III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Convenios. (BOE-A-2022-15699)
Resolución de 15 de septiembre de 2022, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., por la que se publica el Convenio con el Festival Internacional de Cine de Donostia-San Sebastián, SA, para la organización de la misión inversa de compradores del sector audiovisual, a celebrar en el marco de la 70.ª edición del Festival Internacional de Cine de Donostia-San Sebastián.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 231
Lunes 26 de septiembre de 2022
Cuarta.
Sec. III. Pág. 132632
Compromiso económico.
El presupuesto máximo estimado para la ejecución del Convenio será de sesenta mil
ochocientos euros (60.800 €). De los cuales:
El total de las aportaciones económicas máximas se realizarán por los importes y con
el desglose que figura detallado en el Anexo de este Convenio.
Todos los gastos necesarios para la ejecución del Convenio se realizarán en un
primer momento por el Festival, abonando ICEX posteriormente a éste el importe
correspondiente que resulte de la revisión de los gastos incluidos en la memoria
económica con el límite máximo anterior, de acuerdo con lo indicado en la cláusula
Tercera de este Convenio.
El presupuesto máximo estimado se destinará a cubrir los gastos de viaje y estancia
de los integrantes de la Misión Inversa que hayan efectivamente asistido a las
actividades previstas en la misma, entendiendo por viaje el desplazamiento desde su
lugar de origen hasta Donostia-San Sebastián, y por estancia el alojamiento (hotel)
durante los días de duración de la Misión Inversa. Se entienden incluidos aquellos gastos
que en concepto de gastos de viaje de los participantes en la Misión Inversa hubiera
incurrido el Festival con carácter previo a la fecha en la que el Convenio adquiera
eficacia en el marco de las negociaciones previas a la firma de este acuerdo llevadas a
cabo por las Partes.
La justificación se ajustará también a las exigencias de la normativa de la Unión
Europea y nacional relativa al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
La suscripción de este Convenio está, en cuanto a la contribución económica de
ICEX, financiada por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea,
establecido por el Reglamento (UE) 2020/2094 del Consejo, de 14 de diciembre de 2020,
por el que se establece un Instrumento de Recuperación de la Unión Europea para
apoyar la recuperación tras la crisis de la COVID-19, y regulado según Reglamento
(UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 7 de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, y
en el artículo 37.5 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, la financiación de ICEX
correspondiente a la firma de este Convenio estará vinculada al cumplimiento de los objetivos
previstos en el PRTR, así como a la estimación de costes vinculada al mismo.
En caso de no realizarse el gasto o en caso de incumplimiento total o parcial de los
objetivos previstos, ICEX deberá reintegrar los fondos recibidos en las condiciones que
establezca la Orden del Ministerio de Hacienda y Función Pública a la que se refieren los
puntos 4 y 5 del artículo 37 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre.
cve: BOE-A-2022-15699
Verificable en https://www.boe.es
ICEX financiará los gastos incurridos en la consecución del objetivo de este
Convenio. El IVA incluido en las facturas de los gastos será considerado susceptible de
ser financiado si supone un gasto (no puede deducirse) para la Parte que lo realiza (el
Festival), debiendo documentarse tal hecho en el momento de verificación de los gastos.
Por su parte, el Festival contribuirá con unas actuaciones en especie cuantificables
económicamente en veinticinco mil euros (25.000 €), y referidas a: (i) gestión y organización
de los billetes y de los alojamientos de las personas participantes en la Misión Inversa
durante la duración de ésta; (ii) organización de las agendas de trabajo; (iii) selección de las
empresas españolas participantes a través del proceso de selección previsto en el
Reglamento Spanish Screenings-Financing & Tech accesible en la web del Festival.
(https://www.sansebastianfestival.com/2022/registro_de_peliculas/
reglamentos/1/19989/es); (iv) la cesión de espacios y medios materiales necesarios para
la exhibición de los proyectos cinematográficos y el mantenimiento de las reuniones
previstas en las agendas de los invitados; y (v) los pases de acceso al festival para los
participantes de la Misión Inversa y personal de ICEX necesarios.
