III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2022-15705)
Resolución de 19 de septiembre de 2022, de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con la Universidad Complutense de Madrid, para regular la colaboración en materia de investigación sobre el SARS-CoV-2 y la enfermedad COVID-19.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 231
Lunes 26 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 132683
responsable del gasto el Vicerrectorado de Investigación y Transferencia. La Universidad
es adjudicataria de la concesión directa de la Comunidad de Madrid para actuaciones en
materia de investigación sobre el SARS-CoV-2 y la enfermedad COVID-19, financiada
con los Recursos REACT-UE del Fondo Europeo de Desarrollo Regional.
Esta aportación de 322.739,74 euros se ingresará en la cuenta número ES07 9000
0001 2002 2000 0047 del Banco de España, a nombre del CSIC.
Cuarta.
Acceso a instalaciones, utilización de infraestructuras y equipamiento científico.
Ambas partes se comprometen a garantizar el acceso a sus instalaciones y a la
utilización del equipamiento necesario para el buen desarrollo de las actividades
relacionadas con el proyecto al personal de las mismas destinado al efecto. Dicho
acceso requerirá, en todo caso, la autorización del responsable del centro receptor, no
implicando ninguna relación laboral con el mismo. El personal de cada una de las
instituciones que acceda a las instalaciones de la otra deberá cumplir durante su
permanencia todas las normas de régimen interior aplicables, y contará con un seguro
de responsabilidad civil y accidentes que estará vigente durante su estancia y será a
cargo de la institución de origen.
Quinta. Personal investigador y responsables científicos.
El responsable del desarrollo del objeto del convenio por parte de la UCM, será el
profesor José Manuel Bautista Santa Cruz, que tendrá como interlocutores válidos por
parte de CSIC al Dr. Vicente Larraga Rodríguez de Vera, del CIB Margarita Salas, y a las
Dras. Noemí Sevilla Hidalgo y Verónica Martín García, del CISA del INIA.
Sexta. Mecanismos de seguimiento.
A partir de la entrada en vigor del presente convenio se constituirá una Comisión
Mixta de Seguimiento con representantes designados por ambas partes en régimen de
paridad. Dicha Comisión se responsabilizará de la planificación, seguimiento, evaluación
y control de las acciones derivadas del presente convenio y de los compromisos
adquiridos por las partes. Asimismo, resolverá los problemas de interpretación y
cumplimiento que puedan plantearse en el desarrollo del presente convenio.
La Comisión Mixta de Seguimiento se reunirá siempre que lo solicite una de las
partes y estará formada:
Por parte de la Universidad Complutense de Madrid:
– Vicerrector/a con competencia en la materia, o persona en quien delegue.
– José Manuel Bautista Santa Cruz.
– Eduardo Martínez Naves.
Por parte de CSIC:
El Rector podrá sustituir a los miembros de la Comisión Mixta de Seguimiento
designados por parte de la UCM, cuando se produzcan reorganizaciones modificando las
funciones de dichos órganos.
La presidenta del CSIC podrá sustituir a los miembros de la citada Comisión
designados por parte del CSIC, cuando se produzcan reorganizaciones modificando las
funciones de dichos órganos.
cve: BOE-A-2022-15705
Verificable en https://www.boe.es
– Vicepresidente/a de Investigación Científica y Técnica del CSIC, o persona en
quien delegue.
– Vicente Larraga Rodríguez de Vera.
– Noemí Sevilla Hidalgo.
Núm. 231
Lunes 26 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 132683
responsable del gasto el Vicerrectorado de Investigación y Transferencia. La Universidad
es adjudicataria de la concesión directa de la Comunidad de Madrid para actuaciones en
materia de investigación sobre el SARS-CoV-2 y la enfermedad COVID-19, financiada
con los Recursos REACT-UE del Fondo Europeo de Desarrollo Regional.
Esta aportación de 322.739,74 euros se ingresará en la cuenta número ES07 9000
0001 2002 2000 0047 del Banco de España, a nombre del CSIC.
Cuarta.
Acceso a instalaciones, utilización de infraestructuras y equipamiento científico.
Ambas partes se comprometen a garantizar el acceso a sus instalaciones y a la
utilización del equipamiento necesario para el buen desarrollo de las actividades
relacionadas con el proyecto al personal de las mismas destinado al efecto. Dicho
acceso requerirá, en todo caso, la autorización del responsable del centro receptor, no
implicando ninguna relación laboral con el mismo. El personal de cada una de las
instituciones que acceda a las instalaciones de la otra deberá cumplir durante su
permanencia todas las normas de régimen interior aplicables, y contará con un seguro
de responsabilidad civil y accidentes que estará vigente durante su estancia y será a
cargo de la institución de origen.
Quinta. Personal investigador y responsables científicos.
El responsable del desarrollo del objeto del convenio por parte de la UCM, será el
profesor José Manuel Bautista Santa Cruz, que tendrá como interlocutores válidos por
parte de CSIC al Dr. Vicente Larraga Rodríguez de Vera, del CIB Margarita Salas, y a las
Dras. Noemí Sevilla Hidalgo y Verónica Martín García, del CISA del INIA.
Sexta. Mecanismos de seguimiento.
A partir de la entrada en vigor del presente convenio se constituirá una Comisión
Mixta de Seguimiento con representantes designados por ambas partes en régimen de
paridad. Dicha Comisión se responsabilizará de la planificación, seguimiento, evaluación
y control de las acciones derivadas del presente convenio y de los compromisos
adquiridos por las partes. Asimismo, resolverá los problemas de interpretación y
cumplimiento que puedan plantearse en el desarrollo del presente convenio.
La Comisión Mixta de Seguimiento se reunirá siempre que lo solicite una de las
partes y estará formada:
Por parte de la Universidad Complutense de Madrid:
– Vicerrector/a con competencia en la materia, o persona en quien delegue.
– José Manuel Bautista Santa Cruz.
– Eduardo Martínez Naves.
Por parte de CSIC:
El Rector podrá sustituir a los miembros de la Comisión Mixta de Seguimiento
designados por parte de la UCM, cuando se produzcan reorganizaciones modificando las
funciones de dichos órganos.
La presidenta del CSIC podrá sustituir a los miembros de la citada Comisión
designados por parte del CSIC, cuando se produzcan reorganizaciones modificando las
funciones de dichos órganos.
cve: BOE-A-2022-15705
Verificable en https://www.boe.es
– Vicepresidente/a de Investigación Científica y Técnica del CSIC, o persona en
quien delegue.
– Vicente Larraga Rodríguez de Vera.
– Noemí Sevilla Hidalgo.