III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-15703)
Resolución de 16 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque Fotovoltaico Retuerta de 38 MW de potencia instalada, para su hibridación con el Parque Eólico existente Retuerta de 38 MW, y su infraestructura de evacuación, en El Almendro (Huelva)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 231

Lunes 26 de septiembre de 2022

Sec. III. Pág. 132659

una propuesta de hibridación de un parque eólico ya existente, y que por tanto la
localización del proyecto viene ya condicionada. Ecologistas en Acción ha presentado
alegaciones, solicitando de la Junta de Andalucía y del Gobierno central una regulación
para la implantación de estos proyectos, considerando que por las afecciones
ambientales que se producirán, no procede la implantación de instalaciones eólicas y
fotovoltaicas, en esta comarca.
b.

Tratamiento de los principales impactos del proyecto

Considerados el Estudio de Impacto Ambiental (en adelante EsIA), las
contestaciones a las consultas y las alegaciones recibidas se destacan los impactos más
significativos del proyecto sobre los distintos factores ambientales y su tratamiento,
considerando las alternativas elegidas.
b.1

Atmósfera: calidad del aire, ambiente sonoro e iluminación.

b.2

Geología: suelo, subsuelo y geodiversidad.

En la zona de estudio la orientación dominante es la solana. El relieve es acolinado,
por lo que el proyecto no contempla la realización de grandes movimientos de tierra. Por
ello, puede considerarse que, en general, no se verá afectada significativamente la
morfología del terreno. La zona en cuestión tiene baja pendiente. Predominan los
órdenes Inceptisol y Etisol, en los cuales el perfil característico es del tipo AC.

cve: BOE-A-2022-15703
Verificable en https://www.boe.es

El clima predominante es mediterráneo subcontinental de veranos cálidos.
Los impactos que producen este tipo de proyectos sobre la calidad del aire durante la
fase de construcción se traducen en alteraciones de los niveles acústicos y de
contaminantes atmosféricos, principalmente por emisión de partículas de polvo y gases
de combustión. Estas alteraciones se deben a la actividad de la maquinaria pesada, al
transporte de materiales y a los movimientos de tierra. Según informa el promotor, la
calidad del aire en el municipio de El Almendro es buena y la contaminación del aire
presenta poco o ningún riesgo.
En cuanto a la contaminación acústica, durante la fase de obras se dará un
incremento de tráfico en la zona, aunque se considera este impacto como poco
significativo. Se podrían producir molestias en la fauna y también en las poblaciones
cercanas. No obstante, puesto que la población más próxima se encuentra a una
distancia de varios kilómetros, se estima que la incidencia va a ser muy leve al tratarse
de zonas abiertas, con alta capacidad dispersante y sin poblaciones cercanas.
Durante la fase de explotación se puede producir un incremento de los niveles sonoros
como consecuencia del funcionamiento de los inversores de la PFV. Considerando que la
edificación habitada más cercana está a una distancia de 471 m y, dados los resultados del
ensayo acústico realizado por el fabricante, se puede concluir que el impacto por emisiones
acústicas del proyecto es de pequeña magnitud y asumible.
En cuanto al impacto sobre el cambio climático, las emisiones de gases de efecto
invernadero (GEI) producidas en fase de construcción se estiman no significativas,
mientras que en fase de funcionamiento se valora el impacto como positivo, estimando
que la producción esperada para la PFV evite la emisión de aproximadamente 25.840
toneladas equivalentes de CO2/año.
La Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio Climático de Andalucía (en
adelante DGCACC) comenta que, a tenor de la documentación aportada por la empresa,
no se detectan impactos ambientales de relevancia sobre la atmósfera. Indica que, se
deberán tomar todas las medidas preventivas y correctoras necesarias, no debiéndose
sobrepasar los niveles límites máximos de contaminantes legislados de gases, partículas
y ruido.
De acuerdo al EsIA la PFV no contará con instalaciones de iluminación.