Núm. 231
Lunes 26 de septiembre de 2022
Cuarta.
Sec. III. Pág. 132632
Compromiso económico.
El presupuesto máximo estimado para la ejecución del Convenio será de sesenta mil
ochocientos euros (60.800 €). De los cuales:
El total de las aportaciones económicas máximas se realizarán por los importes y con
el desglose que figura detallado en el Anexo de este Convenio.
Todos los gastos necesarios para la ejecución del Convenio se realizarán en un
primer momento por el Festival, abonando ICEX posteriormente a éste el importe
correspondiente que resulte de la revisión de los gastos incluidos en la memoria
económica con el límite máximo anterior, de acuerdo con lo indicado en la cláusula
Tercera de este Convenio.
El presupuesto máximo estimado se destinará a cubrir los gastos de viaje y estancia
de los integrantes de la Misión Inversa que hayan efectivamente asistido a las
actividades previstas en la misma, entendiendo por viaje el desplazamiento desde su
lugar de origen hasta Donostia-San Sebastián, y por estancia el alojamiento (hotel)
durante los días de duración de la Misión Inversa. Se entienden incluidos aquellos gastos
que en concepto de gastos de viaje de los participantes en la Misión Inversa hubiera
incurrido el Festival con carácter previo a la fecha en la que el Convenio adquiera
eficacia en el marco de las negociaciones previas a la firma de este acuerdo llevadas a
cabo por las Partes.
La justificación se ajustará también a las exigencias de la normativa de la Unión
Europea y nacional relativa al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
La suscripción de este Convenio está, en cuanto a la contribución económica de
ICEX, financiada por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea,
establecido por el Reglamento (UE) 2020/2094 del Consejo, de 14 de diciembre de 2020,
por el que se establece un Instrumento de Recuperación de la Unión Europea para
apoyar la recuperación tras la crisis de la COVID-19, y regulado según Reglamento
(UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 7 de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, y
en el artículo 37.5 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, la financiación de ICEX
correspondiente a la firma de este Convenio estará vinculada al cumplimiento de los objetivos
previstos en el PRTR, así como a la estimación de costes vinculada al mismo.
En caso de no realizarse el gasto o en caso de incumplimiento total o parcial de los
objetivos previstos, ICEX deberá reintegrar los fondos recibidos en las condiciones que
establezca la Orden del Ministerio de Hacienda y Función Pública a la que se refieren los
puntos 4 y 5 del artículo 37 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre.
cve: BOE-A-2022-15699
Verificable en https://www.boe.es
ICEX financiará los gastos incurridos en la consecución del objetivo de este
Convenio. El IVA incluido en las facturas de los gastos será considerado susceptible de
ser financiado si supone un gasto (no puede deducirse) para la Parte que lo realiza (el
Festival), debiendo documentarse tal hecho en el momento de verificación de los gastos.
Por su parte, el Festival contribuirá con unas actuaciones en especie cuantificables
económicamente en veinticinco mil euros (25.000 €), y referidas a: (i) gestión y organización
de los billetes y de los alojamientos de las personas participantes en la Misión Inversa
durante la duración de ésta; (ii) organización de las agendas de trabajo; (iii) selección de las
empresas españolas participantes a través del proceso de selección previsto en el
Reglamento Spanish Screenings-Financing & Tech accesible en la web del Festival.
(https://www.sansebastianfestival.com/2022/registro_de_peliculas/
reglamentos/1/19989/es); (iv) la cesión de espacios y medios materiales necesarios para
la exhibición de los proyectos cinematográficos y el mantenimiento de las reuniones
previstas en las agendas de los invitados; y (v) los pases de acceso al festival para los
participantes de la Misión Inversa y personal de ICEX necesarios.