III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2022-15685)
Resolución de 28 de junio de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización del grado de implementación de los modelos de prevención de delitos y de comportamientos contrarios a la ética en las sociedades mercantiles estatales en el ejercicio 2018.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 231

Lunes 26 de septiembre de 2022

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normativo, que abarca cualquier tipo de norma legal, mientras que el Grupo Renfe tiene un
modelo específico de prevención de riesgos penales. El modelo del Grupo Renfe, con su matriz de
riesgos penales, fue aprobado por los Consejos de Administración de las Sociedades del Grupo
en diciembre de 2018; aunque, como resulta evidente, el proceso de implementación de su
SCGR no podía haber terminado al 31 de diciembre de 2018, sus riesgos penales y sus controles
ya se habían ido incorporando paulatinamente a los procesos de su SCGR, quedando pendiente
en lo que afecta al modelo de prevención penal, primordialmente, la definición de indicadores para
el seguimiento y evaluación del modelo y sus riesgos.
II.2.1.4. EN RELACIÓN CON LA INTEGRACIÓN DE LOS SISTEMAS EN LA PLANIFICACIÓN
ESTRATÉGICA DE LAS SOCIEDADES
Las Sociedades que disponían de un plan estratégico a 31 de diciembre de 2018, en general,
incluían en él su “Misión, Visión y Valores”, sin referirse a sus sistemas de ética o los SPRP, salvo,
en algún caso, en que se referían a la aprobación o modificación del PPRP o del Código de ética
y/o conducta. Una planificación estratégica adecuada ha de consistir en un proceso eficaz que
permita a la Entidad alcanzar sus fines; para ello ha de incluir ciertos elementos en materia de
PRP y de los valores y principios éticos. Los resultados de los trabajos muestran que no se
incluían en los planes estratégicos de las Sociedades fiscalizadas respecto de las materias
fiscalizadas: los objetivos (generales y metas concretas a alcanzar en el periodo del plan), los
indicadores, los métodos de medición de los indicadores, las acciones a llevar a cabo para
alcanzar los objetivos (formación, difusión, reglamentación, etc…), ni el procedimiento para el
seguimiento de las acciones realizadas y el grado de consecución de esos objetivos, que permita,
en su caso, la redefinición de objetivos y el establecimiento de las nuevas acciones a realizar. No
obstante, SELAE sí incluía en su planificación estratégica objetivos generales relativos a aspectos
éticos y de cumplimiento normativo y detallaba las acciones para alcanzarlos. Todo lo anterior sin
perjuicio de que las Sociedades incluyeran en sus planes de formación cursos, o acciones
formativas relacionadas con la PRP y/o con su Código de ética y/o conducta.

La adecuada incorporación de los sistemas de PRP y de ética en el plan estratégico, favorece que
estos aspectos de PRP y de ética o integridad se tengan en cuenta en las decisiones, en los
procesos y en los procedimientos de gestión de la Entidad. Este carácter estratégico, con los
elementos y las condiciones de planificación anteriormente descritas, manifiesta un compromiso
firme de la Entidad con los fines, principios y valores de estos sistemas, garantizando su
permanencia, favoreciendo su adecuado desarrollo y logrando un mayor nivel de implementación.
II.2.1.5. LIDERAZGO EN LA IMPLEMENTACIÓN DE LOS SISTEMAS
La implementación efectiva de los sistemas de PRP y de ética, así como el fomento de la cultura
ética y de cumplimiento en una Entidad, suele suponer un cambio de mentalidad y mayores

cve: BOE-A-2022-15685
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La eficacia de la planificación estratégica depende de un seguimiento adecuado y sistemático de
su cumplimiento que permita detectar a tiempo los posibles problemas que surjan y, además,
favorezca la implicación de los que intervienen en la ejecución del plan. El seguimiento del plan
estratégico requiere, entre otras cosas, utilizar indicadores precisos y/o métodos de medición
fiables. Los procesos valorativos de los sistemas de PRP y de ética incorporan en su
funcionamiento información basada en percepciones y otros aspectos subjetivos, que dificultan
tanto la elección de esos indicadores y métodos que permitan evaluar su eficacia, como la
determinación de los comportamientos objeto de valoración y del alcance de los estándares éticos
y de las normas jurídicas penales aplicables.