareas en oficina, con variedad de horarios, a lo que se
añade falta de recursos humanos debido a las restricciones presupuestarias que no favorecía
dedicar parte del horario laboral a la formación.