III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-15703)
Resolución de 16 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque Fotovoltaico Retuerta de 38 MW de potencia instalada, para su hibridación con el Parque Eólico existente Retuerta de 38 MW, y su infraestructura de evacuación, en El Almendro (Huelva)".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 26 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 132658
La PFV consta de dos zonas independientes de 41,93 y 25,27 ha respectivamente,
separadas entre sí por unos 800 m. La corriente continua generada se transforma y
eleva a 20 kV en corriente alterna mediante varios inversores, y su trazado subterráneo
va a enlazar con la canalización antes mencionada, hasta llegar a la SET La Retuerta,
ubicada en la zona sureste fuera de la planta. La longitud total de toda la línea de
evacuación es de 2.072 m y la mayoría de su trazado discurrirá por la canalización. El
tramo que no discurre por ella, lo hace por el margen de un camino rural existente (vía
de saca de madera).
Para el acceso a las instalaciones se utilizarán caminos que parten de la carretera
A-499, y en el caso de vehículos livianos, por la carretera provincial de Huelva H-9009,
que discurre por la zona suroeste de la planta. Todos estos accesos se adecuarán
convenientemente.
El proyecto afecta únicamente al término municipal de El Almendro (Huelva). El
núcleo urbano, que es el más próximo a la PFV, se encuentra a una distancia de 6,6 Km.
2.
Tramitación del procedimiento
El 2 de febrero de 2022, se recibe en esta Dirección General la información obrante
en el expediente que incluye el resultado del trámite previo de información pública y de
consultas a las administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas.
Análisis técnico del expediente
a.
Análisis de alternativas
El promotor cuenta en la zona de actuación con 3 parques eólicos que están en
funcionamiento desde hace más de 13 años. Cada uno de ellos se hibridará con una
planta fotovoltaica de nueva creación (en este proyecto, con la Retuerta). Por todo ello el
promotor argumenta que para el análisis de alternativas de ubicación de las plantas
tendrá en consideración las 3 proyectadas.
Se estudia la alternativa 0, que en este caso sería continuar en los terrenos con el
uso agrícola de secano (pasto natural y cereal). La descarta porque considera que con la
implantación de la PFV se producirán más beneficios ambientales generales por la
generación de energías limpias de origen renovable. Respecto a las alternativas de
diseño del parque, procede del siguiente modo:
– En primer lugar, estudia la posible ubicación de la planta, condicionada a que no
esté muy alejada de la ya existente SET la Retuerta, en la cual se verterá la energía
producida. En este análisis considera 5 alternativas, porque lo hace de modo conjunto
para esta PFV y para otras dos del mismo promotor (Valdefuentes y La Tallisca). En el
caso de la planta La Retuerta, opta por la alternativa c) porque a diferencia de las otras,
no produce afección a ningún Hábitat de Interés Comunitario (en adelante HIC) ni a
especies de flora protegida, así como tampoco los terrenos están incluidos en el ámbito
de aplicación del plan de conservación para las aves esteparias. En cuanto a la afección
a la Zona de Especial Conservación Andévalo Occidental, (en adelante ZEC) el promotor
justifica su elección porque a pesar de estar incluida dentro de esa ZEC, el impacto
resulta menor que para las otras alternativas.
– Respecto a la línea de evacuación de media tensión, se plantearon dos
alternativas: trazado subterráneo para toda la línea o línea aérea con un pequeño tramo
subterráneo. Del análisis de los impactos posibles generados, se deduce que
ambientalmente es mejor la alternativa que contempla la ejecución soterrada de la línea.
Desde la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible de Huelva se apunta, a que
falta en Andalucía una guía de ordenación territorial en función de condicionantes
ambientales para este tipo de instalaciones. No obstante, remarca que en este caso hay
que tener en cuenta que no se trata de la implantación de un nuevo parque solar, sino de
cve: BOE-A-2022-15703
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 231
Lunes 26 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 132658
La PFV consta de dos zonas independientes de 41,93 y 25,27 ha respectivamente,
separadas entre sí por unos 800 m. La corriente continua generada se transforma y
eleva a 20 kV en corriente alterna mediante varios inversores, y su trazado subterráneo
va a enlazar con la canalización antes mencionada, hasta llegar a la SET La Retuerta,
ubicada en la zona sureste fuera de la planta. La longitud total de toda la línea de
evacuación es de 2.072 m y la mayoría de su trazado discurrirá por la canalización. El
tramo que no discurre por ella, lo hace por el margen de un camino rural existente (vía
de saca de madera).
Para el acceso a las instalaciones se utilizarán caminos que parten de la carretera
A-499, y en el caso de vehículos livianos, por la carretera provincial de Huelva H-9009,
que discurre por la zona suroeste de la planta. Todos estos accesos se adecuarán
convenientemente.
El proyecto afecta únicamente al término municipal de El Almendro (Huelva). El
núcleo urbano, que es el más próximo a la PFV, se encuentra a una distancia de 6,6 Km.
2.
Tramitación del procedimiento
El 2 de febrero de 2022, se recibe en esta Dirección General la información obrante
en el expediente que incluye el resultado del trámite previo de información pública y de
consultas a las administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas.
Análisis técnico del expediente
a.
Análisis de alternativas
El promotor cuenta en la zona de actuación con 3 parques eólicos que están en
funcionamiento desde hace más de 13 años. Cada uno de ellos se hibridará con una
planta fotovoltaica de nueva creación (en este proyecto, con la Retuerta). Por todo ello el
promotor argumenta que para el análisis de alternativas de ubicación de las plantas
tendrá en consideración las 3 proyectadas.
Se estudia la alternativa 0, que en este caso sería continuar en los terrenos con el
uso agrícola de secano (pasto natural y cereal). La descarta porque considera que con la
implantación de la PFV se producirán más beneficios ambientales generales por la
generación de energías limpias de origen renovable. Respecto a las alternativas de
diseño del parque, procede del siguiente modo:
– En primer lugar, estudia la posible ubicación de la planta, condicionada a que no
esté muy alejada de la ya existente SET la Retuerta, en la cual se verterá la energía
producida. En este análisis considera 5 alternativas, porque lo hace de modo conjunto
para esta PFV y para otras dos del mismo promotor (Valdefuentes y La Tallisca). En el
caso de la planta La Retuerta, opta por la alternativa c) porque a diferencia de las otras,
no produce afección a ningún Hábitat de Interés Comunitario (en adelante HIC) ni a
especies de flora protegida, así como tampoco los terrenos están incluidos en el ámbito
de aplicación del plan de conservación para las aves esteparias. En cuanto a la afección
a la Zona de Especial Conservación Andévalo Occidental, (en adelante ZEC) el promotor
justifica su elección porque a pesar de estar incluida dentro de esa ZEC, el impacto
resulta menor que para las otras alternativas.
– Respecto a la línea de evacuación de media tensión, se plantearon dos
alternativas: trazado subterráneo para toda la línea o línea aérea con un pequeño tramo
subterráneo. Del análisis de los impactos posibles generados, se deduce que
ambientalmente es mejor la alternativa que contempla la ejecución soterrada de la línea.
Desde la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible de Huelva se apunta, a que
falta en Andalucía una guía de ordenación territorial en función de condicionantes
ambientales para este tipo de instalaciones. No obstante, remarca que en este caso hay
que tener en cuenta que no se trata de la implantación de un nuevo parque solar, sino de
cve: BOE-A-2022-15703
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 231