III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2022-15685)
Resolución de 28 de junio de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización del grado de implementación de los modelos de prevención de delitos y de comportamientos contrarios a la ética en las sociedades mercantiles estatales en el ejercicio 2018.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 231
Lunes 26 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 132051
la situación en el momento de hacerlas, fundamentalmente, en relación con las comprobaciones
de las páginas web de las Sociedades.
En el desarrollo de las actuaciones fiscalizadoras se han aplicado las Normas de Fiscalización del
Tribunal de Cuentas, aprobadas por el Pleno el 23 de diciembre de 2013, así como las normas
internacionales que regulan el ejercicio de la fiscalización de las Entidades Fiscalizadoras
Superiores, especialmente, la “Directriz para la Auditoría de la Prevención de la Corrupción” de
2016 de INTOSAI2 (ISSAI3 5700) y la “Directriz para la Auditoría de la Ética” de 2017 de
EUROSAI4.
En la fiscalización se han realizado todas las pruebas sustantivas y de cumplimiento estimadas
necesarias para obtener los datos suficientes que han permitido fundamentar los resultados
obtenidos. En particular, se ha procedido al examen, verificación y análisis de la información y
documentación obrantes en el Tribunal de Cuentas y de la aportada en ejecución de los trabajos
de fiscalización por todas las Sociedades que constituyen el ámbito subjetivo de esta fiscalización.
Asimismo, dada la naturaleza de esta fiscalización en la que, entre otros aspectos, se han
valorado elementos subjetivos -como el clima ético y de cumplimiento en la Entidad y la actitud y
los niveles de implicación, conocimiento e interiorización, tanto de la alta dirección como de los
mandos intermedios y del resto del personal- se han realizado entrevistas con el personal de las
Sociedades fiscalizadas, agrupados por distintos niveles jerárquicos; y por la misma razón, se ha
solicitado a las Sociedades fiscalizadas la cumplimentación de cuestionarios, sin perjuicio, en su
caso, de la posterior comprobación de las informaciones solicitadas.
Las entrevistas con el personal de las Sociedades se mantuvieron, por una parte, con los órganos
de vigilancia y/o los encargados de los sistemas objeto de la fiscalización y con los que
participaron activamente en su diseño, con el objeto de resolver las dudas u obtener aclaraciones;
por otra parte, con el resto del personal para obtener información sobre el nivel de implicación,
conocimiento e interiorización de los sistemas y sobre el clima o ambiente en torno a ellos,
realizándose varias entrevistas de grupo, para cada uno de los principales niveles jerárquicos en
cada Sociedad (comité de dirección, mandos intermedios-altos y/o intermedios y, por último,
representantes de los trabajadores), en las que se trataron temas relacionados,
fundamentalmente, con los sistemas de ética o integridad y de prevención de riesgos penales
existentes en cada Sociedad; y, por último, también se mantuvieron entrevistas individuales con
una muestra de trabajadores en las que se les formularon preguntas sobre la materia fiscalizada.
Es importante señalar que, en línea con otros organismos internacionales, la OCDE ha destacado
la importancia de las Instituciones de los Estados, incluidas las de control, en el ámbito de la
promoción de la ética. En el ámbito de las entidades fiscalizadoras superiores (EFS), desde
INTOSAI y, concretamente, EUROSAI, se ha propuesto el fomento de la ética de las EFS en el
ejercicio de la función fiscalizadora. En este sentido, el presente Informe se ha redactado
2
Organización Internacional de las Entidades Fiscalizadoras Superiores (INTOSAI, atendiendo a sus siglas en inglés).
Norma Internacional de las Entidades Fiscalizadoras Superiores, emitida por INTOSAI.
4 Organización de las Entidades Fiscalizadoras Superiores de Europa, organismo regional de INTOSAI.
3
cve: BOE-A-2022-15685
Verificable en https://www.boe.es
Todas las Sociedades han aportado la documentación que se les ha solicitado y han prestado una
excelente colaboración en el desarrollo de los trabajos de la fiscalización, realizando un importante
esfuerzo para programar las numerosas entrevistas realizadas. En el desarrollo de las actuaciones
fiscalizadoras no se han producido limitaciones al alcance que hayan impedido cumplir los
objetivos previstos.
Núm. 231
Lunes 26 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 132051
la situación en el momento de hacerlas, fundamentalmente, en relación con las comprobaciones
de las páginas web de las Sociedades.
En el desarrollo de las actuaciones fiscalizadoras se han aplicado las Normas de Fiscalización del
Tribunal de Cuentas, aprobadas por el Pleno el 23 de diciembre de 2013, así como las normas
internacionales que regulan el ejercicio de la fiscalización de las Entidades Fiscalizadoras
Superiores, especialmente, la “Directriz para la Auditoría de la Prevención de la Corrupción” de
2016 de INTOSAI2 (ISSAI3 5700) y la “Directriz para la Auditoría de la Ética” de 2017 de
EUROSAI4.
En la fiscalización se han realizado todas las pruebas sustantivas y de cumplimiento estimadas
necesarias para obtener los datos suficientes que han permitido fundamentar los resultados
obtenidos. En particular, se ha procedido al examen, verificación y análisis de la información y
documentación obrantes en el Tribunal de Cuentas y de la aportada en ejecución de los trabajos
de fiscalización por todas las Sociedades que constituyen el ámbito subjetivo de esta fiscalización.
Asimismo, dada la naturaleza de esta fiscalización en la que, entre otros aspectos, se han
valorado elementos subjetivos -como el clima ético y de cumplimiento en la Entidad y la actitud y
los niveles de implicación, conocimiento e interiorización, tanto de la alta dirección como de los
mandos intermedios y del resto del personal- se han realizado entrevistas con el personal de las
Sociedades fiscalizadas, agrupados por distintos niveles jerárquicos; y por la misma razón, se ha
solicitado a las Sociedades fiscalizadas la cumplimentación de cuestionarios, sin perjuicio, en su
caso, de la posterior comprobación de las informaciones solicitadas.
Las entrevistas con el personal de las Sociedades se mantuvieron, por una parte, con los órganos
de vigilancia y/o los encargados de los sistemas objeto de la fiscalización y con los que
participaron activamente en su diseño, con el objeto de resolver las dudas u obtener aclaraciones;
por otra parte, con el resto del personal para obtener información sobre el nivel de implicación,
conocimiento e interiorización de los sistemas y sobre el clima o ambiente en torno a ellos,
realizándose varias entrevistas de grupo, para cada uno de los principales niveles jerárquicos en
cada Sociedad (comité de dirección, mandos intermedios-altos y/o intermedios y, por último,
representantes de los trabajadores), en las que se trataron temas relacionados,
fundamentalmente, con los sistemas de ética o integridad y de prevención de riesgos penales
existentes en cada Sociedad; y, por último, también se mantuvieron entrevistas individuales con
una muestra de trabajadores en las que se les formularon preguntas sobre la materia fiscalizada.
Es importante señalar que, en línea con otros organismos internacionales, la OCDE ha destacado
la importancia de las Instituciones de los Estados, incluidas las de control, en el ámbito de la
promoción de la ética. En el ámbito de las entidades fiscalizadoras superiores (EFS), desde
INTOSAI y, concretamente, EUROSAI, se ha propuesto el fomento de la ética de las EFS en el
ejercicio de la función fiscalizadora. En este sentido, el presente Informe se ha redactado
2
Organización Internacional de las Entidades Fiscalizadoras Superiores (INTOSAI, atendiendo a sus siglas en inglés).
Norma Internacional de las Entidades Fiscalizadoras Superiores, emitida por INTOSAI.
4 Organización de las Entidades Fiscalizadoras Superiores de Europa, organismo regional de INTOSAI.
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cve: BOE-A-2022-15685
Verificable en https://www.boe.es
Todas las Sociedades han aportado la documentación que se les ha solicitado y han prestado una
excelente colaboración en el desarrollo de los trabajos de la fiscalización, realizando un importante
esfuerzo para programar las numerosas entrevistas realizadas. En el desarrollo de las actuaciones
fiscalizadoras no se han producido limitaciones al alcance que hayan impedido cumplir los
objetivos previstos.